Actualizar pensión compensatoria

Actualizar pensión compensatoria

¿Hay que actualizar la pensión compensatoria? Criterios para la actualización de la pensión compensatoria ¿Cómo se actualiza la pensión compensatoria? ¿Se pueden reclamar las actualizaciones no recibidas? Estas son algunas de las preguntas que más buscadas en internet en relación a esta casuística en el último mes y Araceli Vida Navarro, abogada experta en Derecho de Familia, responde a todas ellas a continuación.

¿Hay que actualizar la pensión compensatoria?

El articulo 97 del Código Civil prevé la actualización de la pensión compensatoria, por tanto, esta pensión debe ser actualizada cada año.

Criterios para la actualización de la pensión compensatoria

La pensión compensatoria deberá actualizarse siempre conforme a lo que establece el convenio regulador o la Sentencia del Juez, por tanto los criterios de actualización pueden ser variados ya que cada uno puede fijar un criterio de actualización conforme a sus circunstancias, no obstante la doctrina establece como criterio generalizado el incremento anual del IPC.

Otros criterios pueden ser:

  • La subida que experimente el salario del obligado al pago.
  • Un tanto por ciento del salario neto del obligado al pago

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¿Cómo se actualiza la pensión compensatoria?

La actualización ha de producirse automáticamente, sin necesidad de ser reclamada a través de ningún medio. Si el pagador de la pensión no la actualiza, hay que reclamarla y si después de la reclamación se niega a actualizarla hay que reclamar su actualización al Juez.

En cuanto a la fecha de la actualización hay que cumplir lo que diga el Convenio de mutuo acuerdo o la Sentencia del juez. En este sentido pueden contener dos opciones, ambas  igualmente válidas:

  • Actualización a 1 de enero de cada año. Es decir, si la Sentencia es de 15 de abril del 2022, la actualización se producirá el 1 de enero de 2023 y así consecutivamente cada año.
  • Actualización de fecha a fecha. En este caso debemos distinguir si es de mutuo acuerdo ya que en este caso lo que determine la actualización será la fecha del convenio regulador. En el caso de supuesto contencioso, será la fecha de la Sentencia. Así la Sentencia es de fecha 15 de abril del 2022 la actualización se realizará el 15 de abril de 2023.

No obstante si el Convenio o Sentencia no dicen nada al respecto se puede actualizar desde la fecha de la Sentencia o el 1 de enero de cada año. Las dos opciones serían correctas.

¿Se pueden reclamar las actualizaciones no recibidas?

Podremos solicitar la actualización de las pensiones correspondientes a los cinco últimos años.

Es decir, si la Sentencia es del 22 de marzo de 2020 y se fijó la actualización de fecha a fecha, la primera actualización debería haberse realizado el 22 de marzo de 2021. Si el pagador no quiso actualizarla y después de efectuar la reclamación no pagó la actualización, la fecha máxima para reclamar dicha actualización sería el 22 de marzo de 2026.

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4 comentarios en “Actualizar pensión compensatoria”

  1. Tengo la custodia de mis hijas desde 12/2016. Me pasa 500 euros en total y nunca me ha actualizado la manutención. Cómo puedo reclamarle? No tenemos contacto y no ve a mis hijas desde hace 14 meses por voluntad propia. Gracias

    1. Hola Andrea.

      Gracias por la confianza en escribir a Araceli Vida Navarro. Se pondrá en contacto contigo a través del correo electrónico que has facilitado.

      La abogada experta nos indica que la actualización de la manutención dependerá de si existe o no existe convenio regulador:
      -Si tuvieras un convenio regulador firmado en sentencia, la actualización de la pensión se hace a través de escrito de ejecución al juzgado.
      -Si no tuvieras un convenio regulador todavía y todo esto esté acordado de palabra, lo recomendable es que se inicien los trámites para que lo tengas, ya que tú y tu hija podéis veros muy desprotegidas.

      Ante todo, queremos transmitirte tranquilidad porque es una situación que tiene solución y Araceli Vida Navarro es una profesional con experiencia certificada con casos judiciales reales como el tuyo en derecho de familia.

      Confiamos en que el contacto de Araceli Vida Navarro te será de gran ayuda.

      Un saludo

      Equipo de Emérita Legal.

    1. Buenas tardes, el incremento de la pensión se realiza conforme al incremento del IPC que publica el INE (Instituto Nacional de Estadística). Y lo que se revaloriza es la cantidad que usted transfiere en concepto de pensión. En todo caso puede realizarnos una consulta personalizada, incluso a través de correo electrónico, en la que podremos calcular exactamente la actualización de su pensión.
      Un saludo

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