Explicamos la resolución del INSS de incapacidad permanente

resolución del INSS de incapacidad permanente

¿Qué es la carta de resolución de incapacidad permanente? ¿Cuál es el plazo para recibirla? ¿Qué pasa si ha pasado el plazo y no la he recibido? He recibido la resolución del INSS de mi solicitud de incapacidad permanente y no estoy conforme. ¿Cómo vamos a ayudarte a reclamar por vía judicial? Casos de reclamaciones por la resolución del INSS de incapacidad permanente. Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y la abogada experta en derecho de la seguridad social, Inmaculada Calero Sáez, te da la respuesta y ofrece su asistencia.

¿Qué es la carta de resolución de incapacidad permanente?

La carta de resolución de incapacidad permanente es la comunicación que hace el INSS a aquella persona a quien previamente ha tramitado un expediente de incapacidad permanente o de lesiones permanentes no invalidantes por la que pone en su conocimiento la decisión adoptada a su finalización.

La resolución del INSS acordará si procede o no el reconocimiento de unas lesiones permanentes no invalidantes o una incapacidad permanente y, en caso afirmativo, el grado que corresponde a la persona beneficiaria, así como podrá establecer un plazo de revisión por previsible mejoría.

¿Cuál es el plazo para recibirla?

El plazo para recibir la carta no está regulado como tal.

La única previsión legal que existe es el plazo de silencio administrativo de 135 días hábiles, transcurrido el cual puede considerarse desestimada la petición. 

¿Qué pasa si ha pasado el plazo y no la he recibido?

Si ha pasado el plazo de 135 días hábiles y no he recibido la resolución del INSS, el afectado podrá emprender acciones contra la denegación por silencio administrativo de su petición.

Pero es opcional puesto que también podrá esperar a recibir la resolución expresa del INSS.

Esto es así porque la Administración tiene obligación de resolver las peticiones de sus administrados. 

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He recibido la resolución del INSS de mi solicitud de incapacidad permanente y no estoy conforme

Si he recibido la resolución del INSS de mi solicitud de incapacidad permanente y no estoy conforme debo presentar reclamación previa administrativa en el plazo de 30 días hábiles haciendo constar mis motivos de disconformidad y concretando mi petición.

Lo diré muchas veces. Es un escrito pre-procesal. Es la antesala de la vía judicial.

Eso significa que lo que pidamos en trámite de reclamación previa se vincula a nuestra petición en demanda.

Lo no solicitado en reclamación previa ya no será susceptible de subsanación en demanda

Así es que mi recomendación, con el fin de evitar errores insubsanables, es encomendar la redacción del escrito de reclamación previa a un abogado especialista en seguridad social que oriente nuestra solicitud en la primera oportunidad que tenemos para hacerlo bien, desde sus primeros trámites.

Recomendando su orientación incluso antes de la apertura del expediente de incapacidad permanente. 

¿Cómo vamos a ayudarte a reclamar por vía judicial?

  • En primer lugar, podemos ayudarte a reclamar por vía judicial con una previa valoración de viabilidad de tu caso.
  • En segundo lugar, asesorándote acerca de lo que se puede pedir, las consecuencias jurídicas que puede comportar la estimación de esa petición y la documentación recomendada que debes organizar a tal fin.
  • En tercer lugar, redactando la demanda, que es un escrito que debe ir debidamente fundamentado jurídicamente. 
  • En cuarto lugar, presentando la demanda y controlando el plazo legal para que sea oportunamente presentada a tiempo. 

Pero, lo que es más importante, la mayor ayuda que te podemos brindar es proporcionarte tranquilidad para que no tengas que preocuparte de nada más allá que atender nuestras recomendaciones, en la confianza de que de lo importante ya nos ocupamos nosotros para hacer todo lo posible para tratar de conseguir el buen fin de tu reclamación. 

Y esa es la mejor ayuda que podemos proporcionarte, ayudarte a descansar en buenas manos. 

Casos de reclamaciones por la resolución del INSS de incapacidad permanente

Casos de reclamaciones por la resolución del INSS de incapacidad permanente actuales a citar a modo de ejemplo podrían ser los siguientes:

  1. El caso de un trabajador que ha desarrollado una dermatitis alérgica como consecuencia de un alérgeno presente en su puesto de trabajo y al que se le ha denegado la incapacidad permanente para su profesión habitual en resolución del INSS pero cuando ha intentado ejercerla se le desencadena de nuevo la enfermedad incapacitante.
  2. El caso de una trabajadora a la que se ha reconocido una incapacidad permanente total en resolución del INSS pero reclama una absoluta para toda profesión u oficio principalmente por estar impedida para desplazarse a cualesquiera puesto de trabajo y mantener la jornada reglada con el mínimo de profesionalidad y eficacia exigible, dado el avance de la enfermedad de artritis reumatoide que padece desde hace años.
  3. El caso de un trabajador con trastorno depresivo mayor grave y cronificado con síntomas psicóticos, al que la especialista de salud mental que lleva el seguimiento y tratamiento de su enfermedad mental considera incapacitado para el desempeño de una actividad laboral en la actualidad, mientras el INSS le ha denegado la incapacidad permanente.
  4. El caso de una trabajadora con radiculopatía L5-S1 y múltiples hernias discales cervicales y lumbares, con analgesia de tercer escalón y tratamiento en Unidad del Dolor por dolor crónico, que no tolera la sedestación mantenida y se ve abocada a la reincorporación a su puesto de administrativa tras resolución del INSS.

No queremos terminar sin advertir que los casos citados se han sintetizado a modo ejemplificativo para hacerlos comprensibles, sin perjuicio de su mayor complejidad, así como de la conveniencia de individualizar cada caso en materia de incapacidad permanente, pues son tan distintos y diferentes como lo somos las personas, únicas e irrepetibles.

Por lo que, en definitiva, si hemos recibido una resolución del INSS cuya respuesta consideramos no adecuada a nuestra situación, lo mejor será que consultemos nuestro caso particular con un profesional de confianza.

¿Deseas contactar con la abogada experta en derecho de la seguridad social,
Inmaculada Calero Saez?

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