Incapacidad permanente por accidente laboral

Incapacidad permanente por accidente laboral

Incapacidad permanente por accidente laboral: ¿Qué es y qué otras existen? ¿Qué pasa si me recupero tras conseguirla? ¿Puedo trabajar si me dan la dan? El despacho de abogados experto en derecho de seguro, Arys, resuelve todas las dudas referidas a la incapacidad permanente por accidente laboral.

¿Qué es la incapacidad permanente por accidente laboral?

Si a consecuencia de un accidente yendo y viniendo del trabajo o en las instalaciones de este o fuera de ellas pero realizando una actividad laboral, sufro un accidente que me incapacite para poder trabajar, se considera que estoy en situación de incapacidad permanente para trabajar derivada de accidente. 

Para que se considere permanente, la situación de incapacidad para el desempeño profesional tiene que persistir tras finalizar el proceso de curación o cuando este se haya estabilizado. Las lesiones tiene que ser por tanto definitivas y del tal entidad que disminuyan considerablemente o anulen la capacidad laboral del trabajador.

¿Qué otras incapacidades por accidente laboral existen?

En función de los daños que sufre el trabajador existen otro tipo de incapacidades.

Si las lesiones no son graves, la incapacidad puede ser temporal, de modo que una vez realizado el tratamiento médico necesario, el trabajador quede completamente curado o  en situación de poder realizar su trabajo, sin que esto le suponga recaídas frecuentes y nuevos periodos de baja.

En caso de que tras finalizar el tratamiento o llegar a fase de estabilización de las secuelas,  el trabajador no puede reincorporarse a su trabajo, se considera que pasa a situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual.

Además de lo anterior, si las secuelas que le quedan al trabajador le impiden realizar cualquier tipo de trabajo y no solo el que venía desarrollando, esta pasa a situación de incapacidad permanente absoluta.

Evidentemente cuanto mayor es el grado de incapacidad, también será mayor la prestación a modo de pensión que perciba el trabajador.  

Si tengo la incapacidad permanente total si que puedo trabajar, pero tiene que ser en profesión distinta a la que tenía cuando se me concedió la incapacidad.  

Arys, despacho de abogados experto en Derecho de Seguro.

Pasos para conseguir la incapacidad permanente en el trabajo.

El procedimiento para conseguir la incapacidad permanente en el trabajo puede realizarse de tres formas.

1º-De oficio, a petición de la entidad gestora por agotamiento del plazo de incapacidad temporal o encontrarse ya en situación de la que se derive incapacidad permanente. También puede ser de oficio cuando lo solicite la inspección de trabajo o por petición del servicio público de salud aportando la historia clinica y el informe de alta médica.

En este tipo de situaciones, cuando se hace solicitud de oficio, suele ser debido a que el trabajador tiene reducciones o pérdidas anatómicas que son definitivas y que claramente le van a impedir el volver a poder trabajar donde lo venían haciendo habitualmente.

Es por ello que sin esperar a agotar el plazo máximo normal de dieciocho meses en situación de incapacidad temporal, ya se debe iniciar el procedimiento para la concesión de la incapacidad permanente total o absoluta, pues carece de sentido tener al trabajador en situación de incapacidad temporal cuando las lesiones que padece son irreversibles y por tanto no susceptibles de mejora mediante tratamiento alguno.       

2º.- A solicitud de las mutuas de trabajo como entidades colaboradoras del INSS, aportando igualmente la historia clínica e informe de alta. 

3º.- A petición del interesado, cumplimentando el modelo de solicitud del INSS, aportando la documentación médica que acredite su situación.

Una vez iniciado el procedimiento:

Tras iniciarse el procedimiento, se pueden solicitar pruebas médicas complementarias, tras las cuales y previa revisión del trabajador por parte del equipo de valoración de incapacidades (EVI), si este lo considera necesario, se formula un dictamen propuesta acompañado de un informe médico de síntesis.

Si la solicitud de incapacidad es rechazada, se tiene que realizar una reclamacion previa ante el INSS y si esta no es aceptada, ya se puede formular demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda.  

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¿Qué pasa si me recupero tras conseguir la incapacidad permanente?

Las declaraciones de incapacidad permanente total, estan sujetas a revision. Si con el tiempo la situación clínica del trabajador mejora y este puede volver a trabajar, se extingue el derecho a la pensión y este debe volver a trabajar.

La reserva del puesto de trabajo por incapacidad, tiene una duración de dos años desde la declaración de incapacidad permanente. 

¿Puedo trabajar si me dan la incapacidad permanente?

Si tengo la incapacidad permanente total si que puedo trabajar, pero tiene que ser en profesión distinta a la que tenía cuando se me concedió la incapacidad.  

Por poner un ejemplo si trabajo en la construcción como peón de obra y por desgracia pierde una pierna en accidente laboral, ya no puedo trabajar como peón de obra, pero si puedo trabajar en oficinas como personal administrativo.

En caso de que se me haya concedido una incapacidad permanente absoluta, esto significa que no puedo desarrollar ninguna actividad laboral, con lo cual no puedo trabajar mientras esté en esta situación. Cuestión diferente es si tras una revision de grado, el INSS me pasa de una IP Absoluta a una IP Total , en cuyo caso si que puedo trabajar, en una actividad distinta a la que venía desarrollando.     

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