Abuso y agresión sexual. ¿Cuáles son las diferencias?

Abuso y agresión sexual. ¿Cuáles son las diferencias?

¿En qué consiste el delito de abuso sexual y el de agresión sexual? ¿Qué significa la unificación de los delitos con la ley del solo si es si? Ejemplo práctico de la modificación de la ley. Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado experto en delitos contra la libertad, German Sánchez Díaz De Isla, responde a todas las preguntas.

¿En qué consiste el delito de abuso sexual?

El delito de abuso sexual ha desaparecido del Código Penal desde la entrada en vigor de la conocida como Ley del sólo sí es sí, Ley de garantía integral de la libertad sexual.

El abuso sexual antes de la reforma:

Antes de la reforma, el abuso sexual de daba cuando alguien afectaba la libertad sexual de otra persona sin que esta esté de acuerdo, incluso sin usar fuerza o miedo y estaba regulado en los artículos 181 y 182 del CP.

Algunos ejemplos que podían considerarse abuso sexual:

  • Acoso sexual. Por ejemplo: cuando alguien te hace sentir incómodo o presionado para tener contacto físico o sexual no deseado; comentarios o gestos sexuales inapropiados, tocar o acariciar sin permiso, mostrar imágenes sexualmente explícitas, etc.
  • Tocamientos no deseados.
  • Obligar a la otra persona a mantener relaciones sexuales.

2 requisitos para hablar de delito de abuso sexual:

  • No era necesario usar violencia o intimidación.
  • No tenía que existir consentimiento de la víctima.

Se entendía que faltaba el consentimiento en los supuestos en los que la víctima:

  • No tenía la capacidad o madurez para darlo o estaba forzado, es decir, la persona no lo dio libremente o lo dio bajo engaño o coacción. (Ej. menores de edad).
  • La víctima no estaba en condiciones de darlo (Ej. porque la víctima estaba bajo los efectos de fármacos, drogas o cualquier otra sustancia natural o química).
  • Accediera porque el presunto autor aprovechó su poder, posición de autoridad o situación de superioridad para presionar a la víctima.

¿En qué consiste el delito de agresión sexual?

Actualmente la agresión sexual se define como cualquier acto que afecte la libertad sexual de otra persona sin su permiso. Solo se considerará que hay consentimiento si la persona lo ha expresado clara y libremente a través de sus acciones, teniendo en cuenta las circunstancias del caso. (art. 178.1 CP).

Por tanto, ya no será necesario demostrar que se ha utilizado la violencia o la intimidación para que se considere que se ha cometido un delito de agresión sexual.

Luego, se mencionan algunos casos en los que se considera que siempre hay una agresión sexual (art. 178.2 CP)l . Estos casos son cuando el agresor usa:

  • La fuerza.
  • El miedo.
  • O se aprovecha de una situación en la que la víctima es más débil (Ej: como cuando la víctima está inconsciente o cuando se abusa de su condición mental). 

También se considera una agresión sexual cuando la víctima:

  • No tiene la capacidad de dar su consentimiento.
  • Cuando su voluntad está anulada por alguna razón de las que expliqué arriba.

Las agresiones sexuales antes de la reforma:

Antes, la ley decía que solo había delito de agresión sexual cuando alguien usaba la violencia o intimidación para obligar a otra persona a tener contacto sexual sin su consentimiento. Esto se regulaba en los artículos 178 y siguientes del Código Penal.

La violencia o intimidación eran necesarias para que se considerara que se había cometido este delito. Sin ellas, por ejemplo, no era posible hablar de una violación. La violencia y la intimidación se entendían como medios para doblegar la voluntad de la víctima o neutralizar su resistencia.

Para que se considerara que se había cometido este delito, tenía que haber una de estas dos cosas:

  1. Que el agresor usara la fuerza física contra el cuerpo de la víctima.
  2. Que el agresor usara la intimidación o la fuerza psicológica. Por ejemplo, amenazar a la víctima con hacerle daño si no accedía a sus demandas y así conseguir que la víctima se sintiera intimidada y cediera a las solicitudes del agresor.

Antes, la ley decía que para considerar que se había cometido un delito de agresión sexual, era suficiente demostrar que la víctima no había dado su consentimiento voluntario. No se exigía que la víctima resistiera activamente.

