Si pongo el coche a nombre de otra persona, ¿me lo pueden embargar?

coche a nombre de otra persona

¿Cómo puedo poner el coche a nombre de otra persona sin cometer alzamiento de bienes?, ¿necesito el consentimiento de la otra persona para poner el coche a su nombre? Todas las dudas relacionadas a esta temática las resuelve hoy en nuestro blog el despacho especializado en Delitos de defraudaciones Vox Legis.

Introducción

El embargo es una anotación preventiva declarada normalmente por un juez u organismo competente y cuya finalidad consiste en la retención de unos bienes como garantía de pago de las deudas contraídas por la persona embargada.

El endeudamiento es actualmente un problema dentro de nuestra sociedad debido en buena parte, a la situación de crisis que actualmente se está viviendo, lo que conlleva que en muchas ocasiones los deudores pongan a nombre de otras personas, generalmente un familiar, sus bienes. Se intenta así, evitar una pérdida patrimonial.

Sin embargo, como expondremos detalladamente, entendemos que no resulta aconsejable el cambio de titularidad de forma fraudulenta para evitar la pérdida de un bien mueble.

Si pongo el coche a nombre de otra persona para evitar un embargo, ¿cometo un delito?

El artículo 257 del Código Penal establece que cometerá un delito de frustración en la ejecución, o anteriormente denominado alzamiento de bienes, el que comenta alguna de las siguientes acciones:

  • El que se alce con sus bienes en perjuicio de sus acreedores.
  • Quien con el mismo fin realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo o de un procedimiento ejecutivo o de apremio, judicial, extrajudicial o administrativo, iniciado o de previsible iniciación.
  • Quien realizare actos de disposición, contrajere obligaciones que disminuyan su patrimonio u oculte por cualquier medio elementos de su patrimonio sobre los que la ejecución podría hacerse efectiva, con la finalidad de eludir el pago de responsabilidades civiles derivadas de un delito que hubiere cometido o del que debiera responder.

Por lo tanto, el cambio de titularidad de un coche para evitar un embargo supondría la comisión del delito de alzamiento de bienes / frustración de la ejecución, pues la pretensión final sería evitar el resarcimiento de una deuda previamente contraída.

Si pongo el coche a nombre de mi hijo para que no me lo embarguen, ¿es delito?

El Código Penal no excluye de la tipificación del delito de alzamiento de bienes la realización del hecho a favor de ciertos destinatarios por su grado de parentesco, dicho de otro modo la conducta está penada de forma independiente a cuál sea el grado de parentesco del titular aparente.

A mayor abundamiento y a modo de ejemplo, el Juzgado de lo Penal número 3 de Córdoba condenó a un hombre por transmitir la titularidad de su vehículo a su hijo con la finalidad de evitar atender al cobro una sanción y al embargo de su vehículo.

¿Cómo puedo poner el coche a nombre de otra persona sin cometer alzamiento de bienes?

No se producirá la comisión del delito cuando el deudor demuestre que con otros bienes que él posea puede hacer frente a las deudas contraídas.

A pesar de haber llevado a cabo acciones para eliminar parte de sus bienes con lo que los acreedores contaban para el cobro del crédito, siempre que existan otros que puedan usarse para tal fin en cantidad suficiente, no podría considerarse que se haya cometido delito.

No puede darse la comisión del delito si existen bienes en situación de ser usados de valor suficiente que puedan hacer frente a las responsabilidades contraídas con terceros, ya que no existiría realmente una intención de causar un perjuicio.

A mayor abundamiento, el Tribunal Supremo ha interpretado la expresión “en perjuicio de los acreedores” entendiendo como tal que:

Lo relevante es la verdadera intencionalidad del deudor al realizar las acciones o actividades frente a su patrimonio. Que esa intención pretenda salvar bienes, o incluso todo el patrimonio. Tanto si la actividad sirva para beneficiarse en nombre propio o sea un tercero el beneficiado de sus actividades. Haciendo al tiempo imposible la acción de los acreedores para el cobro ejecutivo de las deudas existentes”.

Vox Legis Abogados, expertos en Delitos De Defraudaciones.
CONTACTO

Contacta con el despacho

¿Necesito el consentimiento de la otra persona para poner el coche a su nombre?

Para poner un vehículo a nombre de otra persona es necesario, entre otras cosas, que la solicitud del cambio de titularidad del coche esté firmada tanto por el titular originario del vehículo como por el futuro titular.

Si existiese un documento con los datos personales y la firma presunta de una persona que no haya dado su consentimiento para asumir la titularidad de un vehículo, nos encontraríamos ante una suplantación de la personalidad y una falsificación de su firma.

Por lo expuesto, es necesario el consentimiento de quien va a ser el futuro titular del vehículo. Cuando el futuro titular del vehículo sea menor de edad, el consentimiento le corresponderá a su tutor legal.

¿Qué pasa si pongo el coche a nombre de otra persona sin su consentimiento?

En caso de que se hice constar la titularidad de un vehículo a nombre de otra persona sin su consentimiento, se estaría incurriendo un delito de usurpación del estado civil, tipificado en el artículo 401 del Código Pena, el cual dispone que “el que usurpare el estado civil de otro será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años”.

Es decir, la usurpación del estado civil, también denominado robo de identidad o usurpación de la identidad consiste en la acción de una persona de apropiarse de la identidad de otra, haciéndose pasar por ella para acceder a recursos, beneficios o para actuar en el tráfico jurídico simulando ser la persona suplantada.

Asimismo, como hemos expuesto anteriormente, para realizar la tramitación del cambio de la titularidad de un vehículo es necesario que el supuesto nuevo propietario del mismo firme la documentación.

Por ende, en caso de realizar estos trámites sin su consentimiento, estaría cometiendo un delito de falsificación documental tipificada en el artículo 392 del Código penal el cual expone que:

“El particular que cometiere en documento público, oficial o mercantil, alguna de las falsedades descritas en los tres primeros números del apartado 1 del artículo 390, será castigado con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses”. Esta falsedad documental encajaría en el supuesto recogido en el artículo 390.1 3º cuyo tenor literal es el siguiente “suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho”.

¿Puedo evitar pagar las multas de tráfico si pongo el coche a nombre de otra persona?

Debido a que la titularidad del coche está a nombre de otra persona, las multas, salvo las que sean impuestas por una agente de la autoridad mediante la identificación del conductor, así como los impuestos derivados de la tenencia del vehículo, serán recibidas por quien tenga la titularidad de dicho vehículo y no quien disponga únicamente de su uso y disfrute.

Reiteramos no obstante, que no resulta aconsejable poner el coche a nombre de otra persona para evitar hacer frente a la responsabilidad por cualquier infracción, ya sea el pago de la multa u otra de otra naturaleza ya que se estaría incurriendo un ilícito aún mayor.

¿Quieres contactar con el Despacho Vox Legis? Solicitar llamada.

Descubre todos los artículos del Despacho, aquí

Quizá también te interese:

¿Qué debo hacer si me han ingresado dinero en la cuenta por error?

Phishing: ¿qué es y cómo evitarlo?

¿Cómo puedo saber si soy víctima de una estafa piramidal?

Información relacionada: aquí.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *