El seguro de vida no me paga la indemnización por una enfermedad preexistente, ¿qué puedo hacer?

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¿Qué es una enfermedad preexistente?, ¿puede negarse el seguro de vida a pagarme la indemnización por una enfermedad preexistente? o ¿puede la aseguradora acceder a mi historial médico para evitar pagar el seguro de vida por una enfermedad de este estilo?. Incluso, ¿puedo denegar el acceso a mi historial médico a mi seguro de vida? y ¿qué hago se niega este a pagarme la indemnización?. Todo lo relacionado a este tema lo explica en nuestro blog el despacho de abogados Arys, expertos en Derecho del seguro.

¿Qué es una enfermedad preexistente?

Una enfermedad preexistente es aquella que padece un asegurado con anterioridad a la contratación del seguro.

El asegurado tiene la obligación de informar a la entidad aseguradora de las enfermedades que tiene y conoce en el momento de contratar la póliza. El motivo es que esas enfermedades preexistentes podrían agravar el riesgo y tener influencia en la cuantía de la prima. A mayor agravación del riesgo la prima también será mayor. 

En el seguro de vida, antes de celebrar el contrato, la compañía aseguradora presentará un cuestionario de salud al que el futuro asegurado deberá contestar de forma veraz a todas las preguntas en él incluidas. 

De lo contrario, si el asegurado no informa verazmente a la entidad aseguradora sobre las enfermedades preexistentes, el asegurador podrá rescindir el contrato en el plazo de un mes desde que tenga conocimiento de que la declaración del asegurado no fue la correcta.

De la misma forma, la aseguradora podrá denegar la indemnización del seguro de vida que pudiera corresponder basándose en una enfermedad preexistente que no le fue declarada. 

¿Puede negarse el seguro de vida a pagarme la indemnización por una enfermedad preexistente?

La compañía aseguradora puede negarse a pagar la indemnización por  una enfermedad preexiste en un seguro de vida cuando el asegurado no haya respondido verazmente al cuestionario de salud propuesto por la aseguradora cuando se celebró el contrato. Esto supondría un fraude por parte del asegurado, de tal forma que la aseguradora no tendría que abonar la indemnización. 

En cualquier caso, es importante destacar varias cuestiones en relación con la negativa de las compañías aseguradoras a hacer frente a la indemnización de un seguro de vida alegando que la enfermedad era preexistente:

  • La entidad aseguradora no puede negarse al pago de la indemnización por una enfermedad preexistente si no sometió al asegurado al cuestionario previo.
  • Tampoco cuando sometió al asegurado al cuestionario previo pero éste no incluía preguntas relativas a esa enfermedad preexistente que pudieran haber agravado el riesgo.

¿Puede la aseguradora acceder a mi historial médico para evitar pagar el seguro de vida por una enfermedad preexistente?

No. La aseguradora no puede acceder a tu historial médico para evitar pagar el seguro de vida por una enfermedad preexistente. 

Los datos de salud son información de carácter personal y sensible y están especialmente protegidos por la Ley. Tanto es así, que ni siquiera los médicos pueden acceder a los mismos sin causa justificada. 

Lo que si puede hacer la  entidad aseguradora es solicitar al asegurado que le haga entrega de ese historial médico de forma voluntaria. 

También puede solicitarlo a través de la autoridad judicial quien si tiene la potestad de solicitar la historia clínica, con independencia de la voluntad del asegurado, y si considera que esa prueba es imprescindible. 

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¿Puedo denegar el acceso a mi historial médico a mi seguro de vida?

Si. Los datos sanitarios del asegurado están protegidos por la Ley de autonomía del  paciente. El artículo 7 de esta Ley establece:

“Toda persona tiene derecho a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin previa autorización amparada por la Ley”. 

Pero también hay que tener en cuenta que ese derecho no es un derecho absoluto. Cuando entra en conflicto con otros derechos e intereses legítimos puede tener que ceder ante ellos. 

Un ejemplo de esto viene determinado por el interés legítimo que puede tener una compañía aseguradora de conocer los datos de salud de un asegurado para saber si tiene la obligación de pagar una indemnización de un seguro de vida. Ese es el motivo por el que, si la autoridad judicial decide que esa documentación es necesaria, el asegurado tendrá que entregar su historial médico. 

¿Qué hago si el seguro de vida se niega a pagarme la indemnización por una enfermedad de este tipo?

Cuando un seguro de vida se niega a pagar la indemnización por un enfermedad preexistente hay muchas cuestiones a analizar:

  1. En primer lugar, si el asegurado fue sometido al cuestionario previo
  2. Igualmente, si las respuestas del asegurado fueron veraces
  3. O bien, si el propio asegurado conocía la existencia de esa enfermedad en el momento de celebrar el contrato, etc. 

Todas esas cuestiones, desde el punto de vista jurídico, pueden tener muchos matices que determinen la existencia del derecho del asegurado al cobro de la indemnización del seguro de vida, por lo que nuestra recomendación es que, ante el rechazo por parte de la compañía aseguradora, siempre se consulte con un abogado especializado en Derecho del Seguro. 

¿Deseas ponerte en contacto con los abogados del Despacho Arys, experto en Seguros? Solicitar llamada.

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