¿Se puede falsificar una PCR para poder viajar?, ¿cuáles son las consecuencias legales de falsificar una PCR?, ¿en qué consiste el delito de falsedad documental?, ¿cómo puedo saber si mi PCR es falsa? El experto en Delitos contra la fe pública Rubén Veiga Vázquez, nos cuenta todo lo que debemos saber al respecto.
Introducción
Ya ha pasado más de un año desde que la pandemia cambió nuestras vidas. Palabras como restricciones, mascarillas, cribados, vacunas, dosis, inmunidad, etc. Junto con nombres de empresas farmacéuticas que muchos ni sabrían que existían se han vuelto vocablos recurridos en las conversaciones del día a día.
No obstante, hay una palabra o, mejor dicho, unas siglas que ya existían, ignorábamos la mayoría, pero ahora todos conocemos, PCR.
La necesidad de hacer una PCR para poder viajar
Esta prueba para detectar el nuevo coronavirus en el organismo humano, a la que más de uno nos hemos sometido en varias ocasiones, es requerida en la actualidad para viajar a varios países. De hecho, la Policía Nacional esta pidiendo a los turistas que vienen a España certificados de PCR con resultado negativo.
Con cada nuevo trámite burocrático surge la picaresca y a más de uno se le ocurrirá la idea de intentar falsificar el resultado de esta prueba, pensando que se trataría de un engaño sin la mayor importancia.
Sea por inmediatez en la realización del trámite, por no someterse al incómodo procedimiento de recogida de la muestra o simplemente por el hecho de querer faltar a la verdad.
¿Somos conscientes de las consecuencias de falsificar una PCR? ¿Es un delito?
Como bien seguro habéis adivinado, efectivamente es un delito, concretamente se trataría de un delito de falsedad documental.
Donde dependiendo de qué documento falsifiquemos podría consistir en un delito de falsedad en documento público (en caso de falsificar un resultado de una PCR realizada supuestamente por el sistema público de salud), por lo que este engaño que parecía no tener importancia podría acarrear penas de prisión de hasta 3 años.
En definitiva, el viaje podría llevarte a prisión, donde la PCR que te harán será real.
¿Qué es el delito de falsedad documental?
Este delito viene regulado en los artículos 390 y siguientes del Código Penal.
A efectos jurídicos podemos definir la falsedad documental como aquella acción que consiste en:
- Modificar
- Manipular
- Alterar o falsificar
En todo o en parte, el contenido de un documento de tal forma que los datos recogidos sean contrarios a la verdad.
¿Cuál es el objetivo de esta Ley?
El bien jurídico que el legislador quiere proteger con este tipo delictivo no solo es la seguridad del tráfico jurídico y también la fe pública, sino que también la confianza de la ciudadanía e instituciones en los documentos que sirven como medios de prueba.
¿Cuáles son las diferencias entre los delitos de estafa y de falsedad documental?
Estafa
La diferencia es palmaria, pues para que exista estafa es necesario el ánimo de lucro y se exige el engaño, pues el engaño en la estafa lo que busca en la otra persona es el inducirla a realizar un acto de disposición en su propio perjuicio o el de otra persona, puesto que el bien jurídico protegido es el patrimonio.
Falsedad documental
Por su parte la falsedad documental lo que castiga son aquellas acciones que hemos indicado (modificar, manipular, alterar o falsificar), que lo que pretenden es faltar a la verdad en la narración de los hechos en dicho documento.
La tipificad de la falsedad documental es el ánimo de perjudicar y no el ánimo de engañar como en la estafa, siendo el bien jurídico protegido es, como ya hemos dicho, tráfico jurídico general y la fe pública.
¿Pueden concurrir los delitos de estafa y de falsedad documental?
No obstante, en el supuesto de que el documento falsificado sea el elemento esencial del engaño puede darse una situación de concurso de normas del delito de falsedad documental con el delito de estafa.
En caso de producirse concurso de delitos con el delito de falsedad documental el plazo de prescripción será el que corresponda al delito más grave.
Rubén Veiga Vázquez, experto en Delitos contra la fe pública.
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¿Quién puede incurrir en un delito de falsedad documental?
Puede ser autor de este delito cualquier persona, pero dependiendo de su condición (particular, autoridad, funcionario público o facultativo en el ejercicio de sus funciones) la pena a imponer será distinta.
¿Qué tipos de falsedad documental hay?
Se puede hacer una división en cuatro tipos de falsedades documentales, siendo las siguientes:
1. Falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles y de los despachos transmitidos por servicios de telecomunicación.
Donde este tipo de falsificación documental lo pueden cometer funcionarios y autoridades públicas y particulares. No obstante, en caso de estos últimos, se excluiría la falsedad ideológica de faltar a la verdad, siendo castigado tanto la falsedad, el tráfico y el uso a sabiendas.
2. Falsificación de documentos privados.
En este caso solo se comprenden documentos privados y solo puede ser cometido en exclusiva por particulares.
3. Falsificación de certificados.
Este tipo de falsedad puede ser cometido tanto por particulares como por autoridades, funcionarios públicos y facultativos. En supuestos de autoridades o funcionarios públicos, además de la correspondiente multa establecida por el Código Penal, les será impuesta una pena de suspensión.
Se castiga tanto al falsificador como al traficante y al que hace uso del documento falsificado a sabiendas de su falsedad. Sin embargo, no se aplicará este precepto en cuanto a los certificados relativos a la Seguridad Social y a la Hacienda Pública.
3. Falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje.
En este supuesto lo que se castiga es la alteración, copia, reproducción, falsificación, tráfico y uso de tarjetas de crédito o débito o cheques de viaje con conocimiento de la falsedad.
Para lo que aquí nos interesa, la falsificación de una PCR se encajaría dentro de una de las tres primeras modalidades, dependiendo del tipo de documento que sea falsificado.
Falsificar una PCR: ¿cómo puedo saber que un documento es falso?
Dependiendo del tipo de documento de que se trate no resulta fácil, teniendo en cuenta que hoy en día con los avances tecnológicos las falsificaciones son de mayor calidad.
¿Qué mecanismos se están empleando para identificar un documento falso?
No obstante, en algunas administraciones, como en la de Justicia, se emplean mecanismos para comprobar la autenticidad e integridad de los documentos como el CSV o Código Seguro de Verificación que es un código único que identifica a un documento electrónico de esta administración pudiendo comprobarse a través de la web del propio ministerio, por ejemplo.
Últimamente empieza a ser habitual que los documentos contengan algún código de verificación, sobre todo si están firmados electrónicamente, más si cabe proviniendo de un organismo público.
¿Cómo puedo saber si una PCR es falsa?
Sin embargo, para el objeto en cuestión, si de lo que dudamos es sobre la veracidad del documento sobre un resultado negativo o positivo de certificados de PCR lo mejor es aplicar el sentido común.
En dicho documento deberán aparecer una serie de datos esenciales, como quien certifica dicho resultado con un número que identifique a ese documento, poniéndose en contacto con el emisor para verificar su veracidad.
Esta sería la vía utilizada por la policía nacional para comprobar la veracidad de un documento que carezca de algún código de verificación.
No sabía que mi certificado PCR era falso, ¿cuál es mi responsabilidad?
Al no existir una intención no habría ninguna responsabilidad, puesto que lo que se exige en este tipo delictivo es un dolo especifico, es decir, el ánimo falsario y el ánimo de perjudicar.
Cuestión distinta sería que a sabiendas de su falsedad sea utilizado, pues ahí aparecería la intención de perjudicar.
¿Cuándo prescribe un delito de falsedad documental?
Aquí entraría en juego el artículo 131 del Código Penal, que es aplicable al delito de falsedad documental, que dependiendo del diferente tipo penal a que nos enfrentemos establece una prescripción de:
- 10 años: para penas de más de 5 años de prisión y no superiores a 10, pudiendo la falsedad llegar a penas de 6 años de cárcel.
- 5 años: para resto de delitos a excepción de los leves y delitos de injurias y calumnias.
¿Cómo saber cuándo prescribe el delito de falsedad documental?
Comenzando el cómputo desde el día que se haya cometido el delito o desde que se tiene conocimiento de la existencia del documento falso, pudiendo ser este interrumpido por alguno de los motivos que señala el artículo (inicio del procedimiento dirigido contra la persona, presentación de querella o denuncia).
¿Y si concurren varios delitos?
No obstante, en caso de producirse concurso de delitos con el delito de falsedad documental el plazo de prescripción será el que corresponda al delito más grave.
¿Qué penas me pueden imponer por falsificar una PCR?
Si el delito es cometido por una autoridad o por un funcionario público
Aquí el arco penológico varía, en supuestos falsificación en documentos públicos, siendo la falsedad documental cometida por autoridad o funcionario público, según el artículo 390 CP se establece:
- Una pena de prisión de tres a seis años
- Pena de multa de seis a veinticuatro meses
- Inhabilitación especial por tiempo de dos a seis años.
Si el que comete el delito es un particular
En el supuesto de ser cometida por un particular la pena que contempla el código es de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
¿De cuánto son las penas impuestas por delitos de falsedad documental cometidos por particulares?
Sin embargo, en este supuesto de falsedad en documento público por particulares se castigan dos conductas, como hemos destacamos anteriormente:
- El uso: En este caso se comprenden penas de prisión de seis meses a un año y multa de tres a seis meses
- El tráfico: En este caso se establece una pena de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
¿Qué penas se imponen por falsificación de documentos privados?
Para los casos de falsificación de documentos privados la pena establecida por el artículo 395 del Código Penal es la de prisión de seis meses a dos años.
Entonces, ¿qué penas se pueden aplicar por falsificar una PCR?
Por último, para los supuestos de falsificación de certificados de PCR de resultado negativo o positivo, recordemos que esta modalidad podía ser cometida tanto por particulares como por autoridades, funcionarios públicos y facultativos. Por lo que su penalidad varía:
- Para el caso de facultativos está establecido una pena de multa de tres a doce meses.
- En el caso de autoridad o funcionario público la penalidad consiste en la suspensión de seis meses a dos años.
- Para el particular que falsifique un certificado se dispone una multa de tres a seis meses.
Aquí podemos comprobar como la diferencia entre la alteración de un documento oficial a la de un certificado es enorme.
A modo de conclusión
En definitiva, si por cualquier motivo estás deseando falsificar una PCR para poder viajar el viaje podría acabar siendo con destino un Centro Penitenciario, donde ahí si te harán una PCR real al ingresar.
Pero si te encuentras en una situación en la que te ha pillado la policía nacional necesitarás entonces el mejor asesoramiento legal, pues el arco punitivo al que te enfrentes dependerá no solo de si eres un particular, autoridad, funcionario público o facultativo, sino que, sobre todo, de la trascendencia de la actividad falsaria.
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