Coste impugnación acuerdos comunidad

Coste impugnación acuerdos comunidad

¿Qué son los acuerdos de una comunidad de propietarios y en qué casos se pueden impugnar? ¿Cuál es el coste de la impugnación de este tipo de acuerdo y los plazos? Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado experto en Derecho de la Propiedad Horizontal, Carlos Ruano Pérez, te da la respuesta y ofrece su asistencia.

¿Qué son los acuerdos de una comunidad de propietarios?

Los acuerdos de una Comunidad de Propietarios son las decisiones tomadas por los propietarios de un edificio o conjunto de viviendas en una reunión de la junta de propietarios. Estos acuerdos regulan aspectos como la gestión del edificio, las responsabilidades de los propietarios, las reglas de uso de las instalaciones comunes, y cualquier otro tema relacionado con la propiedad horizontal

Salvo que en la Junta estén presentes el 100% de los propietarios, no podrá votarse ningún acuerdo que no esté previsto en la Convocatoria de la Junta de Propietarios. Tampoco podrán votarse asuntos en el apartado de ruegos y preguntas.

Estos acuerdos se verán luego reflejados en el acta de la reunión, donde deberá constar asimismo la forma de aprobación en su caso .(unanimidad, mayoría simple o cualificada)

¿En qué casos se pueden impugnar los acuerdos de una comunidad de propietarios?

Podemos hablar de dos grandes motivos de impugnación. En primer lugar se pueden impugnar los acuerdos que vayan contra la Ley o los Estatutos. Aquí estamos hablando principalmente de la Ley de Propiedad Horizontal, pero también de cualquier otra Ley del ordenamiento jurídico español. 

Aquí nos encontramos tanto infracciones de forma- como podrían ser una convocatoria mal efectuada o una privación de voto incorrecta- como de fondo, si por ejemplo se aprueba una medida expresamente prohibida por la Ley o por los Estatutos de la Comunidad.

El segundo motivo de impugnación estaría dirigido a aquellos acuerdos que, aun siendo legalmente aprobados, supongan un perjuicio para la propia Comunidad en beneficio de una minoría, o para nosotros, o se haya adoptado en abuso de derecho.

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Coste de impugnación de acuerdos de una comunidad de propietarios

Hay que tener en cuenta que se trata de procedimientos complejos en cuanto al estudio, ya que en muchas ocasiones hay que estudiar los Estatutos, la división horizontal, e incluso el histórico de actas y acuerdos anteriores. 

Por otra parte, la normal general es que los acuerdos que una mayoría de los vecinos se da para sí mismos, son en principio válidos , por lo que es necesario acreditar muy bien ante el Juez los motivos de la impugnación, tanto por motivos de forma como de fondo.

Por último son procedimientos donde hay al menos dos actos presenciales, la audiencia previa y el juicio oral , por lo que el tiempo dedicado al mismo es mayor.

 Eso provoca que el coste mínimo por una impugnación de acuerdos esté en torno a los 1.200 euros , pudiendo superar los 2.000 euros en algunas ocasiones. Además es necesario contar con un procurador y en ocasiones será adecuado también la contratación de algún perito experto en la materia de la impugnación (aparejadores, arquitectos, contables, etc).

Por este motivo, y también porque da una imagen de mayor fuerza de la demanda ante el Juez, es interesante en ocasiones que varios vecinos perjudicados se unan en la misma demanda para afrontar este coste de manera proporcional.

Plazo para impugnar los acuerdos de una comunidad de propietarios

Si bien el artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal establece el plazo de tres meses como principal, lo cierto es que la mayoría de las impugnaciones suelen estar basadas en infracción de Ley o de los Estatutos de la propia Comunidad, y en estos casos el plazo es de un año desde la adopción del acuerdo (para los asistentes) o la notificación del acta (para los ausentes).

No obstante hay que tener en cuenta que los acuerdos son ejecutivos desde que se adoptan ,aunque se impugnen, por lo que la Comunidad puede aplicar dichos acuerdos mientras no exista una sentencia firme que los anule.

La duración media de un procedimiento de impugnación suele rondar el año, pudiendo ser de más de dos años en caso de apelación, por lo que, en ocasiones habrá que plantearse si conviene solicitar al inicio alguna medida cautelar para la suspensión del acuerdo , puesto que de lo contrario, cuando finalmente se consiguiera la anulación del acuerdo, ya podría ser imposible dar marcha atrás en lo ejecutado.

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