¿Me pueden expulsar del ejército por consumo de drogas fuera de servicio?

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¿Me pueden expulsar del ejército por consumo de drogas fuera de servicio?, ¿qué opciones tengo si me hacen un test antidroga y doy positivo? Gema Gallego Gallego, abogada experta en Derecho Militar, ofrece su ayuda a los militares que están pasando por un proceso de expulsión o corren riesgo de ser expulsados del ejército por distintos motivos, incluso por positivo en drogas.

¿Cuándo se considera que se consumen drogas de forma reiterada fuera de servicio?

El artículo 10 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas es el que define qué se entiende por reiteración a efectos disciplinarios.

En este sentido, se considera que se consumen drogas de forma reiterada fuera de servicio cuando existe un consumo de drogas en tres o más ocasiones en un periodo de 2 años. Ese periodo de 2 años se computa de fecha a fecha desde la comisión del primer resultado positivo.

Esto quiere decir que existirá reiteración en el consumo de drogas cuando en los análisis realizados en el ámbito de las Fuerzas Armadas existan como mínimo tres resultados positivos en un periodo de 2 años como se ha indicado.

Por tanto, y si finalmente existe por parte del militar un consumo de drogas tóxicas de forma reiterada fuera del servicio, se inicia un expediente disciplinario por la presunta comisión de la falta muy grave contemplada en el apartado 8 del artículo 8 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Si el militar es considerado autor de dicha falta muy grave, la sanción que puede serle impuesta sería alguna de las siguientes:

-Arresto de 31 a 60 días en Establecimiento Disciplinario Militar

-Suspensión de empleo

-Separación del servicio

-Resolución de compromiso

¿Por qué pueden expulsarme por consumir drogas fuera de servicio?

Te pueden expulsar del ejército por consumir drogas fuera de servicio por cuanto nos encontramos ante una conducta contraria a las reglas de comportamiento de los militares. O dicho de otro modo, es contraria al código de conducta de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Por este motivo el consumo de drogas fuera de servicio se encuentra tipificado como una falta muy grave prevista en el apartado 8 del artículo 8 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

En concreto, una de las conductas que se regula en dicho apartado es el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas de forma reiterada fuera del servicio.

El Instructor del oportuno expediente disciplinario propondrá la sanción a imponer al militar si queda probada esta conducta y finalmente la autoridad con competencia sancionadora será la que confirme qué sanción se impone. 

No obstante, el militar siempre tiene que tener en cuenta que la comisión de esta falta muy grave puede traer consigo la separación del servicio si es militar de carrera o la resolución de compromiso si es militar temporal. En definitiva, su expulsión de las Fuerzas Armadas.

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¿Me pueden expulsar del ejército si consumo CBC o marihuana en mi tiempo libre? (CBC o CBD)

El consumo de cannabis y sus derivados durante tu tiempo libre de forma reiterada dará lugar sin ningún género de dudas a que te inicien el oportuno expediente disciplinario por la posible comisión de la falta muy grave contemplada en el apartado 8 del artículo 8 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Sin  embargo, la sanción a imponer no podrá ser para este caso ni la resolución de compromiso ni la separación del servicio. Es decir: si el expediente disciplinario se ha iniciado por el resultado positivo a consumo de cannabis o sus derivados en al menos tres ocasiones en un periodo de 2 años, nunca se va a imponer ninguna de las sanciones anteriores y, por tanto, no te van a expulsar del ejército.

A este respecto se ha pronunciado la Sala V de lo Militar del Tribunal Supremo en reiteradas ocasiones reconociendo que al no encontrarnos  en el consumo de cannabis o sus derivados ante una droga de las denominadas como “drogas duras”, el hecho de imponer la sanción de mayor gravedad como es la de resolución de compromiso o de separación del servicio que suponen la expulsión de las Fuerzas Armadas resulta desproporcionado y que, por ese motivo, procede imponer la sanción disciplinaria de suspensión de empleo en su máxima extensión, esto es, durante 1 año, pero no la de resolución de compromiso o de separación del servicio.

¿Me pueden expulsar del ejército si vendo la marihuana que no puedo consumir?

La venta de marihuana o de cualquier otro tipo de droga  no estaría encuadrada en el tipo disciplinario del que estamos hablando. Por tanto, no se encuentra esa actuación incluida en el apartado 8 del artículo 8 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Estamos hablando de unos hechos que podrían suponer la comisión de un delito. Por tanto, y si se confirma la autoría por parte del militar de los mismos, se le impondrá la condena oportuna y además  supondría su expulsión de las Fuerzas Armadas.

Gema Gallego Gallego, abogada experta en derecho militar

¿Cuántas advertencias tienen que hacerme para poder expulsarme del ejército por consumo de drogas fuera de servicio?

No es necesario que se realice ninguna advertencia para poder expulsarte del ejército por consumo de drogas fuera de servicio. Depende de si das positivo en las pruebas de drogas del ejército.

Si tienes al menos tres resultados positivos de consumo de drogas en un periodo de 2 años, debes conocer que directamente se te va a iniciar el oportuno expediente disciplinario por la posible comisión de la falta muy grave contemplada en el apartado 8 del artículo 8 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Además, no debes olvidar que si finalmente te consideran autor de dicha falta muy grave la autoridad sancionadora puede imponerte la sanción de separación del servicio si eres militar de carrera o de resolución de compromiso si eres militar temporal que, en ambos casos, supone la expulsión  de las Fuerzas Armadas.

Puedes aprender más sobre la acumulación de positivos en test de drogas en el ejército haciendo click en el enlace.

¿Puedo reclamar para anular la expulsión del ejército por consumo de drogas fuera de servicio?

Sí, por supuesto que puedes reclamar para anular la sanción que se te imponga en un expediente disciplinario por consumo de drogas fuera de servicio.

Si no estás de acuerdo con la sanción, podrás presentar el oportuno recurso de alzada contra el superior jerárquico de la autoridad que haya dictado la resolución sancionadora en el plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la misma. Puedes aprender en este artículo como reclamar un falso positivo en un test de drogas.

Si dicho recurso de alzada fuera desestimado, la vía administrativa habrá quedado agotada y podrás interponer el oportuno recurso contencioso-disciplinario ante el órgano judicial que resulte competente perteneciente a la Jurisdicción Militar.

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Gema Gallego Gallego?

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2 comentarios en “¿Me pueden expulsar del ejército por consumo de drogas fuera de servicio?”

  1. Dice que si los 3 positivos o más son por canabis, la falta será la de suspensión de empleo en su máxima extensión, pero esa sanción es solo para los militares de carrera, no para la tropa con una relación de carácter temporal

    1. La sanción de suspensión de empleo no se aplica sólo a los militares de carrera. Se aplica también a los militares temporales.
      Lo que dice la norma exactamente es que «la suspensión de empleo, aplicable únicamente a los militares profesionales, (…)»

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