Demanda de cambio de contingencia común a profesional

cambio de contingencia común a profesional

Cambio de contingencia común a profesional: ¿Cuál es la diferencia entre ambas? Requisitos necesarios para reclamar este cambio. ¿Cómo reclamarlo y cuáles son sus plazos? La abogada experta en Derecho de la seguridad social, Inmaculada Calero Sáez, nos responde a las principales preguntas que nos surgen en relación a este tipo de incapacidad.

¿Cuál es la diferencia entre contingencia común y profesional?

Son contingencia común la enfermedad común y accidente no laboral.

Son contingencia profesional la enfermedad profesional y accidente laboral.

Si partimos de la definición legal, se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

También las enfermedades o defectos padecidos con anterioridad por el trabajador que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.

Mientras que se entiende por enfermedad profesional la contraída a consecuencia del trabajo por cuenta ajena y que se especifiquen en el cuadro de enfermedades profesionales del sistema general de seguridad social y que esté provocada por la acción de elementos o sustancias que en dicho cuadro se indiquen para cada enfermedad profesional.

Para más información puede consultarse el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales.

Lesiones que le incapacitan de modo temporal o permanente:

Cuando el trabajador sufre lesiones que le incapacitan de modo temporal o permanente para el desempeño de su profesión se precisa siempre si trae causa en contingencia común o profesional.

Es necesario porque determina las responsabilidades de pago y las reglas de cálculo de la base reguladora de la prestación, cuyo importe será normalmente mayor en contingencia profesional que común.

También serán distintos los requisitos exigibles al trabajador para tener acceso a prestaciones, más rigurosos en caso de contingencia común.

Además de otras responsabilidades derivadas del accidente laboral o enfermedad profesional que revelan su mayor protección en el sistema de seguridad social, como pudiera ser la posible imposición a la empresa de un recargo de prestaciones por falta de adopción de medidas de seguridad.

También los trabajadores autónomos tienen mayor protección en contingencias profesionales, como sería la posibilidad de reconocimiento de una incapacidad permanente parcial, a la que no tendrían acceso por contingencia común.

El trabajador disconforme con la decisión de la mutua, con frecuencia, decide esperar a la finalización del proceso de incapacidad temporal iniciado por contingencia común para reclamar después la determinación de contingencia profesional como derivado de accidente laboral.

Inmaculada Calero Sáez, abogada experta en Derecho de la seguridad social.

Requisitos necesarios para reclamar el cambio de contingencia común a accidente laboral

Nos vamos a detener en las contingencias profesionales por ser las más controvertidas.

Cuando estamos ante una dolencia que surge en tiempo y lugar de trabajo, para que pueda determinarse que la contingencia es profesional se exige una relación entre el trabajo y la lesión.

Es decir, una conexión causal entre la lesión y el trabajo de tal forma que el trabajo haya influido en la producción del accidente y las lesiones causantes de incapacidad temporal o permanente deriven de ahí.

No basta pues la existencia de un accidente laboral, declarado o no con parte de accidente, sino que hay que analizar las circunstancias del hecho determinante del accidente laboral pues es exigible que la ejecución del trabajo haya incidido al menos en algún grado en el siniestro y en la lesión.

Ha de clarificarse si existe nexo de causalidad entre la dolencia sufrida en tiempo y lugar de trabajo y las secuelas presentes en el lesionado, debiendo cumplirse una serie de criterios (topográfico, cronológico, de continuidad sintomática, etc.).

Sentado el marco de la cuestión, la respuesta es casuística, adaptada a las circunstancias del caso concreto.

Vamos a citar algunos ejemplos que así lo evidencian

Un infarto en tiempo y lugar de trabajo puede ser considerado accidente laboral, aunque el trabajador tuviera patología previa si estaba entonces realizando un esfuerzo físico por el que no se descarte la incidencia del trabajo. Sin embargo, un ictus sufrido en tiempo y lugar de trabajo podría explicarse por una alteración de coagulación que fuera enfermedad común y destruyera la presunción de laboralidad.

Casuística inmensa presenta el accidente in itinere. La muerte del trabajador, aunque se produzca en el trayecto al trabajo podría no considerarse accidente laboral si fue por causa natural. Sin embargo, sí se ha considerado una caída nada más cerrar la puerta de casa cuando el trabajador se dirigía a iniciar la jornada.

O su efecto lesivo podría ser excluido de la calificación laboral por imprudencia temeraria del trabajador.

