¿Se puede ir a la cárcel por pegar a alguien en España?

¿se puede ir a la carcel por pegar a alguien?

 La agresión física es un acto que puede tener graves implicaciones legales. En este artículo, profundizaremos en las leyes y normativas que rigen este tipo de comportamiento, y te explicaremos cuándo una agresión puede resultar en consecuencias penales, incluyendo la posibilidad de enfrentar la cárcel.

¿Cuáles son las consecuencias legales de agredir a alguien?

El hecho de agredir a alguien, salvo algunos supuestos en los que haya una legítima defensa, por miedo insuperable, por ejemplo, implica que se comete un delito de lesiones. Las consecuencias legales inmediatas de un hecho como el de pegar a una persona son de carácter penal, como es la posible imposición de una pena (una multa o una pena de prisión), y de carácter civil como es la indemnización a la víctima. Ambas cosas son distintas, no debemos confundir una pena de multa con una indemnización. Si bien ambas cosas consisten en pagar una cantidad de dinero, si se trata de una multa es una pena que se cumple, y cuyo destinatario es el tesoro público, el Estado. Por el contrario, la responsabilidad civil se paga a la víctima para reparar el daño causado.

¿Se considera un delito el golpear a alguien?

Sí. Por lo general, y habiendo intención de pegar o golpear a una persona, (en definitiva, agredirle), se considera delito conforme al código penal. Ahora bien, se trata de un delito que puede ir de un hecho de poca importancia, como puede ser dar un empujón a una persona sin causarle lesión (lo que se llama maltrato de obra), o tener consecuencias gravísimas como puede ser privar a alguien de un sentido o de un miembro, o incluso causar una lesión psíquica irreversible. El abanico de posibilidades es amplísimo, y nuestro código penal lo gradúa en función del resultado, es decir, de las lesiones causadas.

¿Se puede ir a la cárcel por pegar a alguien?

Claro que se puede ir a la cárcel por pegar a alguien. De hecho, no es infrecuente.

Ahora bien, también es verdad que no es lo más habitual. Más adelante veremos cuáles son las penas que nos pueden imponer por cometer un delito de lesiones, pero podemos decir por regla general que las penas inferiores a dos años no se cumplen, siempre que se den dos circunstancias como son que se haya pagado la responsabilidad civil (la indemnización) y que sea el primer delito cometido.

Hay muchos supuestos para poder suspender la ejecución de una pena incluso de hasta cinco años, pero esta cuestión excede del objeto de este artículo, ya que se trata de una cuestión bastante compleja, en la que el juez que va a ejecutar la pena tiene bastante margen de discrecionalidad.

Como apunte me gustaría señalar que incluso se puede acabar con una pena privativa de libertad, como puede ser la localización permanente, incluso si nos ponen una pena de multa y no la pagamos.

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¿Cuál es la pena o multa por cometer un delito de lesiones?

Como decía, el espectro de las lesiones, en función de su gravedad, es muy amplio.

El primer criterio a la hora de determinar la naturaleza jurídica de las lesiones consiste en la existencia o no de un tratamiento médico o quirúrgico más allá de la primera asistencia. Es decir, una vez que se recibe una primera atención médica por las lesiones, si no se requiere un tratamiento médico adicional, tendríamos un delito leve (lo que antes del año 2015 eran las faltas).

En este caso, en el que nos encontramos ante un delito leve, la pena que nos podrían imponer es la de multa de uno a tres meses, siendo de uno a dos meses el simple maltrato de obra que no causa lesión.

En otro caso, el tipo básico tiene una pena de prisión de tres meses a tres años o multa de seis a doce meses.

A partir de aquí, tenemos otros supuestos con penas más graves, como serían:

–         Lesiones agravadas por la modalidad de ejecución, castigadas con pena de dos a cinco años si se utilizan armas o instrumentos peligrosos, con ensañamiento o alevosía, si la víctima es menor de 14 años o persona discapacitada necesitada de especial protección, si la víctima es o hubiera sido esposa o pareja del agresor, o si la víctima fuera una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor.

