Obligaciones fiscales en la comunidad de propietarios

Obligaciones fiscales en la comunidad de propietarios

¿Cómo tributan las comunidades de propietarios? ¿Qué impuestos se pagan por pertenecer a una comunidad de propietarios? ¿Cuáles son las obligaciones fiscales de una comunidad de propietarios? ¿Qué pasa si no se cumplen con las obligaciones fiscales en una comunidad de propietarios? En este post, el abogado experto en Derecho de la Propiedad Horizontal, Carlos Ruano Pérez, explica detalladamente sobre las preguntas anteriores.

¿Cómo tributan las comunidades de propietarios?

Las Comunidades de Propietarios son consideradas para la Ley Tributaria como entes sin personalidad jurídica. Sin embargo esto no significa que no tengan obligaciones fiscales, ya que en su actuación habitual se pueden generar diversas obligaciones tributarias.

Así , aunque la Comunidad de Propietarios no realiza en principio por sí misma actividades empresariales ni profesionales y por tanto no tributa por ello, si que es habitual que forme parte de contratos de todo tipo de obras, suministros, servicios o también que figure como empleadora de personal contratado para la Comunidad. 

Todas estas actuaciones tienen su repercusión fiscal y la Comunidad de Propietarios debe cumplir con las leyes tributarias y con todas sus obligaciones y declaraciones fiscales para evitar ser sancionada.

¿Qué impuestos se pagan por pertenecer a una comunidad de propietarios?

Como hemos comentado, al no tener personalidad jurídica la Comunidad de Propietarios normalmente no está obligada a abonar directamente ningún impuesto, salvo algún supuesto extraño en que conste como titular de plazas de garaje o trasteros, y deba abonar el IBI de los mismos, o la tasa de vado. 

En el resto de casos, en los que la Comunidad genera ingresos por alguna actividad, como por ejemplo, alquiler de la fachada o azotea para instalaciones publicitarias, alquiler o venta de la portería, etc., en realidad el beneficio económico se divide entre los propietarios y debe ser declarado por cada uno individualmente si procede. 

La Comunidad de propietarios si tendría que recaudar e ingresar el IVA /IGIC correspondiente a esas operaciones.

CONTACTO

Contacta con el abogado

Obligaciones fiscales en la comunidad de propietarios

  1. En primer lugar, obtener el CIF, mediante la presentación del modelo tributario 036, que será necesario para poder estar fiscalmente identificada la Comunidad de propietarios en todos los contratos que pueda realizar.
  1. En segundo lugar serán muy importantes las declaraciones informativas anuales, de operaciones superiores a 3.005 euros anuales (modelo 347)  con cualquier proveedor con excepción de los suministros de luz, agua y gas y de los seguros contratados para los elementos comunes.
  2. También, como hemos comentado anteriormente, si hay operaciones sujetas a IVA/IGIC, hemos de presentar las correspondientes declaraciones trimestrales y anuales. Es importante cuando se recibe un dinero a cuenta de estos impuestos, tener en cuenta que es un dinero que tenemos retenido para ingresarlo cuando proceda, pero no pertenece a la Comunidad de Propietarios, y por tanto no puede gastarlo, ya que actúa como recaudador de la Agencia Tributaria.
  3. Por último, si la Comunidad de Propietarios tuviera trabajadores contratados, en su condición de empleador tendrá que realizar y declarar las retenciones correspondientes en su nómina y presentarlas mediante los modelos tributarios 111 (trimestral) y 190 (anual).

¿Qué pasa si no se cumplen con las obligaciones fiscales en una comunidad de propietarios?

Hay que tener en cuenta que si la Agencia Tributaria o cualquier otro Organismo detecta un incumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de la Comunidad de Propietarios se puede iniciar un procedimiento de inspección que podría culminar con la imposición de sanciones tributarias contra la Comunidad y en caso de no pagar dichas sanciones dentro del plazo concedido para ello, se produciría el embargo de las cuentas bancarias de la Comunidad.

Esto es así incluso en el caso de declaraciones meramente informativas como el mencionado 347 donde se sanciona esta infracción formal con una cantidad  por cada dato omitido, aunque dicha declaración no suponga obligación de ningún pago.

Por tanto es importante que la Comunidad de propietarios esté correctamente asesorada y lleve todas sus obligaciones fiscales al día para evitar la imposición de sanciones que puedan suponer mayores repercusiones como el bloqueo de las cuentas por embargo, problemas con proveedores, etc.

¿Deseas contactar con el abogado experto en Derecho de la Propiedad Horizontal, Carlos Javier Ruano Pérez? Solicitar llamada.

Quizás también te interese:

Protección de datos en una comunidad de propietarios

Cálculo de intereses de demora en comunidad de propietarios

Derramas en comunidad de propietarios

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *