¿Es legal cultivar marihuana en casa?

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¿Es legal cultivar marihuana en casa?, ¿cuántas plantas de marihuana puedo cultivar en casa?. ¿Cuál es la diferencia a nivel legal entre la marihuana medicinal y la marihuana recreativa?. ¿Cuáles son las sanciones por cultivar marihuana en casa?, ¿puedo recurrir una multa por cultivar marihuana en casa? y ¿cómo hacerlo?. Todas las respuestas a estas preguntas nos las explica detalladamente la abogada, experta en Delitos contra la salud pública, Mariana Ivanov Yordanova.

¿Es legal la marihuana en España?

En anteriores publicaciones hemos insistido encarecidamente en que el cultivo de marihuana en nuestro país no está legalizado. Por el contrario, el cultivo de plantas de marihuana está tipificado en el artículo 368 del Código Penal. Tratándose de una sustancia que no causa grave daño a la salud, el citado texto legal prevé penas entre 1 y 3 años de prisión y multa si la cantidad de sustancia incautada no supera los 10 kg. y si los supera, entre 3 años y 4 años y seis meses de prisión y multa.

¿Cuántas plantas de marihuana puedo cultivar en casa?

El autoconsumo de marihuana en España no está penalizado. No obstante, cuando se trata de cultivos de plantas de marihuana hay que tener en cuenta que si se excede de la cantidad destinada para el autoconsumo ello puede dar lugar a la comisión del delito de tráfico de drogas antes señalado.

El Tribunal Supremo considera consumo inmediato 5 días de consumo propio, lo que equivale a 100 gramos de marihuana por persona. Ahora bien, en el caso de los cultivos para consumo propio, tratándose de plantas cuyo crecimiento precisa un tiempo, habrá que calcular la cantidad para los 365 días al año en dos cosechas. Hay que tener en cuenta, que al tratarse de una cantidad difícil de precisar, es posible acabar inmerso en un procedimiento judicial por delito del art. 368 CP, debiendo en tal caso demostrar la circunstancia del consumo de dicha sustancia, así como probar que la cantidad poseída y/o cultivada es la que corresponde al autoconsumo.

¿Cuál es la diferencia a nivel legal entre la marihuana medicinal y la marihuana recreativa?

Algunos países tienen legalizado el uso de la marihuana medicinal, mientras la marihuana recreativa sigue prohibida. En España a pesar de los avances conseguidos, sigue sin estar regularizada tanto el uso de marihuana para uso recreativo, como la medicinal.

    Una vez recibido el acuerdo de incoación del procedimiento para la sanción por el cultivo de marihuana en lugares visibles al público, dentro del plazo de quince días siguientes a la recepción de la notificación se tienen que presentar alegaciones, que darán lugar a una resolución administrativa. En el caso de que dicha resolución no es favorable, ésta se puede recurrir.

Mariana Ivanov Yordanova, abogada experta en Delitos contra la salud pública.
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¿Cuáles son las sanciones por cultivar marihuana en casa?

 En un principio el cultivo de una cantidad de plantas de marihuana acorde con el autoconsumo no está sancionada. No obstante, el artículo 36.18 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana penaliza como una infracción grave la ejecución de actos de plantación y cultivo ilícito de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en lugares visibles al público, cuando no sean constitutivos de infracción penal. De esta regulación se entiende que si bien el cultivo de plantas de marihuana en casa para uso propio no está sancionado, este cultivo debe estar ubicado en lugar no visible al público y siempre en cantidades que no superen el consumo propio, con un acopio para 365 días.

Tratándose de una infracción grave la sanción que se podría imponer es entre los  601 y 30.000 euros. Se podría dar la prescripción tanto de la infracción como de la sanción.

La infracción podría prescribir al año desde el momento de la comisión por ser una infracción grave. En el caso del cultivo de marihuana en sitio visible, al tratarse de una infracción continuada, el plazo de prescripción se computaría desde su eliminación. La prescripción se interrumpirá cuando al interesado se le notifique el procedimiento sancionador, reanudándose el cómputo del plazo de prescripción si el procedimiento sufriese una paralización por más de un mes por causa no imputable al infractor.

En cuanto la sanción, ésta prescribiría a los dos años desde el día siguiente de la firmeza de la sanción en vía administrativa. Dicho plazo se interrumpirá si se inicia el procedimiento de ejecución con conocimiento del interesado y se volverá a contar el plazo de prescripción en caso de paralización durante un plazo superior a un mes por causa no imputable al infractor.

¿Puedo recurrir una multa por cultivar marihuana en casa?

 Las multas impuestas por el cultivo en casa de  marihuana en sitio visible al público se pueden recurrir. Una vez notificado el acuerdo de incoación del procedimiento para la sanción, el interesado dispone de quince días para realizar el pago con una reducción de 50 por ciento o para formular alegaciones. Si realiza el pago de la multa el procedimiento finaliza y ya no se puede recurrir. En caso de haberse presentado alegaciones, éstas se tendrán por no formuladas. (art. 54.3b de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana)

¿Cómo puedo recurrir una multa por cultivar marihuana en casa?

 Una vez recibido el acuerdo de incoación del procedimiento para la sanción por el cultivo de marihuana en lugares visibles al público, dentro del plazo de quince días siguientes a la recepción de la notificación se tienen que presentar alegaciones, que darán lugar a una resolución administrativa. En el caso de que dicha resolución no es favorable, ésta se puede recurrir.

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