Hurto-Robo

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El hurto y el robo son delitos de apoderamiento, esto es, de coger algo de propiedad ajena y apoderarnos de ella. Ambos delitos se conocen comúnmente se conoce como “robar” pero el hurto se diferencia del robo en el modo que sucede: El “robo al descuido” es en realidad el hurto.

¿Qué diferencia hay?

La diferencia del valor de los 400 euros es lo que diferencia el “delito leve” del “delito”. Tanto robar como hurtar algo de menor valor de 400 euros es un delito leve. Antes de 2015 los 400 euros en estos casos diferenciaban los delitos de las faltas. Las faltas ya no existen, todo es delito, más o menos grave. Esto tiene como consecuencia que siempre antecedentes penales. 

Existen atenuantes y agravantes dependiendo de las circunstancias en las que se llevase a cabo el robo. Las agravantes y atenuantes aplican a todo tipo de delitos. 

¿Cuáles son las atenuantes?

  • cometer un delito debido a su adicción a las drogas. 
  • cometer el delito por una enajenación mental o arrebato, que en circunstancias normales, esa persona jamás haría.
  • confesar el delito. 
  • reparar el daño que se haya causado, normalmente pagando una indemnización o devolviendo lo robado en perfecto estado.

¿Cuáles son las agravantes?

  • Cometer el delito con alevosía. Esto significa que se actúa de forma calculada para asegurar el éxito del delito.
  • Usar disfraces, engañar, abusar de la superioridad física o del grupo frente a una sola víctima…también es una agravante esperar al momento del día en que la víctima esté más desprotegida.
  • Cobrar para cometer el delito, por ejemplo, sicarios.
  • Hacer sufrir a propósito a la víctima sin que sea necesario para cometer el delito. Por ejemplo, golpear y amenazar a alguien después de haberle robado el dinero.
  • Aprovecharse de la confianza de la víctima
  • Ser reincidente.

Puedes buscar a abogados especialistas en la defensa o acusación por robo buscando “delitos de apoderamiento”.