Subsidio de desempleo por tener cargas familiares

Subsidio de desempleo por tener cargas familiares

Las cargas familiares a efectos del subsidio por desempleo: ¿Cuánto importe y tiempo se percibe por el subsidio? ¿Cómo reclamarlo? Requisitos para acceder a este tipo de subsidio. El cómputo de los ingresos de la pareja de hecho, cuando se trata de hijo común. Valentín Jesús Aguilar Villuendas, experto en Derecho del trabajo, responde a continuación a estas y otras preguntas sobre el subsidio de desempleo por tener cargas familiares.

Introducción

En primer lugar, se debe aclarar que el subsidio por desempleo es una prestación económica no contributiva, que reciben aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo que no tengan recursos y que tengan cargas familiares, siempre que hayan agotado la prestación contributiva o no tengan derecho a la misma.  

Las cargas familiares a efectos del subsidio por desempleo

Uno de los supuestos por el que se puede acceder al subsidio por desempleo es el que analizaremos en este artículo, concretamente, cuando el desempleado tiene cargas familiares y ha trabajado más de tres meses, pero menos de un año (supuesto en el que no se tiene derecho a la prestación contributiva); o se ha agotado la prestación contributiva por desempleo. 

El SEPE en ocasiones concede este subsidio y, meses después, por alguna comprobación, suspende el mismo y pide la devolución acumulada de todo lo cobrado, alcanzando cifras importantes. Otras veces deniega la solicitud del subsidio.

Valentín Jesús Aguilar Villuendas, abogado experto en Derecho del trabajo.

¿Cuánto importe y tiempo se percibe por el subsidio?

El importe es el 80% del IPREM. En el año 2022 el subsidio asciende a 463,21 euros mensuales.

La duración varía en función de la prestación contributiva previa disfrutada y la edad, si bien con una duración inicial de 6 meses, se puede prorrogar, de mantenerse los requisitos, hasta los 30 meses. 

En caso de acceder, sin pasar por la prestación de desempleo, variará en función del tiempo cotizado. Si se ha trabajado 3, 4 o 5 meses, se recibirá el subsidio el mismo período de tiempo que se ha trabajado.  Si se ha trabajado durante 6 o más meses, se puede llegar a cobrar el subsidio hasta 21 meses.

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He trabajado menos de un año

Tengo cargas familiares. Subsidio de desempleo

Requisitos para acceder al subsidio por cargas familiares

Una vez agotada la prestación por desempleo o finalizado el trabajo inferior a un año, se precisa: 

  • Encontrarse desempleado.
  • Estar inscrito como demandante de empleo, durante un mes desde que finalizó la prestación contributiva en caso de ser el supuesto, y mantenerse la misma durante el cobro.
  • Suscribir contrato de actividad.
  • Carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extras.
  • Tener responsabilidades familiares.
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El cómputo de los ingresos de la pareja de hecho, cuando se trata de hijo común

Centrándonos en el requisito de “tener responsabilidades familiares”, se debe aclarar que, para considerarse que existe responsabilidad familiar, es preciso tener a cónyuge o hijos/s menores de 26 años o mayores con discapacidad o menores acogidos, que dependan del solicitante y que no tengan rentas superiores al citado 75%, siempre que la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar, dividida entre el número de componentes no supere dicho importe.

En los últimos años ha sido controvertido el cómputo de los ingresos de la pareja de hecho en la unidad familiar, cuando existen hijos comunes de ambos.  

Este asunto fue llevado al Tribunal Supremo por el despacho de abogados Valentín Aguilar, en un supuesto en que la pareja de hecho tenía hijos comunes, concluyendo por primera vez en Sentencia del 17 de octubre de 2018 que, tanto por el tenor literal -que enumera solo a cónyuges- como por el criterio teleológico (finalista) o el histórico, debe afirmarse que la pareja de hecho no es equiparable al cónyuge, por lo que, no pueden tenerse en cuanta los ingresos de aquel. Posteriormente se dictó Sentencia por el Supremo el 27 de abril de 2022 en el mismo sentido.

No obstante, el Servicio Público de Empleo Estatal, en la Instrucción de 7 de noviembre de 2019, realizó una aplicación limitada de dicha Sentencia. Pues decidió interpretar que lo que el Supremo impedía era computar directamente los ingresos de la pareja al solicitante dentro de la unidad familiar. Pero, entendió que «dicho criterio jurisprudencial no se opone a la necesidad de determinar las rentas individuales de las que el hijo disponga o pueda disponer»; por lo que, podía computar al otro progenitor las cargas familiares y no al solicitante, siendo una vía alternativa para justificar la falta de requisitos para tener derecho a este tipo de subsidio. 

Así, no se considera hijo a cargo del solicitante del subsidio (por tanto, el solicitante no tendría cargas familiares y no cumpliría con el requisito para el derecho al subsidio), si al dividir los ingresos del otro progenitor entre él y el número de hijos dependientes, supere el límite de rentas legalmente previsto.

Los diferentes Juzgados y Tribunales mantienen en la actualidad distintos criterios. Algunos consideran que la práctica del SEPE es correcta y otros la consideran ilegal y contraria al criterio del Supremo. 

Desde este despacho se han conseguido distintas sentencias que mantienen que la nueva práctica es ilegal, pues no existe amparo normativo para computar ello. Entre otras que consideran ilegal esta práctica, la Sentencia conseguida por este despacho del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 12 de mayo de 2022.

¿Cómo reclamar el subsidio de desempleo por cargas familiares?

El SEPE en ocasiones concede este subsidio y, meses después, por alguna comprobación, suspende el mismo y pide la devolución acumulada de todo lo cobrado, alcanzando cifras importantes. Otras veces deniega la solicitud del subsidio.

En ambos casos se recomienda ponerse en manos de un despacho de abogados a fin de reclamar la procedencia de este subsidio.

¿Quieres contactar con el experto en Derecho Laboral, Valentín Jesús Aguilar Villuendas? Solicitar llamada.

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