¿Cómo cancelar los antecedentes penales?

¿Cómo cancelar antecedentes penales?

Cancelar antecedentes penales: ¿Qué son? ¿Cómo hacerlo? Requisitos para poder hacerlo. ¿Cuánto vale el trámite de cancelación? Consecuencias de su cancelación. En este artículo el abogado experto en Delitos contra la Salud Pública, Víctor Fernández de Lucas, responde a todas las preguntas mencionadas. 

¿Qué son los antecedentes penales?

Los antecedentes penales son anotaciones que se efectúan en el Registro Central de Penados, tras el dictado de una sentencia condenatoria firme en la jurisdicción penal.

En dicha anotación se incluyen datos tales como la fecha de comisión del hecho delictivo, la fecha de firmeza de la sentencia, el Juzgado o Tribunal que la dicta, la pena impuesta, si dicha pena se ha suspendido…

Cuando un procedimiento penal se dirige contra una concreta persona, el juzgado que conoce del asunto obtiene la hoja histórico penal de la persona investigada donde constan los datos antes mencionados, siendo práctica habitual obtener dicha hoja nuevamente antes de la celebración del Juicio Oral, para determinar si se puede aplicar al acusado la circunstancia agravante de reincidencia.

Requisitos para cancelar los antecedentes penales

Los requisitos para cancelar los antecedentes penales son: haber extinguido la responsabilidad criminal impuesta en sentencia y que hayan transcurrido, sin volver a delinquir,  determinados plazos desde dicha extinción.

Los plazos que deben transcurrir para poder cancelar los antecedentes penales se establecen en el art. 136 del Código Penal y son los siguientes:

  1. Seis meses para las penas leves.
  2. Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.
  3. Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.
  4. Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.
  5. Diez años para las penas graves.

El art. 33 del Código Penal establece cuáles son las penas leves, graves y menos graves.

Para el caso de las personas jurídicas, tanto las penas como las consecuencias accesorias del art. 129 del Código Penal impuestas a las mismas se cancelarán en los mismos plazos ya indicados, excepto que se hubiese acordado su disolución, en ese caso las anotaciones se cancelarán transcurridos 50 años desde la firmeza de la sentencia condenatoria.

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¿Cómo cancelar los antecedentes penales?

Para cancelar los antecedentes penales, debe efectuarse una solicitud al Ministerio de Justicia a través de un escrito donde consten los datos personales del solicitante o persona autorizada y los datos relativos al antecedente que se pretende cancelar. Debe adjuntarse a dicho escrito una fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte en vigor.

A dicho escrito también puede adjuntarse un certificado emitido por el Letrado de la Administración de Justicia del órgano judicial sentenciador, en el que se haga constar la fecha de extinción de la pena, así como una copia testimoniada del auto de remisión definitiva de la pena. 

El plazo del trámite de la solicitud de cancelación es de tres meses, si bien el procedimiento puede suspenderse cuando sea necesario recabar datos del órgano judicial, lo que puede dilatar mucho el trámite, por lo que se recomienda aportar a la solicitud la certificación y testimonio del auto ya referidos.

¿Cuánto cuesta el trámite de cancelación de antecedentes penales?

Si realiza el trámite de la cancelación de antecedentes penales a través de un abogado, el precio para la cancelación rondará los 300 €.

Es muy aconsejable dejar en manos de un abogado esta solicitud, pues éste se encargará de personarse en el procedimiento, obtener la documentación oportuna para adjuntar a la solicitud de cancelación, elaborar la solicitud y agilizar de esta forma el trámite de la cancelación, evitando demoras innecesarias y molestos desplazamientos y trámites al solicitante.

Consecuencias de la cancelación de antecedentes penales

La cancelación de los antecedentes penales supone el borrado de ese antecedente de la hoja histórico penal del solicitante, por lo que cuando se efectúe una consulta de dicha hoja por un órgano judicial, el antecedente cancelado no aparecerá, por lo que no habrá constancia de que esa persona hubiera delinquido con anterioridad, ni se planteará la posible aplicación de la circunstancia agravante de reincidencia.

Dicha cancelación también tiene incidencia en el ámbito laboral, pues al eliminarse la inscripción de los antecedentes cancelados, dicha condena ya extinguida no supondrá un problema para el acceso al empleo.

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