Negligencias médicas en infartos

Negligencias médicas en infartos

Las negligencias médicas en casos de infartos son situaciones que pueden tener consecuencias graves para los pacientes y sus familias. En este artículo, exploraremos en detalle qué implican estas negligencias médicas y cómo pueden afectar el tratamiento y la recuperación de los pacientes que sufren un infarto.

¿Qué es un infarto agudo de miocardio?

El infarto agudo de miocardio aparece de forma brusca, cuando se produce una falta de riego sanguíneo a una parte del corazón al obstruirse las arterias coronarias.

Los síntomas que nos deben llevar a sospechar su presencia son: dolor en el pecho tipo opresivo, que se irradian al hombro o al brazo, espalda, cuello, mandíbula. En ocasiones también se manifiesta con dolor en la parte alta del abdomen. Suele acompañarse de náuseas y sudoración.

Negligencia médica por retraso de diagnóstico de infarto

El infarto de miocardio es una situación de urgencia vital, ya que implica una alta tasa de mortalidad. Por ello, es fundamental realizar al paciente toda una serie de pruebas diagnósticas cuando se sospecha un infarto.

El ECG (electrocardiograma) es la prueba más utilizada, y debe realizarse durante su traslado al hospital en ambulancia y, si no es posible, en cuanto llegue el paciente al servicio de urgencias. Es una prueba rápida, sencilla e indolora, que nos informará si se está produciendo un infarto, y éste se ha producido hace un tiempo.

Se debe realizar también análisis de sangre, ya que éstos pueden detectar unas enzimas que aparecen cuando hay destrucción del músculo del corazón. Los niveles de enzimas nos orientarán ante la sospecha de un infarto.

Y la radiografía de tórax, que servirá para descartar la existencia de otras enfermedades que se pueden manifestar con síntomas similares a los del infarto; o también para detectar complicaciones secundarias al infarto.

La angiografía o cateterismo cardiaco sirve para localizar la obstrucción de la arteria coronaria y, a la vez, actuar sobre esa obstrucción. 

Todas estas pruebas, rápidas, sencillas y disponibles en cualquier servicio de urgencias del hospital, deberán realizarse para descartar o confirmar la sospecha diagnóstica de un infarto, y en el menor tiempo posible.

El retraso en la realización de estas pruebas se traducirá en un retraso diagnóstico del infarto, lo que puede significar que ya no se puedan aplicar los tratamientos necesarios para su resolución.

Negligencia médica por falta de seguimiento al paciente

En un paciente diagnosticado de una cardiopatía, o al que se le ha detectado una estenosis (estrechamiento) de una arteria coronaria, deberá seguir un control estrecho por el especialista, ya que es paciente de riesgo ante un posible infarto.

El especialista ordenará la realización de una serie de pruebas de control, que permitirán ir valorando la evolución de aquellas lesiones y, en su caso, poder poner los medios necesarios antes de que se produzca un daño, como puede ser un infarto.

Hay negligencia en los casos en los que no se ordenan esas pruebas de control o bien, realizadas las mismas e informando de una situación de riesgo, el médico no informa de ello al paciente ni le cita para realizar los procedimientos terapéuticos oportunos que eviten un infarto.

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Negligencia médica por retraso de la ambulancia

Ante un paciente que sufre un infarto en su domicilio, se debe llamar de forma inmediata al Servicio 112 para activar el aviso por una urgencia vital. Recibida la llamada en el 112, se deben activar los medios disponibles sin demora.

Además, tratándose el aviso de un posible infarto, se deben enviar al domicilio los recursos técnicos y humanos adecuados para atender esa situación de emergencia.

El retraso en activar la ambulancia, o bien, activar una ambulancia no medicalizada o sin instrumental necesario para atender un infarto, constituye una mala praxis por parte del servicio 112, que puede traducirse en el fallecimiento del paciente, que no recibe la asistencia médica que necesita en tiempo.

¿Qué necesito para reclamar una negligencia médica en un infarto agudo de miocardio?

Es fundamental contar con la historia clínica completa, incluidas las pruebas diagnósticas por imagen realizadas.

En estos casos, suele ser habitual que la primera asistencia sea en el centro de salud, por lo que deberemos solicitar del médico de guardia el informe de su asistencia, así como la derivación al hospital, en su caso.

Cuando ha existido un aviso al servicio 112 o de emergencias sanitarias, se debe solicitar copia del informe de asistencia de este servicio, que normalmente acompaña al paciente durante su traslado al hospital y es entregado allí; así como la grabación y transcripción de las llamadas telefónicas efectuadas, en las que se indique la hora de entrada de la llamada, hora de activación del dispositivo de asistencia, hora de llegada al domicilio, hora de traslado al hospital y hora de llegada.

¿Qué vamos a hacer para demostrar que hubo una negligencia médica?

En todos los casos en los que se sospeche una negligencia médica, debemos contar con un abogado experto que nos asesore sobre cómo actuar en tales casos.

Lo primero que debemos hacer es contar con un informe pericial de viabilidad, que nos indique si hubo mala praxis: qué se hizo mal, qué se debió haber hecho y qué daños se podían haber evitado con una actuación distinta.

Con ese informe pericial, como abogados expertos, te informaremos de cuáles son las distintas opciones para reclamar por una negligencia médica en tu caso concreto.

SENTENCIAS

  1. Indemnizan con 142.000€ a la viuda e hija de un paciente fallecido como consecuencia de un error diagnóstico, que llevó a que el paciente sufriera un infarto que no supieron diagnosticar.

El paciente había sido remitido al servicio de urgencias del hospital por su médico de atención primaria en dos ocasiones, al referir éste que tenía sensación de falta de aire y asfixia. En la primera ocasión, no se realizó ninguna prueba diagnóstica, y el paciente fue dado de alta sin saber a qué se debía esa sensación de asfixia; al día siguiente, cuando vuelve al hospital remitido por su médico de cabecera, se le diagnosticó de ansiedad, mandando medicación. 

Dos días más tarde el paciente sufrió un infarto agudo, falleciendo.

  1. Indemnizan a la familia de un joven fallecido tras sufrir un infarto en su domicilio, por el retraso en la asistencia de la ambulancia.

El joven cayó desplomado en su domicilio en presencia de su madre, enfermera de profesión, quien inmediatamente llamó al servicio 112 explicando la situación, y comenzando maniobras de resucitación. La coordinadora del 112 que recibió la llamada dio por sentado que el joven había fallecido, por lo que no activó el protocolo de “parada respiratoria” y la presencia de la UME para realizar maniobra de recuperación cardiopulmonar y traslado del paciente al Hospital, sino casi 45 minutos después de haber recibido la primera llamada.

Cuando la UME llegó al domicilio, el joven ya había fallecido, a pesar de las maniobras que venía realizando la madre, sin medios suficientes para sacar a su hijo de la situación de parada.

¿Deseas contactar con el abogado experto en Negligencias Médicas,
Santiago Díez Martínez?

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