La idea de poner una puerta en una servidumbre de paso puede surgir como una manera de mejorar la privacidad y la seguridad de una propiedad. Sin embargo, este acto plantea cuestiones legales y de derechos de acceso que deben ser consideradas con atención. En este artículo, exploraremos si es posible poner una puerta en una servidumbre de paso, los factores que deben ser tenidos en cuenta, y cómo garantizar que se respeten los derechos de todas las partes involucradas.
¿Cómo funcionan las servidumbres de paso?
Como su nombre indica, las servidumbres de paso sirven para pasar. Esto es, para acceder a una finca desde un camino público a través de otra (configuración habitual). También se pueden constituir en garajes, complejos inmobiliarios,… Se pueden dar múltiples configuraciones o necesidades.-
¿Puedo cerrar mi finca con una puerta si tiene una servidumbre de paso?
La respuesta en principio sería NO. Es cierto que existen Sentencias que reconocen el derecho del dueño del predio sirviente (por el que se pasa) a cerrar con un puerta, portón,…, en casos en los que sea necesaria garantizar la seguridad y privacidad de su propiedad, siempre que la servidumbre de paso no se vea afectada de una forma importante. Al ser una excepción hay que ver caso a caso.
¿Qué problemas pueden surgir al cerrar el acceso a mi finca?
Al cerrar la finca y el acceso a la servidumbre se está impidiendo el uso a la propiedad del predio dominante (el que se sirve de la servidumbre). Si esto ocurriera, el propietario del predio dominante debería acudir al Juzgado para que este restituye el uso de la servidumbre e impida al dueño del predio sirviente o al que haya cerrado el acceso a volver a hacerlo en un futuro.
Ejemplo de un conflicto entre vecinos por el cierre de una finca con servidumbre de paso
Ejemplos más comunes son (dependiendo de la configuración de la servidumbre):
- cierre con portón.-
- cierre con vallas.-
- cierre con bolardos.-
- cierre con cadenas.-
- cierre con jardineras.-
- con remolques.-
- con fardos de paja de gran tamaño.-
- con acopios de madera, carbón, arena…
Si se coloca una puerta impidiendo el paso, el predio sirviente, debe entregar una llave para poder acceder a la servidumbre al predio dominante??
El predio dominante está obligado a pagar parte de esa puerta??
He comprado un Local para Oficina mensajería y tiene Servidumbre de paso al cuarto máquina ascensor.Los vecinos me exigen entregue al revisor la llave de acceso al local para que mantenimiento entre a cualquier hora.Estoy obligado a entregar la llave? O solo estoy obligado a abrir la puerta cuando me lo pidan? Gracias