¿Cómo anular una denuncia por violencia familiar?

¿Cómo anular una denuncia por violencia familiar?

Anular denuncia por violencia familiar: ¿Se puede retirar? ¿Cómo puedo hacerlo? ¿Qué dice la última modificación de la dispensa del art. 416 Ley Enjuiciamiento Criminal? ¿Cuál es el plazo para poder anular una denuncia por violencia familiar, y cuáles son las consecuencias legales de anularla? José Antonio García Olmos, abogado especialista en Derecho de Familia, resuelve todas las dudas que surgen en esta situación.

¿Se puede retirar una denuncia por violencia familiar? 

Antes de contestar la pregunta, deseo definir la violencia familiar por toda aquella violencia (de género o doméstica) que se produce en el seno de una familia. La violencia de género es la que se produce del hombre contra la mujer, y la violencia doméstica es la que se produce de la mujer contra el hombre, de una madre o de un padre contra un hijo o una hija, o de un hermano contra otro. Las víctimas pueden ostentar o no la condición de menores de edad.

No es posible anular una denuncia por violencia familiar. En todo caso, lo que cabe es no personarse como acusación particular, ya sea testigo presencial o víctima de esa violencia familiar

José Antonio García Olmos, abogado especialista en Derecho de Familia.

Sentada esta base, la respuesta a la pregunta es: no, no se puede retirar una denuncia por violencia familiar. Aunque la experiencia demuestra que se intenta con mayor frecuencia de lo que se piensa. Bastantes víctimas de violencia familiar, por situaciones de temor al acusado o a su familia ante posibles represalias, presiones de familiares y/o amigos, a las pocas horas de haber dado, quizá, el paso más difícil, cambian de intención, y ya no desean continuar con la denuncia. Existe miedo a revivir nuevamente situaciones que quieren olvidarse, y cuando se dan cuenta que con la denuncia solo se ha iniciado el proceso, pero éste continúa en el Juzgado y la solución está lejana todavía, hay víctimas que abandonan.          

Por tal motivo, lo deseable es que la víctima se sienta arropada, y con la ayuda de los profesionales que intervienen (abogados, psicólogos, etc. Oficina de Asistencia a Víctimas, etc.) pueda superar ese momento delicado de abandono, y proseguir con el proceso ya en sede judicial.

¿Cómo puedo anular una denuncia por violencia familiar? Procedimiento para conseguirlo

Dicho lo anterior, tampoco se puede anular una denuncia por violencia familiar. Ahora bien, la víctima de la violencia familiar sí puede apartarse del procedimiento penal, con lo que se darán dos situaciones completamente distintas, dependiendo todo ello de, si del atestado se deriva que los hechos denunciados se han cometido, por ejemplo, en la intimidad del hogar, y no hay más prueba que el testimonio de la víctima de la violencia familiar (primer supuesto), o, por el contrario, además de ese testimonio de la víctima, existen otras pruebas (testigos, grabaciones de móvil, de cámaras en vía pública, o en locales privados, etc.) con las que el Fiscal pueda ejercer la acusación (segundo supuesto).

¿Cuándo se puede apartar la víctima del procedimiento penal?

En el momento de tomarle declaración, el Juez Instructor le informará que goza de la dispensa del art. 416 Ley Enjuiciamiento Criminal. Según este artículo, están dispensados de la obligación de declarar: Los parientes del procesado en líneas directa ascendente (padres) y descendente (hijos), su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil, así como los parientes a que se refiere el número 3 del artículo 261.

Si la víctima se acoge a su derecho a la dispensa, es decir, no declara, y no se muestra parte del proceso, y a su vez el investigado se acoge a su derecho a no declarar, si la única prueba que hay es el testimonio de la víctima, nos encontramos en el primer supuesto, y al no haberse ratificado la víctima en la acusación, no hay prueba incriminatoria de cargo contra el denunciado y ello provocará que se dicte un Auto de sobreseimiento provisional y archivo de la causa.

¿Qué ocurre en el segundo supuesto?

