Acreditación del ingreso de las cantidades entregadas a cuenta. Documentación probatoria.

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Hoy nos explica el abogado experto en Derecho de Seguro, José Ramón Gutiérrez Giménez, todo lo relacionado con la acreditación del ingreso de las cantidades entregadas a cuenta y su documentación probatoria.

Introducción:

Cuando el vendedor de una vivienda sobre plano no ha entregado al comprador un aval o una póliza de garantía que cubra las cantidades anticipadas para el supuesto que no se cumplan las condiciones pactadas en el contrato de compraventa la entidad bancaria que ha recibido dichas cantidades es responsable de las mismas por no haberse asegurado que dichas cantidades anticipadas estaban avaladas convenientemente.

Una de las causas de oposición más comunes de los bancos es la no acreditación del ingreso de dichas cantidades en una cuenta de su entidad ya que en muchas ocasiones el pago no se hace por transferencia bancaria sino por un cheque y hay que demostrar que  dicho cheque fue ingresado en una cuenta de dicha entidad bancaria

Para hacer responsable a una entidad bancaria hay que demostrar el ingreso de las cantidades entregadas en una cuenta de dicha entidad y esto se puede hacer de diferentes maneras:

  1. Si el ingreso se hace por medio de una transferencia bancaria mediante copia de la transferencia.
  2. Si el pago se hace a través de cheque hay que dirigirse a la entidad bancaria que lo emitió para que proporcione la información de la cuenta bancaria donde fue cobrado el mismo.

El problema lo tenemos cuando nuestra entidad bancaria nos informa que ya no disponen de dicha información porque ha transcurrido mucho tiempo, entonces hay que intentar conseguir el listado de movimientos de la cuenta bancaria que la promotora de viviendas usaba para ingresar dichas cantidades.

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Si no lo podemos conseguir se puede intentar judicialmente de dos maneras:

  • Mediante un procedimiento judicial específico llamado Diligencia Preliminares.
  • Solicitar como prueba en la audiencia previa del procedimiento abierto contra el banco el requerimiento al mismo para que aporte al Juzgado dicho listado.

Si obtenemos el listado de movimientos hay que encontrar el ingreso de las cantidades entregadas a cuenta y muchas veces no es fácil porque los promotores pueden no incluir en el concepto del abono el nombre del comprador o los datos del apartamento y hay que deducirlo por la fecha y las cantidades.

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