Delito de daños por imprudencia

Delito de daños por imprudencia

¿Qué se considera un delito de daños personales? ¿Cuántos tipos de delitos de daños personales existen? ¿Qué hacer si he sido víctima de un delito de daños por imprudencia? ¿Cuál es la pena por cometer un delito de daños por imprudencia? ¿Cómo denunciar un delito de daños personales por imprudencia? ¿Me pueden retirar el carnet si atropello a alguien sin querer? Estas son algunas de las preguntas más buscadas en internet durante el último mes. En este post, Xavier responde a estas y otras dudas que se plantean en esta situación.

¿Qué se considera un delito de daños personales?

Los daños personales abarcan una casuística muy amplia. No obstante, se entiende que se trata de toda lesión de la integridad corporal o de la salud física o mental.  Es un delito de medios indeterminados, esto significa que puede cometerse por cualquier medio o procedimiento.

En función del resultado que se cause la conducta podrá ser constitutiva desde un delito leve hasta un delito grave. Lo más habitual son las agresiones físicas directas sin embargo, se puede causar lesiones por vías menos habituales. La jurisprudencia ha entendido en ocasiones que constituye este tipo penal desde la exposición continuada a un ruido o el suministro de una sustancia nociva para la salud en un caso de imprudencia profesional por ejemplo, por parte de un sanitario que se confunde con la medicación suministrada a un paciente. Al final se atenderá al riesgo creado y al resultado producido para determinar la existencia de responsabilidad penal.

Tipos de delitos de daños personales

La tipología de delitos de daños personales entendidos como lesiones es muy amplia y llevan aparejadas penas de multa o de prisión en función del riesgo que se genera y sobre todo del efectivo resultado que se produce. Tenemos el tipo básico para las lesiones que requieren objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. También está la figura del delito leve de lesiones y el de maltrato de obra para casos en los que la lesión no requiere tratamiento médico o quirúrgico y es suficiente con una primera asistencia facultativa. 

Después nos encontramos con las lesiones que causen pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, o de un sentido, impotencia, esterilidad, grave deformidad o grave enfermedad somática o psíquica.

Se castiga a parte también la mutilación genital en cualquiera de sus manifestaciones y el que cause a otro la pérdida o la inutilidad de órgano o miembro no principal o deformidad. 

En caso de que se trate de lesiones dolosas hay que atender con especial interés si en la agresión se han utilizado armas, instrumentos o métodos peligrosos para la vida o salud; si hubo ensañamiento, si la víctima es menor de catorce años o es persona discapacitada necesitada de especial protección; si la víctima fue esposa o mujer ligada por análoga relación de afectividad, etc. 

No obstante, en las presentes líneas nos centramos únicamente en aquellos daños personales cometidos mediante imprudencia y que también son castigados por el Código Penal con las penas que indicaremos más adelante.

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¿Qué hacer si he sido víctima de un delito de daños por imprudencia?

Muy comúnmente los daños personales por imprudencia provienen de imprudencias en el tráfico rodado aunque como hemos señalado se puede cometer mediante cualquier modalidad comisiva. Los casos más habituales, como decimos, suelen ser derivados de infracciones de la seguridad vial, a modo de ejemplo, el atropello a un peatón por parte de un conductor que no respeta un semáforo en rojo o que se halla bajo la influencia del alcohol o las drogas.

En menor medida también existen los cometidos mediante imprudencia profesional o simplemente que no tengan relación alguna ni con la seguridad vial ni con ninguna profesión. En todo caso, es importante poner en conocimiento de las autoridades lo sucedido para que así se pueda iniciar el correspondiente procedimiento para depurar la posible existencia de responsabilidades penales.

¿Cuál es la pena por cometer un delito de daños por imprudencia?

El que cometa el delito se enfrentará a una pena que variará en función del riesgo creado y del resultado producido. Se castigará con pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a dieciocho meses si se trata de lesiones del art. 147 CP, esto es, lesiones que para su sanidad requieran, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico.

A medida que el resultado producido es más grave las penas se incrementan. En el caso que se trate de lesiones consistentes en pérdida o inutilidad de órgano o miembro principal, o de un sentido, la impotencia, la esterilidad o una grave deformidad, o una grave enfermedad somática o psíquica, si se causan por imprudencia grave la pena oscilará entre un año y tres años de prisión.

Si se trata de daños físicos que causen la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro no principal, o la deformidad la pena a imponer va de seis meses a dos años de cárcel, siempre y cuando se acredite que la comisión ha sido mediante imprudencia grave.

Delito de imprudencia menos grave

Hay que mencionar que también existe desde hace unos años la posibilidad de cometer el delito mediante imprudencia menos grave. La imprudencia menos grave en el ámbito de unas lesiones causadas mediante vehículo a motor o ciclomotor se entiende que concurre cuando la imprudencia no es grave y siempre que sea consecuencia de una infracción grave de las normas del tráfico, apreciada la entidad de ésta por el Juez o Tribunal. En estos casos, en función del resultado causado la pena a imponer variará entre el mes y los dos meses de multa o de tres a doce meses de multa.

Destacar que si las lesiones se cometen mediante arma de fuego el juez podrá imponer durante un tiempo también la privación del porte o tenencia de armas y en el caso de que los daños personales se ocasionen por imprudencia profesional (por ejemplo en una operación) se impondrá también una inhabilitación al profesional para el ejercicio de su profesión, oficio o cargo.

Al tratarse de un abanico de penas muy amplio y variado adquiere una importancia mayúscula la determinación de las lesiones como dolosas o como imprudentes pues de ello dependerá una pena más grave o una más leve. Asimismo, se trata de una tipología delictiva donde las circunstancias atenuantes de la responsabilidad criminal, como por ejemplo la reparación del daño, adquieren una trascendencia notoria, por ello se aconseja el asesoramiento profesional desde un inicio.

¿Cómo denunciar un delito de daños personales por imprudencia?

Es importante que los daños personales sufridos por la actuación de un tercero se denuncien rápido. Se puede denunciar directamente en la Policía o en el Juzgado de Guardia. Si la presentación de la denuncia no se demora ello permitirá elaborar un relato más preciso de lo sucedido, con un mayor grado de detalles que pueden tener relevancia en el posterior desarrollo del procedimiento.

Es importante aportar los informes médicos que acrediten la gravedad y entidad de las lesiones para poderse valorar la posible responsabilidad civil derivada del delito, es decir la indemnización que corresponda. Además, si los daños personales sufridos son leves, esto es, que solo requieren de una primera asistencia facultativa, es imprescindible interponer denuncia por la persona agraviada o por su representante legal, de lo contrario no se iniciará el correspondiente procedimiento penal por esos hechos. 

¿Me pueden retirar el carnet si atropello a alguien sin querer?

Sí. Si se causan lesiones por imprudencia grave o por imprudencia menos grave utilizando un vehículo a motor o ciclomotor se impondrá al sujeto, además de la pena de multa o prisión correspondiente, una pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un plazo de uno a cuatro años -para los casos de imprudencia grave- y de tres a dieciocho meses para los casos de imprudencia menos grave.

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1 comentario en “Delito de daños por imprudencia”

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