Si estamos ante el segundo supuesto (existen más pruebas que el testimonio de la víctima), y dichas pruebas se practican en la fase de instrucción, el Fiscal ejercerá la acusación pública, y en función del valor de esas pruebas, el investigado pasaría a ser imputado, y, en ese caso, se celebrará juicio oral.

Por lo tanto, a la pregunta de este apartado (¿cómo puedo anular una denuncia por violencia familiar?) la respuesta es contundente: no existe la posibilidad de anular una denuncia.

Como no puede anularse una denuncia, no hay procedimiento para llevarla a cabo. Sin embargo, desde el punto de vista dialéctico es posible que, una vez presentada la denuncia, podría acogerse la víctima a la dispensa para no declarar contra la persona acusada.

Contacta con un abogado

Puede que te contacte hoy mismo

Modificación de la dispensa del art. 416 Ley Enjuiciamiento Criminal

La Ley Orgánica 8/21 de 4 de junio de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia ha modificado el apartado 1 del art. 416 de la Ley Enjuiciamiento Criminal. Esta modificación ha sido trascendental, pues ha significado un cambio legislativo sustancial en la aplicación de la dispensa de los obligados a declarar en los casos de violencia de género, que hasta ese momento solo se había abordado mediante la jurisprudencia.

En más de una ocasión, he conocido casos de violencia de género donde, llegados al juicio oral, y cuando no había más prueba que el testimonio de la víctima -por ejemplo, esposa o compañera sentimental del supuesto agresor-, se le ofrecía a la víctima, personada como Acusación Particular, la posibilidad de acogerse a la dispensa a no declarar contra el imputado o imputada. En el caso de acogerse a dicha dispensa y no declarar, manifestando expresamente que se apartaba del procedimiento penal como acusación en el mismo acto del juicio, la sentencia era absolutoria para el imputado por falta de pruebas. Los motivos de la víctima para no declarar contra éste nunca los conocí con seguridad, aunque es fácil imaginarlos.

¿Cómo queda la dispensa en la actualidad?

En la actualidad esa práctica se ha prohibido, o se ha dificultado extraordinariamente, pues se pretende evitar los espacios de impunidad para los maltratadores, que pueden derivarse de las disposiciones legales vigentes en relación con el derecho de dispensa de la obligación de declarar, a través de las modificaciones legales oportunas (Documento refundido de medidas del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género, Congreso y Senado, de 13 de mayo de 2019).

Así, en los delitos de violencia de género la dispensa se dará cuando no se den estas circunstancias:  

  • Que el testigo (que puede ser la víctima) 
  • a) esté o haya estado personado en el procedimiento como acusación particular
  • b) haya aceptado declarar durante el procedimiento después de haber sido debidamente informado de su derecho a no hacerlo.

Es decir, cuando el testigo – víctima no se haya personado como acusación particular, y cuando, previa advertencia de acogerse a la dispensa, haya declarado ratificando la denuncia y/o ampliando los hechos que la motivan, ya no podrá acogerse al derecho a la dispensa.

Supuestos en el que el testigo no se puede acoger a la dispensa

El art. 416 establece otros supuestos, aplicables a la violencia familiar, en donde el testigo no puede acogerse al derecho a la dispensa de declarar contra el acusado. Estos son:

  1. El testigo que tiene atribuida la representación legal o guarda de hecho de la víctima menor de edad o con discapacidad necesitada de especial protección.
  2. Que el testigo de un delito grave sea mayor de edad y la víctima de ese delito sea una persona menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección.
  3. El testigo que por razón de su edad o discapacidad el testigo no pueda comprender el sentido de la dispensa. A tal efecto, el Juez oirá previamente a la persona afectada, pudiendo recabar el auxilio de peritos para resolver.

¿Qué dice la Ley Orgánica 8/2021?

 Es evidente que la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, “de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia” ha pretendido defender la posición de los menores de edad y de aquellos que tienen una discapacidad necesitada de especial protección, evitando que los testigos puedan acogerse a una dispensa que podría afectar a las víctimas menores de edad o incapacitadas.

