Indemnización por muerte por negligencia médica

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La indemnización por muerte debido a negligencia médica es un tema delicado y lamentablemente relevante en el ámbito legal y de la salud. En este artículo, abordaremos la cuestión de la indemnización en casos de fallecimiento como resultado de una negligencia médica.

¿Qué se considera negligencia médica?

La imprudencia llevada a cabo en el tratamiento de un enfermo en cualquiera de sus fases, desde la información sobre el proceso asistencial, el acto médico concreto y el seguimiento de la evolución hasta el alta médica, y que como consecuencia de tal imprudencia se provoca un daño personal y/o moral al enfermo o sus familiares. 

Esa imprudencia generalmente se concreta en una mala praxis: la desviación de la buena práctica médica según las circunstancias del enfermo, el lugar y el tiempo en el que acaece, todo ello conforme al estado de la ciencia y los medios de los que se dispone. 

Es importante tener en cuenta que la negligencia debe de alterar el curso normal de los acontecimientos, debe de causar un daño que, de haberse hecho bien las cosas, no se hubiera producido. 

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¿Cómo se puede comprobar que una persona ha fallecido por una negligencia médica?

En primer lugar está la sensación que sobre el proceso asistencial del enfermo tenga  el mismo o sus familiares. Muchas veces la familia y el propio enfermo saben de primera mano que las cosas no se han hecho bien, que ha existido una negligencia.

Esas sensaciones tienen que ser corroboradas por peritos médicos o médicos forenses que evalúen sí efectivamente ha existido una negligencia médica, si ha existido una infracción de  la buena práctica médica en el caso concreto.

Por lo tanto, primero la intuición personal y segundo la corroboración pericial son los factores que van a desencadenar la confirmación -o no- de lo que sospechamos.

Si la negligencia ha provocado un fallecimiento será importante, aunque no imprescindible, contar con una necropsia clínica o una autopsia judicial. Decimos que no es imprescindible porque muchas veces las situaciones que genera el fallecimiento de un familiar  impiden contar con esos procedimientos forenses sobre el cadáver. Suele ser suficiente para la evaluación de la existencia de negligencia médica con los informes médicos existentes, si dejan clara la causa de la muerte y los procesos médicos que han precedido a ese fallecimiento.

 ¿Cómo se reclama el fallecimiento por la negligencia médica?

En primer lugar, si estamos ante una muerte que sucede y sabemos que se ha producido en circunstancias sospechosas una primera vía será acudir a interponer una denuncia penal contra el médico o médicos responsables y solicitar la realización inmediata de una autopsia judicial sobre el cadáver que aclare las circunstancias.

En segundo lugar, de forma más dilatada en el tiempo pero sin traspasar el año, podemos interponer una reclamación administrativa que inicie un procedimiento de Responsabilidad Patrimonial contra la Administración Autonómica titular del servicio de salud público que consideremos responsable del fallecimiento

Y por último, si la atención médica ha sido en el ámbito privado o pretendemos ir contra la compañía de seguros del servicio de salud público, iniciaremos acciones civiles contra los médicos, hospitales y/o sus compañías de seguro de responsabilidad civil. 

¿Cómo se calcula la indemnización por muerte debido a una negligencia médica?

Normalmente se acude por analogía a calcular lo que se percibirá en un caso de un fallecimiento que hubiera sucedido en un accidente de tráfico. En ese ámbito existe un baremo que calcula este tipo de indemnizaciones teniendo en cuenta las circunstancias familiares, económicas y perjuicios patrimoniales causados.

No obstante, como ese baremo no calcula las especiales circunstancias que se dan en un proceso de negligencia médica, donde el daño moral suele ser extraordinario, se podrá solicitar un aumento de la indemnización precisamente teniendo en cuenta estas circunstancias. Dicho incremento es bastante habitual en la jurisdicción penal y no tanto en el resto de supuestos.

¿Quién cobra la indemnización por muerte por la negligencia médica?

Cobran los familiares y allegados más cercanos. 

El cónyuge, pareja de hecho, hijos, padres y hermanos del fallecido son los principales beneficiarios de esas indemnizaciones por negligencia médica, aunque también es posible ampliar a otros perjudicados, como allegados, cuando se acredite que existe un vínculo con el fallecido, ya sea por la convivencia o dependencia económica.

