Reclamación previa por incapacidad permanente

reclamación previa por incapacidad permanente

¿Alguna vez te has preguntado sobre la reclamación previa por incapacidad permanente? Muchos de nosotros enfrentamos momentos en la vida en los que nuestras capacidades físicas se ven afectadas debido a lesiones o enfermedades. En tales situaciones, es esencial comprender cómo llevar a cabo una reclamación previa por incapacidad permanente para garantizar que obtengas el apoyo que necesitas. En este artículo, exploraremos los pasos clave y los expertos en el campo que pueden orientarte en este proceso crucial.

¿Qué es la reclamación previa al INSS?

La reclamación previa al INSS es una vía que se abre para hacer valer la disconformidad frente a una resolución del INSS.

Es un trámite obligatorio que ha de agotarse previo inicio de la vía judicial por quien pretenda reclamar frente a una resolución del INSS.

¿En qué consiste una reclamación previa a la Seguridad Social por denegación de la incapacidad permanente?

La reclamación previa a la Seguridad Social por denegación de la incapacidad permanente consiste en un escrito razonado en el que la persona reclamante debe concretar lo siguiente:

  1. Los aspectos de la resolución del INSS con los que está disconforme
  2. Su petición
  3. Los motivos en que funda su petición

¿Cuál es el plazo para presentar la reclamación previa?

El plazo para presentar la reclamación previa es un plazo administrativo de 30 días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la resolución del INSS.

¿Dónde se presenta la reclamación previa?

La reclamación previa se presenta:

  • 1. Presencialmente ante una oficina de atención de la Seguridad Social, previa cita.
  • 2. Telemáticamente en la sede electrónica de la Seguridad Social con certificado electrónico o clave.
  • 3. Por correo administrativo dirigiéndose a una Dirección Provincial del INSS competente en virtud del domicilio de la persona reclamante.

¿Cuánto tiempo puede tardar el INSS en contestar la reclamación previa?

El tiempo que puede tardar el INSS en contestar la reclamación previa es de 45 días hábiles, desde un punto de vista teórico, pues transcurrido dicho plazo sin contestar puede considerarse desestimada la reclamación y la persona reclamante podría acudir a la vía judicial.

Si bien en la práctica el INSS puede tardar más de 45 días en dictar resolución expresa.

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Modelo de reclamación previa al INSS

El INSS dispone de un modelo de reclamación previa que puede descargarse a través de su web.

No es obligatorio el uso de dicho formulario pero vamos a detenernos en su contenido para que sirva de cierta orientación acerca de los datos básicos que debe contener la reclamación previa al INSS y que son los siguientes:

  • 1. Datos personales del reclamante
  • 2. Identificación de la resolución del INSS y del expediente en el que se ha dictado
  • 3. Hechos y fundamentos legales
  • 4. Solicitud
  • 5. Fecha y firma

Dicho lo anterior, se recomienda que la redacción el escrito de reclamación previa se encomiende a una abogada experta en Seguridad Social (incapacidad permanente) dado el principio de congruencia exigible entre reclamación previa y demanda judicial.

Esto quiere decir que la reclamación previa delimita los términos del debate, condiciona el contenido de la demanda futura, arrastrando sus aciertos y sus errores y, con ello, el posible éxito de la pretensión.

En resumen, mejor hacerlo bien desde un principio no vaya a ser que luego ya no tenga solución.

¿Qué vamos a hacer para solucionar tu caso?

Lo que vamos a hacer para solucionar tu caso es lo siguiente:

  • 1.Conocer tu caso.

Parece obvio, pero en ocasiones olvidamos tenerlo en cuenta.  

Las respuestas genéricas no se basan en un conocimiento del caso.

Si quiero obtener una respuesta adaptada a mi caso concreto es ineludible un conocimiento previo de mi caso concreto.

  • 2. Asesorarte sobre la viabilidad de tu caso y resolver tus dudas
  • 3. Informarte de los pasos a seguir
  • 4. Encaminar tus pasos en tiempo y forma, a través de los cauces legales oportunos
  • 5. Redactar los escritos que procedan con un buen fundamento legal
  • 6. Hacer una buena defensa de tu caso, aportando experiencia y conocimiento

En definitiva, acompañarte hasta el final del proceso hasta donde sea necesario y quieras llegar, para que puedas descansar en nosotros, con la tranquilidad de que estaremos velando por tus intereses.

¿Deseas contactar con la abogada experta en derecho de la seguridad social,
Inmaculada Calero Saez?

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