¿Cómo reclamar al seguro de vida por fallecimiento?

¿Como reclamar al seguro de vida por fallecimiento?

¿Alguna vez te has preguntado qué hacer en caso de que un ser querido fallezca y tenga un seguro de vida? Esta pregunta puede surgir en momentos difíciles, pero es fundamental comprender el proceso para reclamar los beneficios que brinda un seguro de vida en caso de fallecimiento. En este artículo, te proporcionaremos una guía completa para que sepas exactamente cómo proceder en esta situación.

¿Cómo se reclama al seguro de vida?

Cuando fallece un familiar  podemos encontrarnos que el mismo hubiese concertado un seguro de vida por fallecimiento de tal forma que los beneficiarios y/o herederos de la persona fallecida tienen derecho a cobrar una indemnización por dicho evento.

La  reclamación del capital o indemnización cubierta por el seguro deberá de reclamarse por escrito a la aseguradora. Es muy recomendable contar con un asesoramiento sobre las coberturas y el riesgo cubierto para poder hacer correctamente la reclamación ante la aseguradora.

¿Qué documentos hay que presentar para hacer la reclamación por fallecimiento?

 Los documentos que normalmente suelen solicitarse por la aseguradora para abonar la indemnización del seguro de vida por fallecimiento son:

  1. Certificado de defunción.
  2. Informe o certificado médico que acredite el motivo del fallecimiento.  En según qué circunstancias incluso puede darse el caso de que tenga que aportar el informe de autopsia del fallecido, sobre todo cuando se ha producido por muerte violenta o súbita.
  3. Certificado de últimas voluntades dónde se acredite si el fallecido otorgó testamento.
  4. Si constan como beneficiarios del seguro los herederos legales, debe acreditarse dicha condición con la escritura de declaración de herederos y aceptación de herencia.
  5. Liquidación del impuesto de sucesiones para poder percibir dicho seguro.

¿Cuáles son los requisitos que hay que cumplir para reclamar al seguro de vida por fallecimiento?

Para la reclamación del seguro de vida por fallecimiento deberá de acreditarse la condición de beneficiario del seguro.

Dependiendo que beneficiarios consten nombrados como tales en la póliza de seguro contratada deben acreditar su condición con diferente documentación.

Por ejemplo, no es lo mismo que conste una designación genérica como podría ser  la expresión: “ los herederos legales”, “ esposo/a e hijos” o que se recoja una expresión nominativa y personalizada del beneficiario de dicha cobertura, es decir, con nombre y apellidos.

¿Por qué puede negarse el seguro a pagar la indemnización por fallecimiento?

El derecho a percibir la indemnización del seguro de vida puede ser negado a abonar por parte de la aseguradora por diversos motivos entre ellos los principales pueden ser :

1.- Que el motivo o causa de la muerte no conste cubierto o quede excluido de la cobertura de la póliza, sirviendo de ejemplo: la exclusión que se hace en muchas ocasiones de fallecimiento en conflicto armado, o el fallecimiento con motivo de la realización de una actividad deportiva de riesgo no cubierta por la póliza o  que la causa de la muerte sea una enfermedad que no quedase cubierta por la póliza. Asimismo, en ocasiones también excluyen el suicidio.

2.-Que no se acredite debidamente la condición de beneficiario de la cobertura. Suele darse en ocasiones, sobre todo, si no se acredita documentalmente la condición, o se aporte documentación incompleta..

3.- Que no se haya abonado por el tomador y/o asegurado la prima de seguro en el momento de producirse el hecho causante de la defunción.

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¿Qué hacer si el seguro de vida se niega a pagar la indemnización?

En caso de que se nos deniegue el derecho a percibir la indemnización del seguro de vida por fallecimiento, es importante que estemos bien asesorados  sobre los derechos  que podamos tener frente a la aseguradora, sobre todo tener documentado el motivo de la denegación por parte de la aseguradora.  Asimismo, es importante contar  con un buen asesoramiento sobre las coberturas recogidas en el contrato de seguro, tanto las condiciones particulares de la póliza como las generales.

Por ello, es importante que el asesor que nos informe esté familiarizado con este tipo de reclamaciones para presentar una reclamación extrajudicial ante la aseguradora con toda la documentación pertinente para ello, así como una reclamación ante los juzgados, en el caso de que la aseguradora, a pesar de estar bien acreditada nuestra condición de beneficiarios  y nuestro derecho al cobro de la indemnización en vista de las cobertura y condiciones contractuales.

¿Qué vamos a hacer para ganar tu caso?

Como asesora legal en reclamación de seguros, es importante dar un trato personalizado al cliente. Por tanto,  es fundamental revisar debidamente la póliza que cubre el seguro de vida por fallecimiento, tanto las cláusulas particulares como las generales del seguro.

Asimismo, es muy importante analizar de forma pormenorizada los hechos que rodean el motivo del fallecimiento del causante, así como  acreditar documentalmente la condición de beneficiario para poder percibir la indemnización del seguro de vida por fallecimiento, todo ello para evitar que la aseguradora niegue el pago de la indemnización.

¿Deseas contactar con la abogada experta en derecho del seguro,
Pilar Melero Esteve?

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