Retracto de una finca colindante: ¿quién tiene preferencia?

Retracto de una finca colindante

Retracto de una finca colindante: ¿qué tipo de plazo hay para salir al retracto de una finca colindante?, ¿cómo puede salir al retracto de una finca colindante un ganadero de explotación prioritaria?, ¿quién tiene preferencia el arrendatario o el comunero? Todo lo que necesitas saber sobre este tema lo explica hoy en nuestro blog Francisco Torrijos Garrido, abogado experto en Derecho de la contratación, Derecho de daños y Derechos reales.

¿Qué tipo de preferencia existe para salir al retracto de una finca colindante?

Para salir al retracto de colindantes pueden existir preferencias pero siempre que la persona que ha adquirido la finca sea un no colindante.

En este caso (venta a un no colindante) el derecho de retracto de colindantes, aún teniéndolo todos los colindantes, será preferente para la finca agrícola colindante cuyo resultado se aproxime más a la Unidad Mínima de Cultivo.

¿Qué tipo de plazo hay para salir al retracto de una finca colindante?

Como ya hemos señalado con anterioridad en otro artículo, existen dos plazos diferenciados:

  • El plazo general es de nueve días naturales.
  • En caso de que el colindante sea un agricultor titular de explotación prioritaria, y la finca que se pretende retraer tenga una superficie menor al doble de la unidad mínima de cultivo el plazo será de 60 días desde que se reciba la notificación fehaciente o de un año desde su inscripción en el Registro de la propiedad en los casos en los que no se produzca la notificación.

A pesar de que existen varias modalidades en cada uno de las formas de retracto podemos señalar que siempre prevalecerá el retracto de arrendatario de agricultor profesional, salvo que la finca que se vende y la colindante tengan ambas menos de una hectárea, este será el único caso en que tenga preferencia el retracto de colindantes.

Abogado Francisco Torrijos Garrido.
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¿Cómo puede salir al retracto de una finca colindante un ganadero de explotación prioritaria?

Al hablar de explotación prioritaria tanto debemos entender que sea agrícola como ganadera. De esta forma el ganadero podrá salir al retracto de igual forma que el agricultor y es ejerciendo su derecho dentro del plazo establecido. Hay dos posibilidades

Se plantean dos posibilidades:

  • Si el arrendador nos comunica que pretende vender la finca, diciéndonos las condiciones, deberemos contestar de forma fehaciente si estamos interesados en realizar la adquisición en las condiciones ofrecidas esa contestación deberá realizarse dentro del plazo de 60 días naturales.
  • Si no nos han comunicado nada, disponemos de un plazo de un año desde la inscripción de la venta en el Registro de la Propiedad para ejercitar una acción de retracto. Es importante tener en cuenta que se trata de un plazo de caducidad, por lo que no se interrumpirá el plazo aunque hagamos notificaciones al arrendador y el Juzgado competente para ejercitar la acción será el Juzgado del lugar donde radiqué la finca.

¿Puedo salir al retracto de una finca colindante si su extensión es inferior a una hectárea?

Si, dado que precisamente lo que exige el código civil con carácter general es que la finca que se pretende retraer (la colindante) tenga una superficie inferior a una hectárea.

¿Quién tiene preferencia para salir al retracto de una finca colindante, el arrendatario o el colindante?

A pesar de que existen varias modalidades en cada uno de las formas de retracto podemos señalar que siempre prevalecerá el retracto de arrendatario de agricultor profesional, salvo que la finca que se vende y la colindante tengan ambas menos de una hectárea, este será el único caso en que tenga preferencia el retracto de colindantes.

¿Quién tiene preferencia para salir al retracto de una finca colindante, el arrendatario o el comunero?

Para responder a esta pregunta habrá que atender a lo que señala la Ley 49/2003 de Arrendamientos Rústicos que señala que el arrendatario tendrá derecho de retracto en toda transmisión intervivos.

¿Quién tiene preferencia para salir al retracto de una finca colindante, el colindante o el comunero?

Igual que en el caso anterior, la normativa es clara, en este caso el artículo 1524 ,Código Civil que señala que el retracto de comuneros excluye el de colindantes.

¿Cómo puedo saber si mi colindante ha vendido su finca rústica para salir al retracto de una finca colindante?

Saber si se ha vendido una finca en muchos casos resulta sumamente difícil porque es habitual que el comprador se encargue de dificultar la obtención de información.

Las dos formas habituales de saberlo son la inscripción en el Registro de la Propiedad, y los actos de disposición sobre la propia finca.

Pero en el primero de los casos, como la inscripción no es obligatoria, el comprador muchas veces tarda en realizar la inscripción para dificultar el posible retracto.

En el segundo de los casos, los actos de disposición sobre una finca adquirida también nos pueden orientar, pero en esta caso es habitual que quien adquiere una finca que es susceptible de un retracto (sobre todo de colindantes) no haga uso de ella un tiempo para evitar que los colindantes tengan conocimiento de ello.

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1 comentario en “Retracto de una finca colindante: ¿quién tiene preferencia?”

  1. Gracias por tu artículo.
    1) que significa ser de explotación prioritaria en términos mas fáciles de entender? suele ser común serlo? y como puedes saber si lo son?
    2) mi segunda pregunta es si compras en una misma escritura dos fincas las cuales por separado son menores a una hectárea pero juntas supera la hectarea, el colindante tiene también derecho (de no ser explotación prioritaria) o al ser solo una escritura ya no?
    Gracias de Antemano

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