¿Cómo impugnar un despido improcedente?

impugnar un despido improcedente

Impugnar un despido improcedente: ¿en qué casos se puede?, ¿qué plazo tengo para impugnarlo?, ¿A dónde debo de acudir para realizar este trámite? Todos los detalles sobre este tema los explica la experta en Derecho laboral, Melina Samanta Perugini Kasanetz.

¿En qué casos puedo impugnar un despido improcedente?

Cuando una empresa procede a entregarnos una carta de despido en la que se nos imputa haber cometido una serie de hechos graves, que consideramos es injusta, debemos iniciar la reclamación por despido en la vía laboral para que dicho despido sea declarado improcedente.

Cualquier carta de despido que nos entregué nuestra empresario puede ser impugnada y debemos saber que eso nunca podrá suponer una merma de nuestros derechos por lo que podremos cobrar la liquidación (siempre poniendo no conforme) y podremos además cobrar la prestación por desempleo mientras se tramita todo el proceso.

Es también importante señalar qué la vía judicial laboral no tiene coste  para los trabajadores, por lo que no tendrán que hacerse cargo de las costas del proceso salvo que su reclamación sea completamente infundada y temeraria.

Lo que sí deberán abonar los trabajadores son sus costes de representación (honorarios de su abogado) salvo que tengan derecho a justicia gratuita y así lo soliciten, ya que en el ámbito laboral tampoco las empresas suelen ser condenadas a abonar las costas del juicio. 

Debe tenerse en cuenta que es la empresa que nos ha dado la carta de despido, la que debe probar los hechos que se contienen en la misma, ya sean incumplimientos graves y reiterados de las obligaciones laborales u otros incumplimientos, por lo que para ello tratará de valerse de testigos, documentos o filmaciones.

En caso de que la empresa no consiga probar los incumplimientos de los que nos acusa, el Juez deberá declarar el despido improcedente. 

¿Qué plazo tengo para impugnar un despido improcedente?

El plazo para impugnar un despido improcedente es de 20 días hábiles que se cuentan desde el día siguiente en el que tiene efecto la comunicación del despido, pero debemos tener en cuenta que este plazo es común para presentar la papeleta de conciliación y luego la demanda por despido.

Al presentar la papeleta de conciliación el plazo se realizará por tantos días cómo sucedan hasta que se celebre el acto de conciliación con un máximo de 15 días, y una vez esto ocurra, el plazo que nos quede volverá a empezar a contar para presentar la demanda ante el juzgado.

Es por ello muy importante que nos fijemos en que la carta de despido que nos están entregando tenga puesta la fecha correcta, y en caso de no ser así, la hagamos constar.

También es conveniente poner “no conforme” en la carta despido que nos entreguen, pero sobre todo es necesario hacer constar “no conforme” en el finiquito, ya que el mismo suele contener renuncias claras al ejercicio de derechos  conteniendo frases del tipo “el trabajador declara hayarse saldado y finiquitado no teneniendo nada más que reclamar por concepto alguno” y hacernos dueños de tales comentarios, procediendo a su firma sin objección, puede mermar posteriormente (aunque no siempre) nuestros derechos de reclamación.

Melina Perugini, abogada experta en Derecho laboral.

Poniendo “no conforme” tanto en la carta como en el finiquito podremos llevarnos copia de la misma, deberán pagarnos la liquidación y podremos proceder libremente a impugnar el despido.

¿A dónde debo acudir para impugnar un despido improcedente?

En primer lugar debes dirigirte a presentar una papeleta de conciliación ante el organismo de conciliación de tu comunidad autónoma. Muchos de ellos han habilitado registros telemáticos específicos para este menester. 

También podrás hacerlo por correo certificado administrativo a través de las oficinas de correos.

La papeleta de conciliación es el paso previo a la demanda, por lo que, aunque los formularios que existen de papeleta en los organismos oficiales contienen los datos básicos que debes rellenar, es importante que sepas que en esa papeleta debe constar cualquier dato relevante de cara a la impugnación, como motivos de nulidad, salarios pagados en “b”, antigüedades superiores a las consignadas en el contrato…..

Si no se alcanzase un acuerdo en el acto de conciliación o dicho acto no se celebrase, habrás de acudir a los juzgados de lo social para interponer una demanda por despido. 

Resulta completamente recomendable que realices todos estos actos acompañado por un abogado que elabore la documentación a presentar y te acompañe en las negociaciones y en el juicio, ya que el proceso laboral resulta bastante complejo y tiene muchas especialidades.

Existen por ejemplo supuestos específicos como es el caso de los trabajadores de administraciones públicas o el de trabajadores en cooperativas, donde el trámite de conciliación se sustituye por el de la presentación de una reclamación previa. 

¿Puedo cobrar el paro si impugno un despido improcedente?

Sin perjuicio de que decidas acudir a los tribunales para impugnar tu carta de despido y lograr que se declaré tu despido improcedente, siempre podrás cobrar la prestación por desempleo que te corresponda.

Para esto tendrás un plazo de 15 días que empezarán a contar una vez que transcurran las vacaciones que consten en tu certificado de empresa como «pendientes de disfrute».

Las prestaciones se solicitarán ante el Servicio Público de Empleo Estatal y podrás tramitarlas de forma telemática o pedir cita a través de la siguite página: clic aquí.

Para que puedan proceder a tramitar las prestaciones será necesario que la empresa le haya hecho llegar al SPEE el certificado de empresa en el que consten tus cotizaciones de los últimos 180 días y si no lo han hecho el SPEE podrá reclamárselo de oficio a través de la Inspección de Trabajo.

¿Cuánto tiempo tardaré en impugnar un despido improcedente?

Los plazos para la impugnación de un despido variarán mucho en función de la instancia en la que se resuelva y el lugar de España en el que te encuentres ya que algunas provincias acumulan mucho más atasco que otras.

El acto de conciliación suele celebrarse en plazo de 15 días desde la presentación de la papeleta de conciliación, pero cuando los organismos están muy atascados o por circunstancias especiales como las motivadas por el Covid, las citaciones no llegan a producirse y hay que dirigirse directamente a la vía judicial.

Tras ésto, la media en celebrarse un proceso por despido en los juzgados en primera instancia suele estar en seis meses, pero en algunas ocasiones este plazo puede demorarse hasta un año o más.

Encuentra más información relacionada a esta temática en el perfil de la abogada experta en Derecho laboral, Melina Perugini.

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