De ahí que la consulta a un profesional desde un principio sea más que recomendable, para valorar las circunstancias del caso, para hacer un planteamiento claro, seguir los cauces oportunos y cumplir las exigencias de la carga probatoria en este tipo de procedimientos.

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¿Cómo reclamar un cambio de contingencia común a accidente laboral?

El cambio de contingencia ha de solicitarse primeramente al INSS para que inicie un expediente de determinación de contingencia.

No basta con la mera presentación de una solicitud para cumplir el trámite. Ha de explicarse y documentarse de la mejor forma posible para facilitar a la Sección de Determinación de Contingencias su labor.

El Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS emitirá un Dictamen sobre el proceso a determinar, diagnóstico y conclusiones.

Conforme al cual el INSS notificará al trabajador su Resolución declarando si la baja deriva de accidente laboral o enfermedad profesional.

En dicha Resolución se hace advertencia expresa de que se podrá interponer demanda contra la misma ante la jurisdicción social y el plazo de ejercicio de la acción judicial

Plazo para reclamar el cambio de contingencia común a accidente laboral

Los acontecimientos suelen suceder de la forma siguiente.

Tras el accidente laboral sufrido por el trabajador, la empresa le deriva para asistencia a la mutua con la que tiene concertada la cobertura de contingencias profesionales.

Puede suceder que la mutua a su vez le derive al servicio público de salud por considerar que las lesiones manifestadas en tiempo y lugar de trabajo tienen origen en enfermedad común.

Recordemos que la existencia de enfermedades previas no excluye “per se” la etiología laboral cuando se demuestra que el accidente laboral ha agravado una enfermedad preexistente.

El trabajador que acude entonces al médico de atención primaria podría iniciar un proceso de incapacidad temporal por contingencia común, con lo que el seguimiento y tratamiento de sus dolencias se llevará a cabo por el servicio público de salud.

El trabajador disconforme con la decisión de la mutua, con frecuencia, decide esperar a la finalización del proceso de incapacidad temporal iniciado por contingencia común para reclamar después la determinación de contingencia profesional como derivado de accidente laboral.

Nuestra recomendación es tanto de reclamarlo antes de que finalice ese proceso como de hacer partícipe a la mutua laboral.

Una vez resuelto el expediente de determinación de contingencia:

Una vez resuelto el expediente de determinación de contingencia, se habría agotado la vía administrativa y se abre plazo para ejercicio de demanda judicial frente a la resolución del INSS, que habrá de interponerse en legal forma en el plazo de 30 días por un profesional experto en la materia.

Si estuviéramos ante el reconocimiento de otras prestaciones, para solicitar la modificación de la contingencia tenemos que acudir al trámite de reclamación administrativa previa con sujeción al plazo legal de 30 días.

No obstante, la apertura de plazos judiciales, conviene que cualquier solicitud, escrito o reclamación que se presente en vía administrativa previa esté perfectamente orientado jurídicamente porque determinará el éxito posterior de la acción judicial que pudiera promoverse en su caso.

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2 comentarios en “Demanda de cambio de contingencia común a profesional”

  1. Hola. El viernes pasado en mitad de mi jornada me empezó a doler el pie sin darme ni golpe, ni un mal gesto y acabé el turno cojeando mucho por no poder apoyar la planta del pie. Pensando que se me pasaría el dolor el lunes y martes fui a trabajar pero con el mismo dolor y apoyando el pie solo con el exterior. Cuando llegué a casa vi mi pie muy inflamado y llamé a la de prevención de riesgos de mi empresa y me mandó un volante para ir a la mutua. Fuí me atendieron bien y en las radiografías que me hicieron me salió que tengo una fractura por estres del segundo metatarsiano pero me dicen que como no me di ningún golpe no me lo reconocen como accidente laboral. Pero es que tampoco me dí ningún golpe fuera del trabajo y yo solo sé que el día que me pasó fui a trabajar estando bien y acabé el turno solo pudiendo apoyar el exterior del pié. Trabajo en un almacén de aluminio cargando camiones y ando cada día trabajando unos 10 km con unos zapatos de seguridad que me dejan los pies destrozados. Ahora mismo me encuentro de baja por enfermedad común desde el 8 de febrero y no sé hasta qué día estaré de baja. Y yo considero que esto fue por el trabajo que realizo y no sé si debo reclamar y hacer una determinación de contingencia.

    1. Accidente laboral puede ser un traumatismo pero también un sobreesfuerzo. Sobre esto hay mucha jurisprudencia. Pero lo adecuado es buscar una respuesta siempre adaptada a las circunstancias del caso concreto. Un cordial saludo,

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