¿Qué es la violencia vicaria?

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Violencia vicaria: ¿Qué es?, ¿cuándo se produce?, ¿cómo puedo prevenirla?, ¿es lo mismo que hablar de violencia machista?, ¿qué puedo hacer si soy víctima?, ¿cómo puedo demostrarlo? En caso de tener hijos, ¿podría suspender el régimen de visitas? Todos los detalles los explica la abogada experta en Derecho penal de familia, Susana Cuadra De La Roca, en el artículo de hoy.

Introducción: Violencia vicaria

Desde hace un tiempo, desafortunadamente, el concepto de violencia vicaria ha copado titulares de los medios de comunicación. No son pocos los casos de violencia vicaria que, en su máxima gravedad, han aparecido haciendo visible esta realidad. Realidad que, por otro lado, no es nueva.

A lo largo de la presente entrada, vamos a intentar entender en qué consiste esta violencia vicaria, si estamos ante una forma de violencia de género, y cómo poder enfrentarse a ella.

¿En qué consiste la violencia vicaria?

Cuando hablamos de violencia vicaria, nos referimos a un tipo de violencia ejercida sobre la mujer. Estamos hablando de una violencia indirecta. El agresor, en ningún caso se dirige directamente contra la mujer, sino que ejerce violencia sobre los seres más queridos de la mujer, principalmente sobre sus hijos.

En este tipo de violencia, el agresor persigue causar daño a quien ha sido su pareja generándole un dolor extremo y perpetuado en el tiempo. Así, ejerce cualquier tipo de actuación violenta en contra de los hijos en común. Y mediante el ejercicio de esa violencia busca, no sólo causar ese dolor, sino también ejercer un control extremo y absoluto sobre la madre a pesar de que se haya producido la separación de la pareja.

En estos supuestos, el padre sabe que ya no tiene ningún derecho que pueda ejercer sobre quien ha sido su pareja y madre de sus hijos. Pero sí es consciente de que hasta la mayoría de edad de sus hijos puede ejercer derechos sobre ellos. Y, por lo tanto, corrompe el ejercicio de esos derechos para no perder el vínculo con quien ha sido su pareja y ejercer ese control sobre ella infligiéndole igualmente un dolor extremo.

¿Cuándo se produce este tipo de violencia?

Al hablar de violencia vicaria, estamos hablando de ese tipo de violencia en el que el padre utiliza a sus hijos para ejercer control y causar dolor a la madre. En este tipo de violencia, y tal y como ya hemos dicho, el agresor no ejerce violencia directa contra la madre. La violencia vicaria se ejerce de forma indirecta hacia la madre, utilizando los hijos como instrumento para generar cualquier tipo de daño. Daño que puede ser tanto físico como psíquico.

La forma en que el agresor ejerce esta violencia vicaria comprende todo tipo de actos con los que poder ejercer control sobre la madre y causarle daño. En la violencia vicaria el padre utiliza la manipulación sobre sus hijos para conseguir que se pongan en contra de la madre, generando una brecha entre el vínculo existente entre madre e hijos consiguiendo que estos se separen de aquella.

Igualmente, esa manipulación de los hijos por parte de agresor puede llegar a desembocar en agresiones por parte de los hijos a la madre.

No debemos olvidar que esta violencia la ejerce el hombre sobre la mujer que ha sido su pareja con la que ha tenido hijos en común. Violencia que solo busca generar un daño a la mujer. Además de seguir ejerciendo su control sobre su mujer.

Susana Cuadra De La Roca, abogada especializada en Derecho penal de familia.

Del mismo modo, el padre puede optar por no devolver a los hijos tras un régimen de visitas al objeto de forzar un cambio en el sistema de custodia de los hijos tras el divorcio o separación. Buscando así que la custodia de los menores le sea atribuida a él en exclusiva privando a la madre de la misma.

Incluso evitar cualquier tipo de contacto entre la madre y sus hijos mientras los hijos están con su padre cumpliendo el régimen de visitas.

Y, en los casos más extremos, el agresor ejerce violencia directa sobre los hijos, causándoles lesiones, coaccionándoles a hacer determinadas actuaciones amenazándoles con hacer daño a su madre, y en los casos más graves, llegando a asesinar a los hijos.