¿Cuál es el plazo para cobrar la indemnización?

El cobro de una indemnización va supeditado a una sentencia estimatoria de la demanda, una resolución administrativa o en su caso un acuerdo entre las partes. Por tanto en defecto de acuerdo, hasta que no se dicte esa resolución estimatoria que ponga fin al procedimiento, sea cual sea la vía escogida para tal reclamación, no existe tal derecho.

Los plazos para el cobro de la indemnización  por fallecimiento en caso de negligencia médica varían mucho, lo normal entre 1 a 2 años, pero se puede alargar si se recurren las sentencias o se pueden acortar si se llega a un acuerdo rápido.

Sí existe un plazo para interponer la reclamación o demanda, dependiendo de si estamos ante una asistencia en el servicio público de salud o bien a través de un centro privado. En el primer caso, el plazo es de 1 año; en el segundo, de 5 años.

¿Por qué necesitas a un abogado experto en negligencias médicas para ayudarte?

Es importante contar con un asesoramiento por parte de un abogado especialista en derecho sanitario y negligencias médicas, puesto que se trata de una materia muy compleja. Un buen asesoramiento y una correcta dirección letrada del asunto por parte de un especialista es fundamental en este tipo de asuntos.

Los despachos especializados como el nuestro, aparte de contar con la experiencia y conocimientos  acumulados de cientos de casos exitosos, cuentan con una red de peritos médicos especialistas, especialistas en medicina legal y forense y valoradores del daño, esenciales para lograr el éxito y el cobro de una indemnización.

Casos de muerte por negligencia médica

  1. Caso de denuncia en vía penal por el fallecimiento de una paciente, atendida por una MIR de 1º año, que en lugar de diagnosticar un ICTUS, al no contar con la supervisión de un adjunto (obligada por ser su primer año), emitió el diagnóstico de GONALGIA (dolor de rodilla). La paciente falleció como consecuencia de ese ICTUS no diagnosticado y, por tanto, no tratado.
    1. Condena a la médico, por homicidio por imprudencia profesional.
    2. Indemnización a favor de sus hijas: 200.000 €.
  2. Caso de procedimiento contencioso administrativo  por el fallecimiento de un paciente. Se estimó  que hubo una asistencia sanitaria deficiente por parte de los servicios públicos sanitarios del Sacyl. Se llega a la conclusión de que en el presente caso ha habido mala praxis, porque no se han cumplido los protocolos para el diagnóstico y tratamiento de una insuficiencia renal aguda severa  al no interpretarse  de forma adecuada y proporcional la imagen de la radiografía de abdomen que mostraba la típica alteración . Se condena a la aseguradora a indemnizar a la familia con 150.000€.
  3. Procedimiento contencioso-administrativo: Se condena a la Consejería de Sanidad y su Aseguradora al pago de 142.000€ por el fallecimiento de un paciente a causa de un infarto no diagnosticado. El paciente acudió en diversas ocasiones al hospital aquejado de dificultad para respirar, sin que se investigara un posible infarto.
    1. En este caso, se indemniza a la viuda, hijos y a la madre del fallecido, ya que ésta convivía en el domicilio familiar del paciente fallecido. 
  4. Caso de procedimiento civil por el fallecimiento de un anciano a consecuencia de una grave deshidratación en una residencia de ancianos. Se consideró que los servicios médicos de la residencia de ancianos eran responsables del fallecimiento del paciente al no tomar las medidas adecuadas para alimentar y medicar a un paciente anciano. Se condenó a la residencia como responsable a una indemnización de 160.000€ a la esposa y a su hija. 
  5. Acción directa contra la Aseguradora del Servicio Público de Salud: se demanda a la aseguradora por el fallecimiento de un recién nacido, infectado por una bacteria en la Unidad de Neonatos. Se acreditó que la bacteria que causó el fallecimiento del bebé procedía de las manos de una de las enfermeras encargadas de su cuidado, al no realizar una correcta limpieza después de ir al aseo.
    1. Presentada la demanda, se alcanzó un acuerdo con la Aseguradora, evitando así el procedimiento, sin que se llegara a celebrar el juicio. 
    2. El acuerdo alcanzó la homologación judicial.
    3. Se alcanzó un acuerdo indemnizatorio en la suma de 135.000 €.

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Santiago Diez Martínez?

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