Pero en la práctica, para probar que se había cometido un delito de agresión sexual, era necesario demostrar que el agresor había usado la violencia o la intimidación para doblegar la voluntad de la víctima, incluso si la víctima había expresado su oposición. Esto hacía que la víctima tuviera que demostrar que su voluntad había sido doblegada por el agresor.

A las víctimas se les exigía presentar pruebas para demostrar que habían dicho «no» a una actividad sexual no deseada. Pero ahora, con la Ley del solo sí es sí, ya no es así. La nueva ley intenta eliminar esa exigencia y establece que el consentimiento debe ser afirmativo y explícito.

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¿En qué consiste la unificación de los delitos con la ley del solo si es si?

La «ley del solo sí es sí» es una reforma legislativa que tiene como objetivo unificar los diferentes tipos de delitos sexuales bajo una misma categoría legal, eliminando la necesidad de demostrar la violencia o la intimidación en los casos de agresión sexual.

En la práctica, esto significa que si una persona no da su consentimiento de manera libre y voluntaria a un contacto sexual, se considerará que ha habido un delito sexual. Ya no será necesario demostrar que se ha utilizado la violencia o la intimidación para que se considere que se ha cometido un delito de agresión sexual.

La Ley del solo sí es sí tenía como objetivo que no ocurrieran casos similares al de “La Manada”, donde inicialmente se condenó por un delito de abuso sexual, en lugar de por una agresión sexual.

La nueva ley lo que hace es:

  1. Modificar los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.
  2. Suprimir la distinción entre los delitos de agresión y abusos sexuales. A partir de ahora solamente existe el delito de agresiones sexuales.

Aparte de esto, busca proteger mejor a las víctimas de delitos sexuales y eliminar la impunidad de los agresores. La idea es que la responsabilidad recaiga en el agresor y no en la víctima, y que se entienda que cualquier actividad sexual sin el consentimiento de la otra persona es ilegal y constituye un delito.

El problema principal con que se ha encontrado la promulgación de la Ley de garantía integral de la libertad sexual.

La nueva ley ha tenido un efecto no deseado: ha reducido las penas para los delitos sexuales de aquellos que ya han sido condenados. El problema no es la interpretación de los jueces de la ley, sino que la redacción de la ley no fue bien hecha. La ley combinó dos delitos diferentes (agresiones y abusos sexuales) en uno solo, pero cada delito tiene diferentes penas que corresponden a su gravedad. Como resultado, el legislador tuvo que reducir el límite mínimo de las penas para evitar castigos desproporcionados para ciertos delitos sexuales que antes eran castigados como abusos sexuales.

Ejemplo práctico de la modificación de la ley

Antes, la ley penal castigaba la agresión sexual y los abusos sexuales como delitos separados:

  • La agresión sexual tenía una pena de 6 a 12 años. 
  • Mientras tanto, los abusos sexuales tenía una pena de 4 a 12 años.

Pero con la nueva ley «solo sí es sí», ahora se considera que todos los abusos sexuales son agresiones sexuales y se castigan con una pena de 4 a 12 años.

Dato: Esta nueva pena la ha formado el legislador con la mínima de los anteriores abusos sexuales de 4 años y con la máxima de ambos delitos de 12 años.

Esto significa que los que fueron condenados anteriormente por agresión sexual pueden solicitar una revisión de su sentencia y obtener una reducción de su pena (en base al art. 2.2 CP que recoge el principio de retroactividad). 

Además, algunos actos sexuales que eran delictivos antes, como los abusos sexuales a mayores de 16 años, ya no son considerados delitos y las personas condenadas por este delito pueden pedir la revisión de su sentencia también.

Ejemplo: Aquellos agresores sexuales a los que se les impuso la pena en su grado mínimo (6 años), están ahora solicitando que sus penas sean revisadas y que se les aplique el nuevo mínimo (4 años).

Otra fuente de rebaja de penas provocada por la ley del solo sí es sí, ha sido la despenalización de conductas que anteriormente eran delictivas.

Ejemplo: Los abusos sexuales a menores mayores de 16 años. De tal forma que, todas aquellas personas que hubiesen sido condenadas por este delito podrían pedir la revisión de su sentencia.

Es importante destacar que, aunque se produjeran nuevos cambios en la ley penal, sólo se aplicarían a delitos cometidos después de que la nueva entrada en vigor, nunca a los anteriores, (en virtud del principio de irretroactividad, art. 2.1 CP).

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