–         Lesiones agravadas por la entidad del resultado, en cuyo caso se castiga con la pena de prisión de seis a doce años si hay pérdida o inutilidad de un órgano o miembro principal, un sentido, deformidad grave o grave enfermedad psíquica.

–         Lesiones con resultado menos grave, como la pérdida o inutilidad de un órgano o miembro no principal o la deformidad que no sea grave, castigada con pena de prisión de tres a seis años.

Estas lesiones también tienen unos tipos delictivos castigados con menos pena en el caso de que se cometan de forma imprudente.

Como decía, el delito de lesiones admite muchas modalidades de comisión, y entrar en detalle en todas ellas excede con mucho el ámbito de esta publicación. No quería dejar de señalar que cuando hay una pluralidad de víctimas, o el hecho revistiere notoria gravedad, se puede aumentar la pena. También hay especialidades en materia de violencia en el ámbito familiar y de género, o con la utilización de vehículos de motor.

¿Hay que pagar indemnización a la persona agredida?

Por regla general, el autor de un delito debe resarcir a la víctima de los daños que haya podido causar.  Pensemos no solamente en el delito de lesiones que nos ocupa, sino en otros como el robo, los daños, las estafas, etc.

Si la sentencia que se dicta en un procedimiento seguido por lesiones es condenatoria, fija una cantidad de dinero a pagar por el autor del delito a la víctima en concepto indemnización. La responsabilidad civil comprenderá diversos capítulos, como por ejemplo:

–         Días de curación, ya sean impeditivos para realizar la víctima sus tareas habituales, o no impeditivos, o incluso de hospitalización.

–         Gastos médicos o relacionados con la lesión sufrida.

–         Secuelas (por ejemplo, una cicatriz, una cojera, pérdida de visión…)

–         Daño moral.

Cada caso debe analizarse por un profesional que defienda nuestros intereses, y que pueda auxiliarse en su caso de peritos médicos que le ayuden a la hora de plantear una estrategia y ejercer una acusación.

¿Se puede rebajar la pena de prisión del delito de lesiones?

Sí se puede, entendiendo esta pregunta como la posibilidad de que alguien le condenen por una pena inferior a la establecida en el código penal para el delito de lesiones considerado en abstracto.

La manera sería con la consideración de alguna atenuante o eximente que pueda concurrir en el autor del delito de lesiones. Por ejemplo, el arrebato o la obcecación, la confesión de los hechos (lo que comúnmente se conoce como entregarse en la comisaría y reconoce los hechos antes de saber que se ha sido denunciado), el retraso en la tramitación del procedimiento en el juzgado, estar bajo la influencia de las pruebas o con, tener alteraciones de la conciencia de la realidad, o alguna anomalía o alteración psíquica que no permita comprender la ilicitud del hecho por parte del autor.

Mención aparte merece la atenuante de reparación del daño, que juega un papel muy importante en la práctica a la hora no sólo de reducir la pena, sino de conseguir no tener que entrar en la cárcel para cumplir una pena por agredir o pegar a alguien. Básicamente consiste en indemnizar a la víctima por los perjuicios sufridos antes de que se celebre el juicio.

Ejemplos de casos de ir a la cárcel por pegar a alguien

De la lectura de este artículo puede deducirse que la casuística es muy grande. Además, puesto que en cada caso puede haber alguna o algunas atenuantes, o incluso agravantes, la cosa se complica más. Sí daremos algunos ejemplos de casos en los que, por regla general, puede una persona acabar en la cárcel por pegar a otro:

–         cuando se utilizan armas instrumentos peligrosos (palos, botellas);

–         cuando se es reincidente (cuando ya se ha cometido anteriormente otro delito de lesiones, si no han transcurrido ciertos plazos que establece la ley);

–         cuando la víctima es menor de catorce años;

–         cuando consecuencia de las lesiones la víctima sufre una grave deformidad, o pierde un sentido (el oído, la vista), o acaba teniendo importantes secuelas psicológicas.

De todas formas, para cualquier duda de un caso en concreto, lo mejor es acudir a un abogado penalista que nos defienda en el caso de que se nos acuse de pegar a alguien, y así tratar de ser absuelto o evitar ir a la cárcel.

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