Indemnización por muerte de trabajador en accidente laboral

Indemnización por muerte de trabajador en accidente laboral

Arys, despacho experto en derecho del seguro y con experiencia certificada con casos judiciales reales analizados, explican todo sobre la indemnización por muerte del trabajador en accidente laboral. ¿Cuáles son los derechos económicos de la viuda? ¿Quién tiene derecho a reclamar la indemnización? ¿Cómo se hace el cálculo? ¿Hay indemnización por accidente laboral si el trabajador estaba sin asegurar? ¿Se indemniza un accidente laboral con muerte si no hay contrato de trabajo?

¿Cuáles son los derechos económicos de la viuda de un trabajador muerto en accidente laboral?

Los derechos económicos de la viuda un trabajador fallecido en un accidente de trabajo varían en función de la causa que haya provocado el accidente. 

Existen una serie de derechos que son comunes al fallecimiento de cualquier trabajador, como por ejemplo la pensión de viudedad. 

Hay otros derechos cuya existencia depende de que el Convenio Colectivo aplicable al trabajador los contemple o no, cómo será la llamada “indemnización de convenio”. La mayor parte de los Convenios Colectivos contemplan esta indemnización, que otorga una cantidad a tanto alzado en el supuesto de fallecimiento de un trabajador como consecuencia de un accidente laboral, con independencia de la causa del siniestro. 

Finalmente, se encuentran los derechos económicos derivados del fallecimiento de un trabajador en un accidente laboral ocurrido como consecuencia del  incumplimiento por parte del empresario de las medidas de seguridad y salud en el trabajo. Es en este supuesto en el que los derechos económicos que tienen sus herederos son mayores.

Podemos distinguir:

  • 1º) El Recargo de prestaciones cuando un trabajador fallece como consecuencia de un accidente laboral provocado por el incumplimiento del empresario de las medidas de prevención de riesgos, la ley impone a la empresa la obligación de abonar un “recargo” de las prestaciones de la Seguridad Social a las que éste, o en su defecto sus herederos, tiene derecho. Este recargo determina un incremento de entre un 30% y un 50% de la base reguladora de la prestación del INSS de que se trate. 

La viuda de un trabajador fallecido, así como sus hijos menores de edad si los tiene, tienen derecho al cobro de una pensión de viudedad y orfandad respectivamente. Si el fallecimiento del trabajador se produjo como consecuencia del incumplimiento por el empresario de la normativa de prevención de riesgos, esas pensiones se verán incrementadas entre un 30% y un 50% con respecto a la cuantía que inicialmente le correspondería. 

  • 2º) En caso de que el Convenio Colectivo  aplicable al trabajador contemple una indemnización por fallecimiento en accidente laboral, la viuda (o en su defecto sus herederos legales) tendrá derecho a recibir la cuantía de esa indemnización
  • 3º) Cuando se produce el fallecimiento derivado del incumplimiento de las medidas de prevención de riesgos por parte del empresario, la viuda tendrá derecho también a  percibir una indemnización de daños y perjuicios. Toda vez que no existe un baremo específico para cuantificar estas indemnizaciones, la jurisprudencia emplea de forma habitual el baremo existente para los accidentados de tráfico, incrementado las cuantías fijadas en el mismo en torno a un 30%.
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¿Quién tiene derecho a reclamar la indemnización por la muerte de un trabajador en un accidente laboral?

Los derechos derivados del fallecimiento de un trabajador en un accidente laboral corresponden a sus herederos legales, habitualmente cónyuge e hijos. 

La ley protege a los trabajadores que sufren accidentes laborales o enfermedades profesionales en estas circunstancias, configurando una presunción de alta y obligando a la Mutua de accidentes de trabajo correspondiente a darle asistencia médica, con independencia de la responsabilidad que pueda tener el empresario por no haber dado de alta al trabajador. 

Arys, despacho de abogados expertos en derecho del seguro.

Pero debemos indicar que en los supuestos en los que el fallecimiento traiga su causa en el incumplimiento de prevención de riesgos por parte del empresario, podrían tener derecho a su propia indemnización algunas personas, como sus hermanos o allegados, en aplicación analógica del baremo de accidentados de tráfico.

¿Hay indemnización por accidente laboral si el trabajador estaba sin asegurar?

Si,  efectivamente un trabajador que sufre un accidente laboral tiene los mismos derechos que si estuviese asegurado. Lo que hay que tener en cuenta es la dificultad que supone su cobro. 

La ley protege a los trabajadores que sufren accidentes laborales o enfermedades profesionales en estas circunstancias, configurando una presunción de alta y obligando a la Mutua de accidentes de trabajo correspondiente a darle asistencia médica, con independencia de la responsabilidad que pueda tener el empresario por no haber dado de alta al trabajador. 

De la misma forma, tanto la Mutua de Accidentes de trabajo como el INSS son responsables subsidiarios del pago al trabajador de la prestación de incapacidad laboral temporal. Esto supone que si la empresa, responsable directa del abono de la baja laboral, no hace frente a ese pago, lo harán la Mutua o el INSS aunque no en su totalidad puesto que la responsabilidad de éstas se encuentra limitada al pago de una cantidad igual a 2,5 veces el IPREM vigente a fecha del accidente laboral, tal y como establece el art. 167 TRLGSS

¿Cómo se hace el cálculo de indemnización por muerte en accidente laboral?

En la actualidad no existe en la regulación legal de nuestro país un baremo específico que recoja la cuantificación de las indemnizaciones derivadas de un accidente laboral como consecuencia del incumplimiento de medidas de seguridad por parte del empresario. Es por ello que la jurisprudencia establece la aplicación, por analogía, del baremo para lesionados de tráfico (Ley 35/2015 de 22 de septiembre) incrementado las cuantías fijadas en él en torno a un 30%.

¿Se indemniza un accidente laboral con muerte si no hay contrato de trabajo?

Si, a un trabajador que no tiene contrato la ley otorga los mismos derechos para las contingencias laborales, esto es, accidente de trabajo o enfermedad profesional, presumiendo la existencia del contrato. 

Si bien esto es cierto, no lo es menos, que el fallecimiento de un trabajador sin contrato supondrá a sus herederos legales numerosas dificultades para conseguir el cobro de sus derechos económicos, siendo la propia empresa la responsable directa de asumir el pago de las prestaciones e indemnizaciones. Parece evidente que una empresa que no regulariza la situación de su empleado en cuanto al contrato laboral y consiguiente alta en la Seguridad Social, difícilmente hará frente a las consecuencias económicas que se derivan de un fallecimiento por accidente de trabajo, más aún cuando el solo hecho de no haber celebrado el contrato supone que tenga que hacer frente, además, a las correspondientes sanciones. 

En supuestos de esta dificultad, nuestra recomendación es que sus herederos deberán buscar asesoramiento jurídico especializado.

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