En consecuencia, para no perder la víctima la posibilidad de acogerse a la dispensa de declarar contra su agresor, no debe personarse como acusación particular, y no debe declarar contra éste en fase de instrucción o en el acto del juicio oral.

¿Cuál es el plazo para poder anular una denuncia por violencia familiar, y cuáles son las consecuencias legales de anularla?

No es posible anular una denuncia por violencia familiar. En todo caso, lo que cabe es no personarse como acusación particular, ya sea testigo presencial o víctima de esa violencia familiar, si hay una relación de parentesco de las que recoge el art. 416 LECRIM, se puede acoger a la dispensa que contempla dicho precepto.

Consecuencias legales de anular una denuncia por violencia familiar

Las consecuencias de anular una denuncia de violencia familiar, serían las mismas que las de cualquier otro delito: no se tramitará la denuncia. Pero en el derecho penal no cabe disponer del objeto del mismo. Y si se ha presentado una denuncia, que es poner en conocimiento de las autoridades la “notitia criminis”, la posible comisión de un ilícito penal, si no se tramita no es porque la denuncia se pueda retirar por el denunciante, sino porque lo que se denuncia no constituye un ilícito penal, o, en el peor de los casos, se trata de una denuncia falsa que no responde a la realidad.

Llevada esta posibilidad a la denuncia de violencia familiar, entiendo que es muy grave denunciar, y luego pretender anularla (lo que hay que pensar que es sinónimo de dejarla sin efecto), pues eso haría pensar que no son ciertos unos hechos que afectan a una cuestión tan sensible como es la violencia dentro del propio entorno familiar.

Ha costado mucho llegar a donde se ha llegado en el ámbito de la violencia familiar, como para que las desavenencias que puedan surgir en el seno de la familia se lleven al ámbito penal cuando esas diferencias no traspasan la esfera penal, quedándose en la esfera civil.

¿Deseas contactar con un abogado experto en Violencia Doméstica?

Puede que te contacte hoy mismo

Quizá también te interese

  • Delito de malos tratos en el ámbito familiar
    Delito de malos tratos en el ámbito familiar: ¿Qué es un delito de malos tratos en el ámbito familiar? ¿Puede mi pareja denunciar un delito de malos tratos en el ámbito familiar sin más pruebas que su testimonio? ¿Qué hacer si me denuncian…
  • Maltrato psicológico en el ámbito familiar
    Maltrato psicológico en el ámbito familiar: ¿Qué actos se consideran como maltrato psicológico? ¿Bajo qué ley está penado el maltrato psicológico en el ámbito familiar? Efectos del maltrato psicológico en el ámbito familiar. ¿Cómo puedo interponer una denuncia por maltrato psicológico en el…
  • ¿Cómo anular una denuncia por violencia familiar?
    Anular denuncia por violencia familiar: ¿Se puede retirar? ¿Cómo puedo hacerlo? ¿Qué dice la última modificación de la dispensa del art. 416 Ley Enjuiciamiento Criminal? ¿Cuál es el plazo para poder anular una denuncia por violencia familiar, y cuáles son las consecuencias legales…
  • ¿Cómo defenderse de un quebrantamiento de condena en el ámbito familiar?
    ¿Cómo defenderse de un quebrantamiento de condena en el ámbito familiar? ¿Cuál es la pena por un quebrantamiento de condena? ¿Qué requisitos hay que cumplir para cometer un quebrantamiento de condena? ¿Sirve de algo el consentimiento o aquietamiento de la víctima ante el…

3 comentarios en “¿Cómo anular una denuncia por violencia familiar?”

  1. Quisiera ayuda , deseo retirar una denuncia por violencia intrafamiliar, debido a que me iré de la casa de la persona la cual acuse, quiero no continuar, que debo hacer

  2. tuve una discusion con mi esposo , el me golpeo en la cara y me dijo malas palabras , yo estaba muy alterada ,llame a la policia hanel sobre lo que habia pasado pero dijo cosas por rabia sobre mi esposo que no habia hecho , yo no lo denuncie pero quiero saber si puede cerrar ese incidente y que mi esposo no vaya a tener problemas por esa situacion

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *