Defenderse de una denuncia de violencia de género sin pruebas

denuncia de violencia de género sin pruebas

Delito de denuncia falsa y sus consecuencias: ¿Qué pasa si soy denunciado por violencia de género sin pruebas? ¿Cómo puedo defenderme de una denuncia de violencia de género sin pruebas? ¿Cuál es la multa a la persona que me ha denunciado sin pruebas? Estas son algunas de las preguntas más buscadas en internet durante el último mes. Por ello, le hemos pedido al experto en Delitos contra la Salud Pública y la Integridad Física, Francisco José Bernal Diaz, que les dé respuesta.

Delito de denuncia falsa y sus consecuencias

El delito de denuncia falsa se comete cuando, ante la autoridad judicial o la policía, se acusa a alguien de haber cometido un delito sabiendo que no es así, o sin haber observado la mínima actuación en comprobar si esa persona ha cometido o no un delito. 

La diferencia con la simulación de delito es que, en este caso, se denuncian unos hechos delictivos sin que se imputen a nadie en concreto mientras que en la denuncia falsa se imputan los delitos a alguna o algunas personas.

La consecuencia de cometer un delito por denuncia falsa es que se incurre en un delito contra la administración de Justicia que es castigado con pena de multa o incluso prisión, atendiendo a la gravedad del delito falsamente denunciado.

Si no hay más pruebas directas y la declaración de la denunciante se puede desacreditar al no cumplir estos parámetros, solo cabe el dictado de sentencia absolutoria.

Francisco José Bernal Diaz, abogado especialista en Delitos contra la Salud Pública y la Integridad Física.

¿Qué pasa si soy denunciado por violencia de género sin pruebas?

En este caso han de distinguirse dos cosas que parecen lo mismo pero no lo son. Una cosa es que se denuncie a alguien por unos hechos y no se pueda probar que esa persona cometió dicho delito y otra muy distinta es que se denuncie a alguien sabiendo a ciencia cierta que no ha cometido el delito que se ha denunciado.

En el primer caso, la consecuencia será o un Auto de archivo del procedimiento penal o una sentencia absolutoria mientras que en el segundo el denunciante incurre en un delito de denuncia falsa.

Por tanto, que no haya pruebas de la comisión de un delito por violencia de género no supone la existencia de una denuncia falsa.

Para apreciar la existencia de una denuncia falsa debe probarse que quien denunció lo hizo sabiendo que, a quien denunciaba no había cometido delito alguno, prueba que es complicada en la mayoría de los casos.

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¿Cómo puedo defenderme de una denuncia de violencia de género sin pruebas?

Cuando no hay pruebas contra una persona denunciada por violencia de género, la defensa es muy sencilla porque, si no hay pruebas, nadie puede ser condenado.

Ahora bien, debe saberse que, en ocasiones, la simple declaración de la denunciante puede ser suficiente como prueba para condenar por un delito de violencia de género.

Para ello, dicho testimonio debe cumplir una serie de parámetros en mayor o menor medida y que son:

  1. Ausencia de incredibilidad subjetiva: Significa que quien denuncia no tenga motivos de enemistad, venganza o resentimiento para denunciar.
  2. Verosimilitud del testimonio: Significa que, si bien no hay pruebas directas de lo que se denuncia, sí hay corroboraciones periféricas: Partes médicos, declaraciones de Policías que intervinieran al poco tiempo, testigos de referencia.
  3. Persistencia en la incriminación: Significa que las declaraciones efectuadas por la denunciante al interponer la denuncia, al ratificarla en el Juzgado y en el acto de la vista son coincidentes, con detalles y sin contradicciones.

Por tanto, si no hay más pruebas directas y la declaración de la denunciante se puede desacreditar al no cumplir estos parámetros, solo cabe el dictado de sentencia absolutoria.

¿Cuál es la multa a la persona que me ha denunciado sin pruebas?

Si una persona es condenada por denuncia falsa en el ámbito de la violencia de género, se le impondrán las siguientes penas:

  1. Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave (Delito castigado con pena de prisión de más de cinco años)
  2. Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave (Delito castigado con pena de tres meses de prisión hasta cinco años)
  3. Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve (Delito castigado con pena de hasta tres meses de multa o prohibición de aproximación o treinta días de trabajos en beneficio de la comunidad)

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