¿Cómo puedo adquirir el Compromiso de Larga Duración en el Ejército?

¿Te preguntas cómo adquirir el compromiso de larga duración en el ejército?, ¿cuándo puedes solicitarlo?, ¿qué requisitos debes reunir para poder solicitarlo? o ¿cuándo puedes solicitar el cambio de destino una vez concedido? Si es así, no puedes perderte el artículo de Gema Gallego Gallego experta en Derecho militar, en el que podrás solventar todas las dudas relativas a esta cuestión.

¿Quién puede solicitar el Compromiso de Larga Duración en el Ejército?

El Compromiso de Larga Duración puede ser solicitado por el militar perteneciente a la Escala de Tropa y Marinería que cumpla los requisitos necesarios para ello.

También puede solicitarlo el militar de complemento perteneciente a la Escala de Oficiales si reúne las condiciones requeridas.

¿Cuáles son los requisitos para adquirir el Compromiso de Larga Duración en el Ejército?

El militar perteneciente a la Escala de Tropa y Marinería debe reunir los siguientes requisitos para poder suscribir el Compromiso de Larga Duración:

  • Tener cumplidos más de 5 años de servicio. Al menos los 3 últimos años deben ser cumplidos en el Ejército con el que se suscribe ese compromiso.
  • Poseer en el momento de la firma del compromiso el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.
  • Tener la nacionalidad española.
  • Haber sido evaluado previamente y declarado idóneo.
  • Tener cumplidos determinados tiempos mínimos de permanencia en los destinos que establezca el Jefe del Estado Mayor del Ejército que corresponda.

El hecho de no haber superado las pruebas físicas no debe implicar necesariamente la declaración de no idoneidad del interesado por parte de la Junta de Evaluación.No obstante, la Junta valorará los resultados obtenidos para declarar finalmente la idoneidad o la falta de idoneidad del interesado para suscribir el Compromiso de Larga Duración.

Gema Gallego Gallego, experta en Derecho militar

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Para los militares de complemento se exigen los siguientes requisitos para suscribir el referido compromiso:

  • Tener cumplidos más de 5 años de servicios de los que, al menos, los 3 últimos serán con el Ejército con el que suscribe este compromiso.
  • Haber sido evaluado y declarado idóneo. 

¿Cuándo puedo solicitar el Compromiso de Larga Duración en el Ejército?

El militar interesado en suscribir el compromiso de larga duración que pertenezca a la Escala de Tropa y Marinería puede presentar la oportuna solicitud en el periodo comprendido entre la fecha en la que se perfeccionan los 5 años de servicios y los 3 meses naturales anteriores al mes de cumplir los 6 años de servicios. 

En cuanto al militar de complemento, el plazo límite para presentar la solicitud son los 3 meses naturales anteriores al mes de cumplir los 6 años de servicio.

He solicitado el Compromiso de Larga Duración en el Ejército, ¿cuánto tardaré en saber si es favorable?

En principio el plazo máximo para resolver el expediente de renovación de compromiso es de 6 meses contados desde la fecha en que la solicitud tiene entrada en el registro de la Unidad que va a tramitar el expediente.

Sin embargo, y en la práctica, este plazo suele ser bastante superior. 

¿Qué pasa si ha finalizado mi compromiso y sigo sin saber si me conceden el Compromiso de Larga Duración?

Si se diera el caso de que llega la fecha de finalización del compromiso pero todavía no se ha resuelto ese expediente que determine si se le concede o no al militar la suscripción del Compromiso de Larga Duración, la Administración procederá a prorrogar automáticamente el compromiso hasta que se resuelva ese procedimiento de renovación.

¿Puedo adquirir el Compromiso de Larga Duración en el Ejército antes de los 6 años de permanencia máxima en destino?

No. La adquisición del Compromiso de Larga Duración sólo se puede hacer efectiva cuando se han cumplido los 6 años de servicio en las Fuerzas Armadas.

¿Pueden obligarme a cambiar de destino para poder firmar el Compromiso de Larga Duración en el Ejército?

El cambio de destino no es requisito necesario para poder suscribir el Compromiso de Larga Duración.

Cosa distinta es que el destino que se ocupa tenga un tiempo de máxima permanencia en el mismo y que la concesión de ese compromiso coincida con la fecha en que se cumple ese tiempo de permanencia. 

Entonces, evidentemente, será necesario que se lleve a cabo ese cambio de destino. Pero no por ser una consecuencia directa de la suscripción del Compromiso de Larga Duración sino por las características propias de la vacante que se ocupa.

¿Se puede renovar el Compromiso de Larga Duración en el Ejército?

Tal y como comento en mi artículo Reservista de Especial Disponibilidad o desvinculación de las Fuerzas Armadas: ¿Qué hacer al terminar mi compromiso de larga duración en el ejército? El Compromiso de Larga Duración no se puede renovar. Una vez finalice el mismo, el militar tendrá que decidir si adquiere la condición de Reservista de Especial Disponibilidad o si se desvincula definitivamente de las Fuerzas Armadas. 

¿Pueden impedirme adquirir el compromiso de larga duración por no haber superado el Test General de Condición Física (TGCF)?

El hecho de no haber superado las pruebas físicas no debe implicar necesariamente la declaración de no idoneidad del interesado por parte de la Junta de Evaluación.

No obstante, la Junta valorará los resultados obtenidos para declarar finalmente la idoneidad o la falta de idoneidad del interesado para suscribir el Compromiso de Larga Duración.

¿Estoy obligado a cambiar de Unidad para poder adquirir el Compromiso de Larga Duración en el Ejército?

No. El cambio de Unidad no es obligatorio para poder suscribir el Compromiso de Larga Duración.

¿Después de adquirir el Compromiso de Larga Duración en el Ejército, puedo opositar a algún cuerpo de policía y pedir el cambio?

Una vez suscrito el Compromiso de Larga Duración no existe impedimento alguno en opositar a cualquier Cuerpo de Policía o Guardia Civil.

En este sentido, la Ley de Tropa y Marinería establece que dicho compromiso se resolverá por el ingreso del militar en un centro de formación de la Guardia Civil o del Cuerpo Nacional de Policía.

Por tanto, se causaría baja en las Fuerzas Armadas de manera automática.

Acabo de adquirir el Compromiso de Larga Duración en el Ejército, ¿cuándo podré solicitar el cambio de destino?

Todo dependerá de las características propias de la vacante que se ocupe en el momento en que se haga efectiva la suscripción de dicho compromiso. 

Por tanto, habrá que tener en cuenta si esa vacante tiene establecido un tiempo de mínima o de máxima permanencia en el destino. También habrá que valorar si se ha sido destinado al mismo con carácter voluntario, anuente o forzoso.

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1 comentario en “¿Cómo puedo adquirir el Compromiso de Larga Duración en el Ejército?”

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