Homicidio en grado de tentativa: ¿cuál es la pena?

Homicidio en grado de tentativa: ¿cuál es la pena?

Homicidio en grado de tentativa: ¿Qué es? ¿Cuándo es considerado como tal? ¿Qué tipos hay? ¿Qué agravantes hay en un caso así? ¿Cuál es la pena por cometer este delito? Luis Martín Más, abogado especializado en Delitos contra la vida,  responde todas las preguntas hoy en nuestro blog.

¿Qué es un homicidio en grado de tentativa?

Un homicidio en grado de tentativa es aquel delito en el que el autor quiere matar a una persona, pero no consigue su resultado por causas ajenas a su voluntad. Es muy importante tener en cuenta que la intención del autor tiene que ser acabar con la vida de alguien, para no confundirlo con el delito de lesiones. Aunque no es necesario causar lesiones a la víctima en el homicidio intentado (imaginemos que alguien pretende apuñalar a otra persona en el corazón, pero la víctima consigue esquivar el golpe), es muy frecuente que en la práctica haya un resultado de lesiones. Por eso hay que apreciar y probar la intención del autor, porque la pena de un delito intentado de homicidio y uno de lesiones consumado no es la misma.

Las agravantes que pueden aplicarse al delito de homicidio en grado de tentativa son las mismas que pueden concurrir en el homicidio consumado. Dejando de un lado la alevosía, el precio recompensa o promesa y el ensañamiento

Luis Martín Más, abogado especializado en Delitos contra la vida.

¿Cuándo se considera un homicidio en grado de tentativa?

Lo determinante para que nos encontremos ante un homicidio en grado de tentativa es la producción del resultado, es decir, la muerte de la víctima. Si la víctima fallece, nos encontramos con el delito consumado. En otro caso, será una tentativa.

Los delitos no aparecen de la nada sino que tienen un camino, una ejecución. Y según esta ejecución sea más o menos perfecta, hablamos de delito consumado o intentado, que es el que estamos viendo.

Pero en la fase previa a realizar ningún acto concreto tenemos que hablar de la conspiración, la proposición o la provocación para cometer un delito, en este caso de homicidio. La conspiración consiste en que dos o más personas se ponen de acuerdo para cometer un homicidio y deciden ejecutarlo, es decir, lo planifican. La proposición se da cuando una persona ha resuelto cometer un homicidio e invita a otra u otras personas a participar en él. Y la provocación es la incitación a la comisión del delito por un medio que facilite la publicidad o ante una concurrencia de personas.

¿Qué es el desistimiento?

 Por último, y aunque sea solamente como mención, tenemos que hablar del desistimiento, que se produce cuando el autor del delito de forma voluntaria ha interrumpido los actos de ejecución (esta es la diferencia con la tentativa, en la que el autor no quiere cometer el delito de forma imperfecta). El que desiste del delito de homicidio puede llegar a estar exento de pena, aunque se castigarán los actos ejecutados que fueran constitutivos de otro delito (pensemos por ejemplo en la tenencia ilícita de armas: el autor desiste de matar a otra persona, pero la mera posesión de un arma sin licencia y guía constituye delito de por sí).

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Tipos de delito en grado de tentativa

En general para casi todos los delitos, cabe la ejecución imperfecta, es decir, la tentativa. Y el delito de homicidio puede ser cometido de forma imperfecta, como estamos viendo.

Hay dos tipos de tentativa, la acabada y la inacabada. Antiguamente se llamaban tentativa y frustración, términos quizás algo más claros:

  • La tentativa acabada es aquella que implica que se han realizado todos los actos necesarios para consumar el delito (matar a alguien) pero que por lo que sea no llega a producirse la muerte. Imaginemos que disparo a alguien con intención de matarle, pero fallo y no le alcanzo he realizado todos los actos necesarios, pero el resultado no se ha producido.
  • La tentativa inacabada se diferencia de la anterior en que el grado de ejecución no es tan completo. Imaginemos el mismo caso que antes, apunto con una pistola a una persona para matarla, pero alguien me lo impide arrebatándome el arma. He realizado todos los actos necesarios menos uno, que es disparar el arma.

Lo importante en la tentativa es tener presente que el resultado no se produce por causas ajenas a la voluntad del autor, porque en otro caso podemos estar ante un desistimiento o arrepentimiento activo. Y la diferencia es muy grande, porque el desistimiento puede llegar a estar exento de pena, como hemos visto.

