Soy militar y me acusan de participar en una pelea fuera de servicio, ¿puedo perder el destino?

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Soy militar, ¿a quién debo dar parte tras participar en una pelea fuera de servicio?, ¿cuáles son las consecuencias?, ¿qué puedo hacer si me quieren quitar el destino por haber participado en una pelea fuera de servicio?. ¿Cómo puedo demostrar que participé en una pelea fuera de servicio en defensa propia o para defender a un civil?. Y si ya me quitaron el destino por participar en una pelea fuera de servicio, ¿cuándo podré recuperarlo? Todo lo relevante sobre este tema lo explica la abogada Gema Gallego Gallego, experta en Derecho Militar.

Soy militar, ¿a quién debo dar parte tras participar en una pelea fuera de servicio?

Cuando un militar participa en una pelea en el ámbito de su vida privada y, por tanto, fuera de su actividad profesional y de su lugar de trabajo, no tiene obligación de informar a sus superiores de estos hechos.

Forma parte de su esfera privada y como digo no es necesario informar al respecto.

Cosa distinta es que esa pelea fuera de servicio pueda dar lugar a la comisión de algún tipo de delito que conlleve la puesta a disposición judicial del militar. En este sentido, si el órgano judicial dictara una Sentencia condenando al militar, el mismo tiene obligación de dar traslado de dicha Sentencia a la Unidad de destino del condenado. Siempre y cuando se haya identificado como militar, claro está.

En ese caso suele ser recomendable informar a los superiores por una cuestión de deferencia puesto que dicha resolución judicial se va a recibir en la Unidad. Pero no existe una obligación como tal. 

Para demostrar que el militar ha participado en una pelea fuera de servicio para defender a un civil, es fundamental la declaración de la persona a la que se ha ayudado o por la que se haya intercedido.

Gema Gallego Gallego, abogada experta en Derecho Militar.

¿Cuáles son las consecuencias de participar en una pelea fuera de servicio si soy militar?

Las consecuencias que puede traer para un militar el participar en una pelea fuera de servicio en el ámbito profesional dependen de cómo acabe la misma. O dicho de otro modo, de cómo se desarrollen los acontecimientos.

Si dicha pelea provoca la comisión de algún tipo de delito de los previstos en el Código Penal que conlleve la puesta a disposición judicial del militar sí puede traerle consecuencias en el ámbito laboral.

En este sentido, si el órgano judicial dicta una Sentencia condenando al militar como autor de un  delito, las consecuencias son diferentes si nos encontramos ante un militar de carrera o ante un militar con carácter temporal o con compromiso de larga duración.

El militar condenado como autor de un delito puede ser sancionado disciplinariamente como autor de la falta muy grave prevista en el apartado 14 del artículo 8 de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Para poder ser sancionado como autor de dicha falta se exige:

  • Que exista una condena por Sentencia firme en aplicación de leyes distintas al Código Penal Militar con pena de prisión por un delito doloso o con pena de prisión superior a 1 año por delito cometido por imprudencia.
  • Debe afectar a la imagen pública de las Fuerzas Armadas, a la dignidad militar o causar daño a la Administración.

Las sanciones que se pueden imponer si finalmente se considera al militar como autor de la  falta podría ser alguna de las siguientes:

  • Arresto de 31 a 60 días en  Establecimiento Disciplinario.
  • Suspensión de empleo.
  • Separación del servicio: esta sanción sólo se aplica a los militares de carrera.
  • Resolución de compromiso: de aplicación en exclusiva a los militares de carácter temporal.

Por otro lado, si el militar autor de un delito tiene carácter temporal o con compromiso de larga duración, y el delito cometido presenta carácter doloso, entonces se podrá proceder a resolver su compromiso. 

Para ello se inicia la tramitación de un expediente administrativo con audiencia del interesado donde se valora tanto el tipo de delito como la pena impuesta. Tras realizar ese análisis se  determina si se resuelve el compromiso del militar o no.

¿Qué puedo hacer si me quieren quitar el destino por haber participado en una pelea fuera de servicio?

Si un militar participa en una pelea fuera de servicio no puede ser cesado en el destino por estos hechos.

Podría ocurrir, si el destino que ocupa el militar es de libre designación, que desde la Unidad de destino se iniciara un expediente con el fin de cesarle en la misma.

Sin embargo, es difícil que un expediente de este tipo pueda prosperar puesto que los hechos no están relacionados con el servicio y, por tanto, no podría motivarse debidamente por qué el militar no puede continuar desarrollando sus cometidos en ese destino.

¿Cómo puedo demostrar que participé en una pelea fuera de servicio en defensa propia?

Para demostrar que el militar ha participado en una pelea fuera de servicio en defensa propia es fundamental la prueba.

Será muy importante la valoración de declaraciones de testigos o grabaciones de los hechos realizadas con dispositivos móviles.

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¿Cómo puedo demostrar que participé en una pelea para defender a un civil?

En este caso, y para demostrar que el militar ha participado en una pelea fuera de servicio para defender a un civil, es fundamental la declaración de la persona a la que se ha ayudado o por la que se haya intercedido.

También serán importantes las declaraciones de los testigos o las grabaciones que se puedan haber realizado.

Me quitaron el destino por participar en una pelea, ¿cuándo podré recuperarlo?

Por el mero hecho de que el militar participe en una pelea y llegue a oídos de sus superiores no puede ser cesado en el destino. 

Si esto se produce hay que presentar el oportuno recurso de alzada contra la resolución que lo acuerde dirigido al superior jerárquico de la autoridad que lo haya acordado.

Cosa distinta es que al militar, como consecuencia de esos hechos, le inicien un expediente disciplinario por falta muy grave y se acuerde, como medida cautelar, su pase a la situación administrativa de suspensión en funciones con cese en el destino.

Sin embargo, ese cese en el destino no es consecuencia directa de los hechos en los que ha participado sino que deriva de la adopción de esa medida cautelar por haberle sido iniciado dicho expediente disciplinario.

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2 comentarios en “Soy militar y me acusan de participar en una pelea fuera de servicio, ¿puedo perder el destino?”

  1. Si dos militares se pelean sea fuera o dentro de cuartel y estos dos militares son de distinto galón y escala pero se quitan los galones,es falta leve xq está en pie de igualdad ,es abuso de autoridad o es sublevación que sanciones hay y donde sale específico en caso que sea leve o grave etc..

  2. El que el militar de tropa no sea permanente y no tenga contrato es delito??
    Que tengan al día de hoy salario base en 690 es legal?que se puede hacer

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