¿Cómo denunciar por amenazas?

Cómo denunciar por amenazas

Si has sido víctima de amenazas, es importante saber cómo denunciar esta situación y buscar la protección y el respaldo legales adecuados. En este artículo, te proporcionaremos información clave sobre cómo denunciar por amenazas y los pasos a seguir para garantizar tu seguridad y obtener el apoyo necesario.

¿Qué requisitos tiene que cumplir la amenaza para considerarla como delito?

Para considerar una amenaza como delito, es necesario que se cumplan tres requisitos:

En primer lugar, que alguien nos anuncie que se nos va a causar un mal futuro. La amenaza ha de tener cierta entidad, siendo necesario que genere un mínimo temor en la persona amenazada, debe causarle una preocupación real alterando su estado de ánimo.

En segundo lugar, la amenaza ha de ser firme, seria y creíble. No se considerarán amenazas las expresiones vagas, hipotéticas o que difícilmente se pueden cumplir. La amenaza se trata además de un delito circunstancial, en la que, para valorar la realidad de esta, se tiene que tener en cuenta la forma en la que se hace, la persona que lo dice, sus circunstancias y los hechos anteriores y posteriores a la amenaza.  

En tercer lugar, la amenaza no debe estar amparada en derecho. Así no se puede considerar una amenaza los supuestos en los que nos reclaman una deuda bajo el apercibimiento de que si no pagamos nos van a demandar, o de que si causamos daños intencionadamente nos van a denunciar.

Para que se consume la amenaza, la misma ha de ser exteriorizada, ya sea de forma verbal, escrita o a través de medios electrónicos, y la amenaza ha de llegar a la persona amenazada. Si la persona amenazada no tuviera conocimiento de las amenazas no habría delito.

Tipos de amenazas que son delito

Existen diferentes tipos de amenazas que pueden considerarse delito, así tenemos, entre otras:

  1. Amenazas de muerte: Nos anuncian que se va a causar la muerte a una persona, pudiendo ser el amenazado o un familiar o persona cercana.
  2. Amenazas de violencia física: Esto incluye amenazas de agresión, golpes, ataques o cualquier forma de violencia física.
  3. Amenazas de daño a la propiedad: Las amenazas de dañar o destruir la propiedad de alguien, como incendiar una casa o dañar un vehículo, también pueden ser consideradas delito.
  4. Amenazas de violencia sexual: Las amenazas de agresión sexual o cualquier acto de violencia sexual contra alguien.
  5. Amenazas de difamación: Se amenaza con hacer declaraciones falsas que dañen la reputación de alguien.

¿Cómo se hace la denuncia?

La denuncia se puede hacer de forma oral o escrita ante la policía o directamente en el Juzgado. Para interponer una denuncia adecuadamente es necesario tener en cuenta lo siguiente:

  1. Hay que ser claro y preciso en el relato. Tenemos que contar los hechos de principio a fin, como si estuviéramos contando una película. Para ello es bueno, antes de ir a presentar la denuncia, preparar lo que se va a decir. Nos puede resultar muy útil hacer para nosotros un relato por escrito de los hechos ocurridos. Esto nos servirá para ordenar la información que vamos a dar, y para conservar recuerdos que podamos olvidar en el futuro.
  2. Hay que proporcionar detalles. Al interponer la denuncia hay que contar tantos detalles como sea posible sobre las amenazas que has recibido. Hay que manifestar quién os ha amenazado y cuáles fueron las palabras textuales que dijeron. Hay que describir las circunstancias en las que se realizaron las amenazas. En la mayoría de los casos, son las circunstancias las que sirven para calificar los hechos como un delito leve de amenazas o como un delito grave.
  3. Aporta las pruebas que tengas. Desde el primer momento, si tienes alguna prueba como mensajes de texto, correos electrónicos, grabaciones de voz u otros documentos relacionados con las amenazas, es importante que los entregues a las autoridades. También hay que mencionar desde el primer momento a las personas que fueron testigos de las amenazas.

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¿Qué penas puede tener el que me amenaza?

Las penas por el delito de amenazas se encuentran recogidas en los artículos 169 y siguientes del código penal. Podríamos distinguir las siguientes categorías:

Amenazas de un hecho que constituya delito.

En este caso la amenaza la constituye el anuncio de causar un mal que constituye un delito de homicidio (ej. te voy a matar), lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico.

Si las amenazas se hicieron exigiendo alguna condición, y el que hiciere la amenaza hubiere conseguido su propósito, se podría imponer una pena de uno a cinco años de prisión. Este sería el caso por ejemplo de una persona que solicitaba a una menor que le enviase más fotos suyas desnuda, bajo la amenaza de publicar las que ya tenía anteriormente de ella. Si no se hubiera conseguido el propósito perseguido con la amenaza, las penas de prisión serían de 6 meses a tres años (ej. la menor al final no le enviara las fotografías que había solicitado el amenazador).

Cuando no hay una condición de por medio, es decir la amenaza no se realiza para conseguir un beneficio personal o económico, sino simplemente para atemorizar al amenazado, en este caso la pena a imponer sería la prisión de 6 meses a dos años.

En el supuesto de que se trate de amenazas leves se castigará con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días si la víctima fuera la mujer o exmujer o pareja, o una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor de quien amenaza.