Agravantes en el delito de homicidio en grado de tentativa

Las agravantes que pueden aplicarse al delito de homicidio en grado de tentativa son las mismas que pueden concurrir en el homicidio consumado. Dejando de un lado la alevosía, el precio recompensa o promesa y el ensañamiento, porque convertirían al homicidio en asesinato, son perfectamente aplicables las siguientes:

  1. Disfraz, abuso de superioridad o aprovechando las circunstancias de lugar tiempo o auxilio de otras personas).
  2. Por motivos racistas, antisemitas, discriminación por ideología, religión o creencias, etnia, raza o nación, sexo, orientación o identidad sexual, género, enfermedad que padezca o discapacidad.
  3. Abuso de confianza.
  4. Prevalerse de cargo público que tenga el culpable.
  5. Ser reincidente.
  6. Para finalizar, el código penal habla de la circunstancia mixta de parentesco, que en el caso del homicidio y del asesinato es una circunstancia agravante.

La consecuencia de la aplicación de una agravante es que se impone la pena en su mitad superior. A continuación, vamos a ver las penas que se pueden imponer en el delito de homicidio intentado.

¿Cuál es la pena por homicidio en grado de tentativa?

Para conocer la pena de homicidio en grado de tentativa tenemos que partir de la pena en abstracto (o genérica, para entendernos) que se impone en el caso de que el homicidio sea consumado.

La pena por homicidio consumado es de 10 a 15 años de prisión.

Puede imponerse la pena superior en grado (de 15 a 22 años y medio) cuando la víctima sea menor de 16 años o persona especialmente vulnerable, que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima o que el delito se hubiere cometido por quien perteneciera a un grupo u organización criminal.

La tentativa se castiga bajando la pena uno o dos grados a las que acabamos de ver, según se establece en el artículo 62 del Código Penal.

Supuesto de caso real:

Si partimos del supuesto más común, con la pena de 10 a 15 años de prisión, bajar un grado supone hablar de una pena de 5 a 10 años de prisión, y bajar dos grados, de dos años y seis meses a cinco años.

En el homicidio agravado (con pena de 15 a 22 años y medio), bajando un grado tenemos una pena de siete años y medio a 15 años, y bajando dos grados, una pena de tres años y nueve meses a siete años y medio de prisión.

Es evidente que la diferencia de bajar un grado o dos es muy grande, y en esto el código penal no aclara demasiado. Sin embargo, la jurisprudencia es la que ha matizado la aplicación de la pena bajando un grado o dos atendiendo al grado de ejecución alcanzado por el autor. Es decir, lo que hablábamos antes de la tentativa acabada e inacabada. En el Código Penal anterior al de 1995 se regulaba con más detalle esta cuestión, siendo la Jurisprudencia actualmente la que debe ponderar los hechos en cada caso concreto.

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7 comentarios en “Homicidio en grado de tentativa: ¿cuál es la pena?”

  1. Buenas, ¿es posible un concurso ideal de tentativa de asesinato acabada con lesiones consumadas imprudentes? En el caso de que al disparar a alguien con ánimo de matarlo le haya dejado lesiones. Gracias

  2. No, sería un delito de asesinato intentado, en el que habría que indemnizar las lesiones (días de curación de hospitalización, impeditivos y no impeditivos, y las secuelas. Pero no en concurso con lesiones. Un saludo.

  3. La aplicación del tratamiento terapéutico en los sentenciados por el delito de feminicidio permitiría su readaptación social?
    ¿La aplicación del tratamiento terapéutico en los condenados a la pena privativa de libertad efectiva para los delitos comprendidos en los artículos del presente capítulo I?

  4. hola buen dia,en la madrugada del dia dehoy venia por la aveida 68 rumbo a mi hogar cuando transitando en la cicla pasaun bus de las placas blancas privado por un lado y me lanza el bus con animo de atropellarme donde solo paso rozando y casi me hace caer. solo me aguante lo suficiente para evitar la caida. este hecho como se denomina??? si alguien es amable en responder ya que inicio acciones legales tengo la placa del vehiculo en cuestion. gracias por su colaboracion

  5. Luis Linares Sánchez

    Hola, mi nombre es Luis de sesenta años, tuve una agresión por un individuo de unos 25 años, fuerte, en la puerta del bloque donde vivo, me cogió desprevenido abusando de la confianza me arrastró uno 400m. Hasta su vivienda desangrandome por la boca golpeandome en la cara ,cabeza, cuerpo perdiendo la prótesis dental dental (quedándome unas secuelas en la boca). Al intentar introducirme en su vivienda cayó de espalda, pude incorporarme y salir a la acera llegando en ese momento la policía y me desmayé, (detuvieron al individuo en ese momento, impregnado de toda la sangre que yo iba perdiendo) ingresado 4 veces en 20 días, me tuvieron que administrar 7 bolsas de sangre, me tuvieron que coser el interior de la boca a ras de la encía por lo que me tienen que hacer implantes tanto arriba como abajo, costando más de 12000€, soy pensionista. Me han asignado un abogado de oficio en dos ocasiones sin hacerme ningún caso y he tenido que poner una queja en Colegio de abogados, estando a la espera.
    Mi intención es que lo vean como homicidio en grado de tentativa con alevosía.
    Me puede ayudar algún especialista para el caso?, gracias.

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