¿Cubre el seguro de hogar el servicio de bomberos?

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¿Qué cubre el seguro de hogar en caso de incendio?, ¿está incluido el servicio de bomberos en el seguro de hogar?, ¿cómo reclamar al seguro de hogar por incendio?, ¿cuándo se considera que soy responsable de un incendio de hogar?. Si soy el culpable del incendio, ¿puedo reclamar al seguro?. Todo lo relacionado con el seguro de hogar nos lo explica hoy Arys, despacho de abogados, expertos en Derecho del Seguro.

¿Qué cubre el seguro de hogar en caso de incendio

En caso de incendio de la vivienda, el seguro cubre los daños causados en la misma tanto en el continente como en el contenido. El continente es la edificación y los elementos fijos de la misma, como por ejemplo puertas, ventanas, armarios, etc. El contenido es el ajuar y mobiliario de la vivienda como, camas, sofás, sillas, mesas, ropa, electrodomésticos, etc.

En el seguro de hogar se puede asegurar solo el continente o el contenido aunque lo normal es que se opte por asegurar las dos opciones, para dejar cubierto el daños que se pueda causar en la vivienda en todo su conjunto. En caso de viviendas de alquiler si que es frecuente que el propietario de la vivienda tenga asegurado el continente y que el inquilino tenga asegurado el contenido para proteger las cosas que son de su propiedad. Puede darse el caso de que cada uno de ellos tenga una compañía de seguros distinta.   

Tanto en el apartado de continente como en el de contenido, hay que reflejar en la póliza el capital que se asegura, pues esa cifra es el tope máximo que la aseguradora está obligada a pagar en caso de un siniestro. Es importante que los capitales asegurados sean acordes al valor de la vivienda y su ajuar, porque si se pone una cifra inferior al valor real, cuando suceda el siniestro, el seguro aplica una depreciación por infraseguro en la indemnización que nos corresponde y que es proporcional al infraseguro.

Por poner un ejemplo:

Si la vivienda tiene un valor de 100.000€ y en la póliza se ha puesto que el valor es de 80.000€, hay un infraseguro del 20%. Esto supone que si la indemnización que me tendría que dar el seguro fuese de 10.000€ por los daños causados, esta se verá reducida en un 20% por infraseguro y se me abonarán solo 8.000€.

Otro aspecto a tener en cuenta es que el seguro de incendio como garantía básica, está asociado a otra garantía que es la de responsabilidad civil, puesto que el incendio de la vivienda puede causar, además de daños en nuestra casa, otros daños en las viviendas o propiedades vecinas a la nuestra. Estos daños se pagarán a los perjudicados, mediante la garantía de responsabilidad civil y hasta el límite de la indemnización que por este concepto conste en la póliza.

¿El servicio de bomberos está incluido en el seguro de hogar?

La ley de contrato de seguro, exige al asegurado el deber de minorar en lo posible el daño causado. Por eso en caso de incendio que no podamos apagar por nuestros propios medios, es necesario y obligatorio el solicitar la intervención de los bomberos. El gasto de esta intervención está cubierta por el seguro y normalmente con un capital específico que se hace constar en la póliza.

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¿Cómo reclamar al seguro de hogar por incendio?

Para reclamar la indemnización del seguro de hogar, lo primero es dar parte de siniestro al seguro, de forma que quede constancia. Lo ideal es hacerlo por mail o cubriendo el formulario que nos facilite nuestro mediador de seguros, obteniendo copia sellada con la fecha de entrada en la aseguradora de nuestra comunicación.

A partir de aquí, es el seguro el que tiene que valorar los daños y proponer una indemnización.

En el caso de que hayan intervenido los bomberos es probable que la casa quede inhabitable de forma temporal. En este tipo de supuestos, muchas de las pólizas de hogar contemplan una indemnización diaria, el realojamiento en otra vivienda de alquiler o en un hotel mientras duren las reparaciones necesarias hasta que el asegurado pueda volver a entrar en la misma. Con lo cual si este es el caso y la póliza lo contempla, debe reclamarse  desde el inicio que se facilite al asegurado esta prestación.  

¿Cuándo se considera que soy responsable de un incendio de hogar?

Los casos por los que el seguro no está obligado a pagar en caso de incendio en el hogar, son los que deriven de dolo o mala fe y negligencia grave. Es decir si el seguro descubre que el incendio en la vivienda se ha producido de forma intencionada por el asegurado o las personas que conviven con él en la misma, no dará cobertura al siniestro y en consecuencia no pagará nada.

Lo mismo ocurre en caso de que el incendio sea por una negligencia grave. Este es un concepto un poco difuso porque lo que se excluye, no es cualquier tipo de negligencia, sino la más grave y en la práctica distinguir una negligencia grave de una menos grave, es una cuestión subjetiva de quien tenga que valorar la conducta que ha desembocado en la producción del incendio.

Por poner un ejemplo de conducta gravemente negligente:

Si en el jardín de una vivienda hago fuego para una barbacoa, al lado del depósito de gas de la misma y además usó un bidón de gasolina para prender el fuego, que dejo abierto al lado de la barbacoa y de esta saltan chispas que caen en el bidón y explota causando daños también a las tuberías del depósito de gas que  a su vez explota, considero que tal forma de actuar es gravemente imprudente porque resulta evidente para el conocimiento de cualquiera que la gasolina al lado del fuego no debe estar, ni el fuego tampoco debe hacerse pegado a un depósito de gas.

Si soy el culpable del incendio, ¿puedo reclamar al seguro?

Como explicamos en el párrafo anterior, sólo se excluye la conducta dolosa, malintencionada y gravemente culposa, pero no el resto. Esto quiere decir que los despistes, descuidos y errores normales de la vida diaria si están cubiertos por el seguro. Por ilustrarlo con un ejemplo, que además ocurre con cierta frecuencia, en caso de incendios originados por los hornos en las cocinas. En ocasiones se pone comida en el horno durante varias horas y pasado un tiempo la persona que está cocinando, se pone a realizar otras tareas o incluso sale a realizar algún recado, calcula mal el tiempo de cocción o simplemente se despista, no apaga el horno y este termina quemando la comida, calcinando la cocina. Esto si estaría cubierto por el seguro.   

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