¿Cómo puedo prevenir la violencia vicaria?

Para prevenir la violencia vicaria es necesario estar atento a determinados indicios en el comportamiento del agresor. Indicios que habitualmente aparecen en momentos de crisis de la pareja cuando la mujer plantea la posibilidad de romper la relación. Así como en el momento en que se produce la ruptura de la pareja.

Entre esos indicios están:

  • Considerar a los hijos como elemento de su propiedad exclusiva.
  • Manifestar que los hijos no son la mayor preocupación de su madre y que solo el agresor se preocupa por su bienestar.
  • Mostrarse como un padre ejemplar que lucha por sus hijos.
  • Dar la imagen de que su relación con sus hijos se ve obstaculizada por la actuación de la madre.
  • Amenazar a la madre con privarla de sus hijos. Son habituales las expresiones como ‘te voy a dar donde más te duele’.

A la vista de estos indicios, lo importante es buscar restablecer el vínculo existente entre madre e hijo ante la existencia de los primeros indicios. Buscando cualquier tipo de ayuda psicológica para ello. Esta atención psicológica, se recoge como un derecho para las víctimas en la normativa que regula las medidas de protección integral en los casos de violencia de género. No debemos olvidar que son consideradas víctimas tanto las madres como sus hijos.

Y en los casos más graves y de máxima urgencia, es necesario interponer una denuncia solicitando, en su caso, la correspondiente medida cautelar para evitar que exista cualquier contacto entre el agresor y sus hijos. Es necesario solicitar bien la suspensión del régimen de visitas o impedir que se establezca uno.

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¿Es lo mismo la violencia vicaria que la violencia machista?

Al hablar de violencia vicaria, estamos haciendo referencia a un tipo de violencia machista o violencia de género.

No debemos olvidar que esta violencia la ejerce el hombre sobre la mujer que ha sido su pareja con la que ha tenido hijos en común. Violencia que solo busca generar un daño a la mujer. Además de seguir ejerciendo su control sobre su mujer.

Queda claro, por lo tanto, tanto del concepto como del contenido de la violencia vicaria que es un tipo de violencia de género. A pesar de ello, en la ley que regula las medidas de protección integral a las víctimas, no se recoge dicho concepto, aunque sí que se hace referencia al contenido de esta violencia.

¿Qué puedo hacer si soy víctima de violencia vicaria?

Cuando la víctima de violencia vicaria observe los primeros indicios debe buscar, en un primero momento, la ayuda de profesional necesaria para impedir que el vínculo afectivo entre madre e hijos se rompa definitivamente.

Y en los casos más extremos, es necesario interponer la correspondiente denuncia ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Solicitando en dicha denuncia la adopción de las correspondientes medidas cautelares para impedir, o en su caso limitar, el contacto entre padre e hijos.

¿Cómo puedo demostrar que soy víctima de violencia vicaria?

Para demostrar que una mujer es víctima de violencia vicaria, disponemos de todos los medios de prueba que se reconocen legamente y que tengamos a nuestro alcance.

Así, la declaración de la víctima es la prueba más importante como en cualquier otro tipo de violencia de género. Y esta prueba se puede reforzar con cualquier otro tipo de prueba como la declaración de testigos que hayan podido presenciar determinados comportamientos, correos electrónicos o mensajes amenazantes, informes médicos…

Y en estos casos, resulta de gran importancia, el informe de psicólogos o psiquiatras que hayan podido atender a la víctima o a sus hijos.

¿Si soy víctima de este tipo de violencia puedo suspender el régimen de visitas?

Desde la última reforma legislativa, que entró en vigor el pasado mes de junio, el juez puede suspender el régimen de visitas existentes entre padre e hijos. Del mismo modo que, en caso de no existir dicho régimen de visitas, no procederá la interposición de régimen de visitas alguno.

Para poder suspender dicho régimen de visitas, o en su caso no adoptar ninguno, hemos de estar ante uno de estos dos supuestos:

  • Que el padre esté inmerso en un proceso penal por haber atentado contra la integridad de la madre o de los hijos.
  • O bien, que, a pesar de no existir ese proceso penal, en el proceso de familia se realicen alegaciones de las que se desprenda que efectivamente ha existido violencia.

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