¿Se puede impedir el uso del ascensor a un moroso?

¿Se puede impedir el uso del ascensor a un moroso

¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal acerca de los vecinos morosos? ¿Se le puede impedir el uso del ascensor a un moroso? ¿En qué situaciones se le puede impedir a un moroso el uso de las zonas comunes? ¿Puede denunciar a la comunidad un vecino moroso si no se le permite usar el ascensor? Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado experto en Derecho de la Propiedad Horizontal, Carlos Ruano Pérez, te da la respuesta y ofrece su asistencia.

¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal acerca de los vecinos morosos?

Lo que establece la Ley de Propiedad Horizontal, es la obligación de todos los vecinos de cumplir con sus obligaciones económicas, abonando las cuotas devengadas, tanto ordinarias como extraordinarias para cubrir todos los gastos relacionados con la propiedad. Asimismo establece los mecanismos mediante los cuales la Comunidad puede actuar para recuperar las cuotas impagadas.

También establece la Ley de Propiedad Horizontal la posibilidad para la Comunidad de Propietarios de aplicar un interés de demora para los vecinos que incumplen el pago de las cuotas. De esta forma el vecino que no cumple con sus obligaciones económicas en tiempo y forma verá como la cantidad que finalmente tiene que abonar se ve incrementada en estos intereses calculados desde la fecha en que debió haber pagado dichas cuotas. 

Además, la Ley de Propiedad Horizontal otorga a las Comunidades de Propietarios el privilegio de poder repercutir al vecino moroso el coste de la reclamación tanto extrajudicial (gastos de burofax por ejemplo) como judicial (abogado y procurador ), aún cuando legalmente no fuera necesario su uso. Es decir que si la Comunidad de Propietarios decide reclamar utilizando los servicios de estos profesionales podrá repercutir su coste al vecino deudor. 

Por tanto ,es importante estar al día en el cumplimiento de las obligaciones económicas de la Comunidad de Propietarios, ya que de lo contrario la cantidad a pagar se verá incrementada con intereses de demora, gastos de recuperación y honorarios y costas judiciales. 

¿Se le puede impedir el uso del ascensor a un moroso?

La respuesta en principio debe ser negativa, ya que , aunque desde la modificación realizada en junio de 2022 se permite a las Comunidades tomar mayores medidas contra los vecinos morosos, la prohibición de uso debe limitarse a servicios que no afecten a la habitabilidad del inmueble, y tradicionalmente se ha considerado que el ascensor es un elemento básico del que no puede privarse al propietario , y por tanto quedaría fuera de esta posibilidad .

Sin embargo, es posible limitar al vecino moroso el uso de otros servicios comunes, principalmente los de carácter lúdico o recreativo ,al no tener ese carácter esencial que pueden tener los ascensores.

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¿En qué situaciones se le puede impedir a un moroso el uso de las zonas comunes?

Siempre y cuando se cumplan los requisitos legales previstos para ello, el vecino moroso puede verse impedido de usar zonas o servicios comunes de la Comunidad, mientras se mantenga en situación de impago. 

Si bien históricamente se ha venido exigiendo que dicha prohibición estuviera prevista en los Estatutos, la modificación realizada en la Ley de Propiedad Horizontal por la Ley 10/2022 permite a la Junta de Propietarios tomar dicho acuerdo , siempre y cuando sea sobre servicios que no afecten a la habitabilidad y no se apruebe con carácter retroactivo. De esta forma , al decir ahora el artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal que, dichas limitaciones de uso “podrán” incorporarse a los Estatutos, parece dejar abierta también la posibilidad de aprobarlo con mayoría simple, sin necesidad de obtener la unanimidad que una modificación estatutaria exige.

Por último hay que tener en cuenta que al margen de la morosidad, es posible que un vecino sea privado del uso de un servicio comunitario por haber incumplido las normas de uso del mismo, o haber tenido un comportamiento inapropiado, si bien en ese caso entendemos que si sería necesario que estuviera previsto expresamente en los estatutos de la Comunidad. 

¿Puede denunciar a la comunidad un vecino moroso si no se le permite usar el ascensor?

Si el vecino moroso no está de acuerdo con una privación de uso tiene dos vías para poder reclamar a la Comunidad. 

  1. En primer lugar puede impugnar en vía civil ese acuerdo comunitario que aprobó la privación del uso. 
  2. Y en segundo lugar podría presentar una denuncia penal por un posible delito de coacciones , al impedirle ejercer su derecho al uso de ese bien común.

Desde luego en caso que la privación acordada se realice sobre el uso del ascensor, es muy probable, por los motivos explicados anteriormente , que el vecino moroso obtenga una resolución favorable en este punto. 

Por eso es importante adoptar este tipo de medidas debidamente asesorado por un profesional experto en propiedad horizontal , y conocedor de los límites que tanto legal como jurisprudencialmente deben tenerse en cuenta.

Igualmente, si ya la medida fue tomada, y el vecino moroso ha demandado o denunciado a la Comunidad, es importante tener una respuesta adecuada para poder minimizar los daños, y la posible reclamación de daños y perjuicios por el vecino afectado.

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1 comentario en “¿Se puede impedir el uso del ascensor a un moroso?”

  1. Hace 4 años que se instaló en mi bloque el Ascensor.He pagado algunas Cuotas,otras me ha sido imposible,van a poner una llave en el Ascensor,y para poder acceder a su uso,me piden que pague el total 4000 euros,si no he podido pagar las cuotas,aunque he pedido hacerlo todos los meses,se supone que pagaré.De antemano he pedido que se me haga un calendario de pago.Que debo hacer? Gracias

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