Despido disciplinario, ¿tengo paro?

Despido disciplinario

Despido disciplinario y el paro. En esta ocasión, Joaquín Sánchez, abogado experto el derecho laboral, da respuesta a todas dudas que nos surgen cuando nos encontramos ante un despido de este tipo. ¿Cuáles pueden ser las causas? ¿Puedo reclamar de alguna forma si estoy en desacuerdo? ¿Qué hacer cuando recibo la carta de despido? Estas preguntas, entre otras muchas a continuación.

Intoducción:

En caso de despido disciplinario, el trabajador siempre tiene derecho a paro, incluso aunque en su momento se declarara procedente por un Juzgado.

El único supuesto en que no se tiene derecho a paro es en la baja voluntaria o dimisión del trabajador.

¿Qué es un despido disciplinario?

Es la extinción del contrato de trabajo a instancias de la empresa, cuando considera que el trabajador ha cometido un incumplimiento grave y culpable, recogido en la ley.

Causas despido disciplinario.

Las que se recogen en el Estatuto de los Trabajadores como incumplimientos contractuales son:

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o familiares que convivan con ellos.
  • Transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
  • Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
  • Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
  • Acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

Además de estas causas, en la mayoría de los Convenios Colectivos se establece un régimen disciplinario, donde se recogen las faltas leves, graves y muy graves, y estas últimas pueden sancionarse con determinados días de suspensión y sueldo o con el despido disciplinario del trabajador.

Indemnización en despido disciplinario ¿puedo reclamar?

Por regla general, el trabajador siempre debe reclamar contra el despido disciplinario, y en caso de que la empresa reconozca su improcedencia o se declare así por un Juzgado, se tendrá derecho a percibir una indemnización de 33 días de salario por año trabajado y si la antigüedad es inferior al 12/02/2012 de 45 días de salario por año trabajado hasta esa fecha. El tope máximo son 720 días de salario (24 mensualidades).

En el caso de que existiera causa de nulidad del despido disciplinario, declarada así por un Juzgado, no habría derecho a indemnización y la empresa debe proceder a la readmisión del trabajador con abono de los salarios no abonados desde el despido hasta la readmisión.

No existe plazo de preaviso en el despido disciplinario. Una vez que se ha cometido la supuesta falta por el trabajador y es conocida por la empresa, ésta decide el momento en que entrega la carta de despido y éste es efectivo.

Joaquín Sánchez, abogado experto el derecho laboral.
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¿Cómo es la carta de despido disciplinario?

En la carta de despido disciplinario se deben recoger de forma detallada todos los hechos por los que se despide al trabajador, así como los fundamentos de derecho que justifican la decisión de la empresa, bien los que se recogen en el Estatuto de los Trabajadores o en el Convenio Colectivo de aplicación.

También debe recoger la fecha en que se entrega al trabajador, así como la fecha de efectos de dicho despido disciplinario, esto es, el día en que se extingue el contrato de trabajo.

Consecuencias de que me hagan un despido disciplinario.

La consecuencia inmediata es que no existe ya obligación de trabajar y de remunerar el trabajo desde el momento en que se produce el despido disciplinario del trabajador. Teniendo derecho al paro desde ese momento.

¿Qué hacer si es falso el despido disciplinario?

Si las causas del despido disciplinario son falsas, o bien no son lo suficientemente graves, hay que reclamar contra el mismo, y para ello hay un plazo de 20 días hábiles (descontados sábados, domingos y festivos). Siendo obligatorio para el trabajador presentar reclamación escrita en ese plazo de 20 días, solicitando la conciliación previa ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC), antes de presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda, para intentar llegar a un acuerdo con la empresa.

¿Qué es un despido improcedente?

Un despido es improcedente cuando no queda acreditada la falta cometida por el trabajador, o bien porque la misma no es lo suficientemente grave como para proceder al despido, o si se han incumplido requisitos de forma en la comunicación del despido.

Quien declara que un despido disciplinario es improcedente es el Juez tras la reclamación del trabajador y la celebración del correspondiente juicio, si se produce alguno de los supuestos señalados.

Asimismo, el despido es improcedente cuando se reconoce expresamente por la propia empresa para evitar el juicio y llegar a un acuerdo con el trabajador, abonándole la indemnización que legalmente corresponda o se pacte entre las partes.

¿Tengo derecho a finiquito?

En caso de despido disciplinario siempre se tiene derecho a cobrar el finiquito, que consiste en el salario de los días trabajados hasta el día del despido, el importe de las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extraordinarias (si no se cobran prorrateadas). Además de otras cantidades que se pudieran adeudar al trabajador y estuvieran pendientes de pago.

En caso de que hubiese anticipos de salario pedidos por el trabajador y pendientes de devolver, la empresa podría compensarlo en el importe del finiquito.

¿Cuál es el plazo de preaviso?

No existe plazo de preaviso en el despido disciplinario. Una vez que se ha cometido la supuesta falta por el trabajador y es conocida por la empresa, ésta decide el momento en que entrega la carta de despido y éste es efectivo.

Eso sí, no pueden transcurrir más de 60 días desde que la empresa conoce los hechos del despido y procede al mismo, dado que, si transcurre ese plazo y realiza el despido, este sería improcedente, porque habría prescrito la falta.

¿Se puede ganar la reclamación por despido disciplinario?

Por regla general, la mayoría de las demandas por despido disciplinario se suelen ganar, por ese motivo lo más habitual es que las empresas intenten llegar a un acuerdo con el trabajador abonando una indemnización inferior a la legalmente establecida para evitar el juicio.

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