¿Cuánto se tarda en cobrar una indemnización por accidente laboral?

 Indemnización por accidente laboral: ¿Qué es una indemnización laboral? ¿Qué tipo de indemnización/prestaciones puedes reclamar tras sufrir un accidente laboral? ¿Qué pasa si el seguro no se pone en contacto conmigo? Ejemplos de casos en cobros de indemnización por accidente laboral. Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado Santiago Diez Martínez, te da la respuesta y ofrece su asistencia.

¿Qué es una indemnización laboral?

Es aquella cantidad a que tiene derecho un trabajador o, en los casos de fallecimiento, los familiares, como consecuencia de la producción de un accidente laboral o enfermedad profesional donde haya sufrido un menoscabo físico o psíquico.

En derecho laboral rige el principio de reparación íntegra del daño causado, incluso con mayor fuerza que en otro tipo de accidentes, se aspira a la total reparación de los daños y perjuicios acaecidos.

La indemnización consistirá en una cantidad de dinero que compensará el fallecimiento , en los casos más graves, las lesiones temporales o días de curación y tratamiento, las lesiones definitivas o secuelas , la pérdida de calidad de vida, necesidades de toda índole, ortopédicas, adecuación de vivienda y vehículo, ayuda de tercera persona, ayuda de familiares, el lucro cesante o perjuicios económicos sufridos y los que se sufrirán, y gastos médicos presentes y futuros. El cobro suele ser a cargo del seguro.

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¿Qué tipo de indemnización/prestaciones puedes reclamar tras sufrir un accidente laboral?

Tras sufrir un accidente laboral se deben iniciar las siguientes vías: 

  1. Solicitar a la Inspección de Trabajo la correspondiente investigación sobre medidas de seguridad del empresario. Si hay un incumplimiento de dichas medidas puedes reclamar: 

a) Un recargo sobre las prestaciones derivadas del cobro de Incapacidad Laboral exclusivamente a cargo de la empresa.

b) Indemnización por daños y perjuicios a reclamar a la empresa y a su seguro. 

  1. Indemnización a cargo del seguro de accidentes de la empresa o del seguro reconocido en Convenio Colectivo. 
  2. En su caso, solicitar una posible declaración de Incapacidad Laboral, derivada de las secuelas resultantes a cargo de la Mutua. 

Tipos de procedimientos:

  1. Con la denuncia a la Inspección de Trabajo se abren las siguientes vías:
  • Recargo de prestaciones. 
  • Sanción a la empresa. 
  1. Demanda de Responsabilidad Civil: 
  • Cobro de indemnización de daños y perjuicios. 
  1. Demanda para reconocimiento de Incapacidad Laboral. 
  2. Penal:
  • Condena a la empresa. 
  • Indemnización de daños y perjuicios. 

¿Qué pasa si el seguro no se pone en contacto conmigo?

Lo primero que debes hacer al sufrir un accidente de trabajo es acudir al centro médico de la Mutua de la empresa, donde recibirás una primera consulta asistencial en el servicio de Urgencias, y después seguirás recibiendo el tratamiento correspondiente a la lesión que hayas sufrido. 

Si en el momento en que tus lesiones se hayan estabilizado y se hayan determinado las secuelas que presentes debido al accidente, lo que deberás hacer es ponerte en contacto con un perito médico para que realice una valoración del daño, y así reclamar la indemnización correspondiente a la Empresa. 

En caso de fallecimiento del trabajador, serán sus familiares los que podrán reclamar la correspondiente indemnización en concepto de perjudicados.

Esta  reclamación de la indemnización es una reclamación de cantidad, ante la cual se abren dos posibilidades: 

  • Que la Empresa y su seguro, acepten la indemnización reclamada y procedan al pago ante el servicio de mediación laboral ( o SMAC) . 
  • Que no se acepte esa cantidad, con lo cual deberás acudir a la vía judicial ante la jurisdicción social. 

En relación al seguro de accidentes de la empresa, deberás comunicarlo al empresario para que éste dé el correspondiente parte de accidente y se proceda al cobro a cargo del seguro. 

Ejemplos de casos en cobros de indemnización por accidente laboral

  1. Por falta de medidas de seguridad de las que siempre será responsable el empresario. 

Un trabajador de una empresa dedicada al pulido de grifería de baños resultó gravemente intoxicado por inhalación durante años de gases tóxicos hasta el punto de precisar un trasplante hepático. La empresa resultó condenada por no dotar a los trabajadores de los correspondientes EPIS acordes a los productos que manejan y por ausencia de extracción y ventilación de los vapores. 

El trabajador percibió una indemnización de 300.000€ a cargo del seguro de responsabilidad civil de la empresa. Además de un recargo de prestaciones del 30% sobre su pensión por Incapacidad Permanente.

  1. Por faltas de medidas de seguridad, 

Un trabajador que sufre una caída en un foso situado en una línea de paso de FASA Renault, sin que dicho foso estuviera señalizado y sin que la empresa hubiera adoptado ninguna medida para prevenir el riesgo y sin que realizara una supervisión de los trabajos que se estaban realizando en el foso. 

La empresa intentó atribuir culpa al trabajador al haber reconocido este ir leyendo mientras caminaba en lugar de prestar atención a su paso. 

No obstante, al incumplir la empresa las disposiciones mínimas de seguridad en lugares de trabajo y en materia de señalización de seguridad y salud, tuvo que indemnizar al trabajador con 127.000€ por los daños causados en concepto de responsabilidad civil y se le impuso un recargo del 40% sobre su pensión de Incapacidad Permanente.  El seguro facilitó el cobro de la indemnización tras un acuerdo con el trabajador.

  1. Otro caso destacado, fue un trabajador de albañilería que cuando subía a mano hasta un tercer piso gavetas de masa con un peso aproximado de entre 35 y 40 kilogramos, sufrió una parada cardiorrespiratoria por fibrilación auricular. La empresa fue condenada por no poner a disposición del trabajador médicos técnicos que evitaran el sobreesfuerzo que provocó el daño cardiaco. Tuvo que indemnizar al trabajador con 130.000€ y  se le impuso un recargo de prestaciones del 30% sobre la pensión de incapacidad permanente.  
  1. Otro ejemplo,  fue el de un trabajador conductor de una empresa cárnica al que se le cayó  una pieza de carne golpeándole en la cabeza. La pieza de carne se desprendió como consecuencia de la interacción del brazo de carga, utilizado para transportar las piezas desde los raíles hasta los ganchos del camión. El desplazamiento de la pieza por los rieles, conlleva un riesgo que no había sido previsto por la empresa. Ni se  había realizado la evaluación del puesto de trabajo, ni se había impartido la formación al trabajador en materia de riesgos laborales. El trabajador recibió una indemnización de más de 90.000€ cuyo pago abonó el seguro y se impuso un recargo de prestaciones del 40% sobre la pensión de incapacidad permanente y temporal, cuya prestación básica también se había logrado con éxito.

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