Si las amenazas leves, lo fueran con armas y estas se hiciesen entre familiares o entre aquellas personas que por su especial vulnerabilidad (ej. personas mayores con algún tipo de demencia, personas con discapacidad intelectual…) se encuentran sometidas a custodia en centros públicos o privados, las penas serían de prisión de tres meses a un año o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días.

Además de estos casos, las amenazas leves entre particulares se consideran como un delito leve (la anterior falta), no conlleva prisión y simplemente se impone una multa de uno a tres meses. Es importante destacar que este tipo de amenazas solamente se persiguen si la persona amenazada interpone una denuncia.

Amenazas de un hecho que no constituya delito.

Lo característico de estas amenazas es que el mal con el que se amenaza no es constitutivo por sí mismo de un delito. Así por ejemplo una persona que amenaza a otra con reclamar judicialmente una deuda si a cambio no accede a sus pretensiones amorosas.

En este caso se castiga con las penas prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, dependiendo de la gravedad y las circunstancias del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiera en una conducta debida. Esto último quiere decir que si amenazamos a una persona con demandarle si no nos paga lo que nos debe, no estaríamos cometiendo un delito, ya que estaríamos ejercitando nuestro derecho a acudir a los juzgados para que nos paguen.

Se impondrán las penas de prisión de dos a cuatro años, si se hace una amenaza condicional y se consigue la entrega de todo o parte de lo exigido, y la de cuatro meses a dos años, si no se consiguiere, cuando la amenaza consista en revelar o difundir hechos referentes a la vida privada del amenazado que no sean públicamente conocidos y puedan afectar a la reputación de dicha persona. Por ejemplo, quien tiene conocimiento de que un marido es infiel a su mujer y le solicita 5.000 euros bajo la amenaza de hacerlo público.

¿Cómo demuestro las amenazas?

Para demostrar las amenazas, es importante recopilar y presentar la mayor cantidad de pruebas posible. Aquí hay algunas formas de hacerlo:

  1. Guarda registros de las amenazas: Si las amenazas son realizadas de manera verbal, intenta tomar notas detalladas de lo que se dijo, incluyendo la fecha, hora, lugar y cualquier otra información relevante. Si las amenazas son por escrito, asegúrate de conservar las copias físicas o capturas de pantalla de los mensajes, correos electrónicos u otras comunicaciones.
  2. Testigos: Si hubo testigos presentes durante las amenazas, solicita su colaboración y pide que estén dispuestos a proporcionar su testimonio. Estos testimonios serán muy importantes a la hora de demostrar que se ha cometido el delito. Es fundamental que no haya contradicciones entre los diferentes testigos. En este caso es preferible prescindir de dichos testigos.
  3. Registros telefónicos o electrónicos: Si las amenazas se realizaron a través de llamadas telefónicas o medios electrónicos, puedes aportar las facturas de tu teléfono donde aparece el listado de llamadas entrantes y salientes.
  4. Capturas de pantalla o impresiones: Si las amenazas se realizaron por internet, haz capturas de pantalla o imprime las conversaciones que contengan las amenazas. Asegúrate de incluir la información contextual relevante, como el nombre de usuario, la fecha y la hora en las capturas de pantalla.
  5. Grabaciones de audio o video: Si tienes la posibilidad de grabar las amenazas de manera segura, ya sea en audio o video, constituye un medio de prueba valioso.
  6. Informes médicos o psicológicos: Si las amenazas han causado un impacto emocional o psicológico en ti, es recomendable buscar atención médica o psicológica y solicitar informes o evaluaciones que documenten los efectos de las amenazas en tu salud mental.

Una vez que hayas recopilado estas pruebas, asegúrate de guardarlas adecuadamente para evitar que se pierdan y así poder entregarlas a la policía, o en su caso, al abogado que te represente.

¿Por qué necesito que un abogado experto me asesore?

Un abogado experto puede brindarte asesoramiento legal fundamental en un caso de delito de amenazas por varias razones:

  1. Los abogados especializados en derecho penal están familiarizados con este tipo de procedimientos y con el derecho penal. Su conocimiento y experiencia hace que puedan estudiar tu caso de manera precisa y ayudarte a ejercitar la acusación o la defensa de manera adecuada.
  2. El abogado te ayudará a evaluar y presentar las pruebas necesarias para defender tu caso, incluidas las declaraciones, testimonios y cualquier otra prueba relevante. En el caso del delito de amenazas la diferencia entre que una persona sea condenada por un delito grave de amenazas o un delito leve muchas veces depende de pequeños matices. El abogado defenderá tus intereses.
  3. Un abogado te acompañará y defenderá en todas las etapas del proceso penal. El abogado además de aportar sus conocimientos jurídicos te dará apoyo emocional, lo que te ayudará a que el proceso resulte más fácil de llevar.
  4. A lo largo de un proceso penal es necesario tomar muchas decisiones. Contar con un abogado te ayudará a comprender mejor los trámites del procedimiento y hacer las opciones más adecuadas en cada momento.  

En general, contar con un abogado experto en un caso de delito de amenazas es crucial para garantizar que recibas un trato justo, se respeten tus derechos y se maximicen las posibilidades de obtener el mejor resultado posible en tu situación legal.

¿Deseas contactar con el abogado experto en delitos contra la libertad,
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