Pena por denuncia falsa de violencia de género

Pena por denuncia falsa de violencia de género

Pena por denuncia falsa de violencia de género: ¿Qué es una denuncia falsa de violencia de género? ¿Qué hacer si sufres una denuncia falsa por violencia de género? ¿Cuáles son las consecuencias de poner una denuncia falsa de violencia de género? ¿Qué diferencia hay entre el delito de denuncia falsa y el de falso testimonio? ¿Cómo demostrar que una denuncia por violencia de género es falsa? ¿Es posible ir a la cárcel por una denuncia falsa de violencia de género? Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado experto en Delitos contra la Integridad Moral, Pablo Lucena Abril, te da la respuesta y ofrece su asistencia.

¿Qué es una denuncia falsa de violencia de género?

Una denuncia falsa es aquella en la que se imputa a otra persona unos hechos que tienen carácter delictivo y que en realidad nunca han ocurrido, a sabiendas de la falsedad de los hechos imputados, con la intención de perjudicar a esa persona. No se podría hablar de una denuncia falsa si los hechos que se denuncian no constituyen delito. La denuncia falsa es un delito que viene tipificado en el art. 456 de nuestro Código Penal.

En este delito, el bien jurídico protegido es doble. Por un lado, el correcto funcionamiento de la Administración de Justicia, y por otro, el honor de la persona denunciada que se ve injustamente vulnerado.

Para que se pueda iniciar un procedimiento por denuncia falsa, resulta imprescindible (pues es un requisito que exige el tipo penal), que previamente se haya producido el sobreseimiento del procedimiento que se inició como consecuencia de tal denuncia falsa, o bien que se haya dictado una sentencia absolutoria. Es decir, debe haber una resolución por parte del Juzgado que conoció en algún momento de esa denuncia, poniendo fin al procedimiento sin consecuencia para el denunciado.

¿Qué hacer si sufres una denuncia falsa por violencia de género?

Cuando se produce una denuncia falsa, un elemento imprescindible de procedibilidad, es decir, para poder iniciar un proceso contra quien ha interpuesto una denuncia falsa, es que ese procedimiento aperturado haya sido sobreseído o bien haya finalizado con una sentencia absolutoria, de modo que mientras que el inicial procedimiento se encuentre en curso, no será posible denunciar por una denuncia falsa.

Por ello, desde el primer momento en el que se produce una denuncia falsa por violencia de género es imprescindible contar con el adecuado asesoramiento legal, negar los hechos ante la autoridad judicial y explicar tu versión de lo ocurrido, dado todos los detalles necesarios para que el Juzgado pueda comprender que se trata de una denuncia falsa, ofreciendo los testigos, grabaciones o cualquier otra prueba admisible que lo justifique.

Demostrar que estamos ante una denuncia falsa en materia de violencia de género no suele ser una tarea sencilla, precisamente porque el ámbito propio de ocurrencia de este tipo de delitos es el de la más absoluta intimidad domiciliaria, de modo que acreditar que algo no ha ocurrido (lo cual resulta imprescindible para que la denuncia pueda reputarse como falsa) suele ser una tarea muy complicada que sólo es posible si se cuenta con grabaciones o testigos que puedan desacreditar la versión de la denunciante.

Así, cuando estamos ante una situación de ruptura de la pareja y existen las sospechas, aunque sean mínimas, de que se puede plantear una falsa denuncia de violencia de género resulta perentorio contactar con un profesional que pueda asesorarte sobre cómo actuar y qué cautelas adoptar para poder acreditar que,  en caso de producirse, nos encontramos ante una falsa denuncia. 

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Consecuencias de poner una denuncia falsa de violencia de género

Las consecuencias de poner una denuncia falsa, en materia de violencia de género o en cualquier otro contexto, es que una vez que se archive este procedimiento, se puede iniciar uno, ya sea instado de oficio por parte del Juzgado que ha conocido de esa denuncia, o bien como consecuencia de una denuncia expresa que haya interpuesto la persona afectada por la denuncia falsa.

Ese nuevo procedimiento que será conocido por el Juzgado de Instrucción que corresponda, puede finalizar, si se considera acreditado que la denuncia en cuestión fue falsa, con la imposición de penas de cárcel, en concreto, si lo que se imputa a la otra persona es un delito grave. Si por el contrario se imputa a otra persona un delito menos grave o leve, tal conducta estaría castigada exclusivamente con pena de multa

En el ámbito de la violencia de género, lo más normal sería que una eventual denuncia falsa versase sobre delitos menos graves o leves.

¿Qué diferencia hay entre el delito de denuncia falsa y el de falso testimonio? 

Lo normal es que cuando se produce una denuncia falsa, la misma sea ratificada por el denunciante ante la autoridad judicial, momento a partir del cual ya no estaríamos ante un delito de denuncia falsa, sino ante un delito de falso testimonio. El delito de falso testimonio, implica, frente a su “hermano” el delito de denuncia falsa, la imputación de unos hechos delictivos a una persona en sede judicial, es decir, no es sólo poner en conocimiento de la Policía unos hechos, sino, en causa criminal, imputar judicialmente a una persona unos hechos concretos.

El denunciante comparecerá ante el Juzgado para ratificar su denuncia y ser interrogado acerca de los hechos denunciados. Tal interrogatorio, que se produce en la condición de testigo/perjudicado, se iniciará con la advertencia del Juez de que debe decir verdad, pudiendo incurrir en un delito de falso testimonio para el caso de no hacerlo. 

Por ello, frente a la inicial denuncia falsa, la imputación judicial de unos hechos no ciertos tiene una gravedad adicional, de modo que cuando la inicial denuncia falsa sea ratificada judicialmente, nos encontramos con un delito de falso testimonio que por contener unas pena más graves que el de denuncia falsa, se entiende que absorbe al primero, sancionando exclusivamente el delito de falso testimonio. Se lo conoce como un supuesto de progresión delictiva, pasando de unos hechos inicialmente menos graves a una conducta posterior de mayor gravedad que absorbe a la primera.

Este delito de falso testimonio está castigado siempre que se produzca al hilo de un proceso penal, imputando al investigado hechos que no sean ciertos y que resulten delictivos, con pena de cárcel, en concreto, la pena de prisión iría de 1  a 3 años y además se impondría también una pena de multa.

¿Cómo demostrar que una denuncia por violencia de género es falsa?

La prueba de que una denuncia por Violencia de Género es falsa, resulta sumamente difícil. Tanto es así que el número de condenas por denuncia falsa, según datos de la Fiscalía General del Estado, desde el año 2009 no ha pasado ningún año de 20, mientras que las denuncias presentadas todos los años superan ampliamente las 100.000.  Para poder acreditar que una denuncia es falsa, se debe probar judicialmente que algo (lo que se ha denunciado) no ha ocurrido. Esto revierte tanta dificultad que en Derecho se conoce con un concepto especialmente gráfico, se le denomina “prueba diabólica”. 

La manera de poder probar que una denuncia por Violencia de Género es falsa, al tratarse de delitos que se comenten en la inmensa mayoría de los casos en la más absoluta intimidad domiciliaria, alejada de las mirada de terceros, es contar con grabaciones de cuanto ha ocurrido, o bien poder acreditar que la persona denunciada no se encontraba en el lugar donde la denunciante afirma que ocurrieron los hechos en ese momento.

Por ello, ante la mínima sospecha de que pueda existir o recurrirse a este tipo de denuncias falsas orientadas a obtener réditos en los procedimientos civiles, principalmente la anulación de una posible guarda y custodia compartida, y a partir de ahí la obtención de las distintas medidas civiles que lleva aparejada (uso del domicilio familiar, pensión de alimentos…).

¿Es posible ir a la cárcel por una denuncia falsa de violencia de género?

La cárcel no es una de las penas previstas por el delito de denuncia falsa. Como tal, el Código Penal, prevé la pena de multa. Sin embargo, si nos encontrásemos no sólo con la denuncia falsa, sino con la posterior imputación de esos mismos hechos en sede judicial, estaríamos ante un delito de falso testimonio, para el cual ya sí que se prevé la pena de prisión.

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3 comentarios en “Pena por denuncia falsa de violencia de género”

  1. Personalmente me encuentro en el tramo de estar denunciado por Violencia de genero.Anteriormente presente demanda de separacion.Mi causa es de indignación de como esta señora por decirlo educadamente,me denunció falsamente de unos hechos que nunca se producieron.Sin pruebas no nada de nada,tan sólo con su falso testimonio.No tuvo bastante que encima manipula a la hija en comun,para dar peso a su testimonio de malos tratos spicologicos.Estoy en una impotencia total.Como se puede consentir esto.Fuera del domicilio con lo puesto y buscate la vida.

  2. Como puede haber tanta hipocresía en el asunto de violencia de genero.Miles de denuncias falsas después de presentar demanda de separacion.Tenemos una herramienta llamada veripol,por que no se utiliza en estas señoras,despechadas,mentirosas.Encima tienes que pasar que el derecho de inocencia se lo pasan por el forro.Detenido y encerrado.Esto es inaceptable,se incumplen todos tus derechos.Estas señoras,si que tendrían que tener prisión por todo lo que relatan falsamente.Cuando se va acabar toda esta falsa.Quien lo haga que lo pague,pero que tenga la oportunidad de demostrar la verdad.

    1. Así es. Esto es demasiado lamentable. Es una VERDADERA PANDEMIA de grandes dimensiones. El hecho que el Padre y la Madre se separen NO es causal per se para que por medio de las inmundas crueles FALSAS DENUNCIAS las autoridades acolitadoras de esas psicopatas destruyan la UNIDAD FAMILIAR y el AMOR PATERNO FILIAL entre los Hijos con sus Padres.

      Parece que esto está ocurriendo mucho en Occidente, sobre todo en ESPAÑA -LATINOAMERICA y EEUU.

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