¿Es posible echar a mi hijo de casa? ¿Cuándo se puede echar a un hijo de casa? ¿Cómo puedo echar a mi hijo de casa? Consecuencias de echar a mi hijo de casa. Ejemplos de casos similares. Estas son algunas de las preguntas que más buscadas en internet en relación a esta casuística en el último mes y Araceli Vida Navarro, abogada experta en Derecho de Familia, responde a todas ellas a continuación.
¿Es posible echar a mi hijo de casa? ¿Cuándo se puede echar a un hijo de casa?
Si, es posible echar a un hijo de casa en los siguientes casos:
- Cuando los hijos hayan cumplido la mayoría de edad, es decir, los 18 años.
- Cuando el hijo haya cumplido los 16 años y esté emancipado.
Mientras los hijos sean menores de edad no es posible esa opción dado que los padres ostentan la patria potestad de los hijos menores.
¿Cómo puedo echar a mi hijo de casa?
No es algo que se pueda hacer de forma impulsiva o simplemente negando la entrada a la casa o cambiando la cerradura de la vivienda.
Si realmente queremos echar a un mayor de edad de la casa la mejor forma de hacerlo es acudir a la vía judicial, a través de un procedimiento de desahucio por precario. Es decir, el padre (dueño de la casa) puede interponer una acción de desahucio respecto a cualquier ocupante sin título ni derecho de vivir en ella (en este caso el hijo) o que no pague nada a cambio del mismo, aunque inicialmente le fuera permitido el uso gratuito del mismo, pero ya no se quiera mantener dicho uso.
Consecuencias de echar a mi hijo de casa
Si un padre echa a su hijo de casa cambiando la cerradura de la misma o negándole el acceso a un suministro básico, el padre puede incurrir en un delito penal de coacciones.
Por otra parte hay que tener muy presente que nuestro Código Civil establece la obligación de dar alimentos entre parientes, es decir, alcanzada la mayoría de edad, los padres siguen teniendo la obligación de alimentar a sus hijos hasta que estos alcancen la independencia económica. Por tanto, aún fuera de casa el hijo mayor de edad o emancipado, el padre estará obligado a pagar una pensión de alimentos para su manutención.
Ejemplos de casos similares
La Audiencia Provincial de Huelva ha creado jurisprudencia con la Sentencia 382/2019 de 6 Junio 2019 en donde un padre ejercita una acción de desahucio por precario para echar a su hijo de la vivienda.
El hijo argumentó en su contestación que, al no tener independencia económica ni medios para subsistir, tenía derecho a una pensión de alimentos, que su padre quería echarle de la vivienda por las malas relaciones que tenía con él y que, de vez en cuando, cuando ganaba algo de dinero, sufragaba algunos gastos de la vivienda que podrían ser considerados pagos de alquiler.
El juzgado determinó que, si bien era cierto que el hijo podría ser acreedor de una pensión de alimentos, en ningún caso puede ser considerado esto como un título legítimo para permanecer en la vivienda, al igual que tampoco es óbice a la acción ejercitada que la misma traiga causa de las malas relaciones entre los litigantes.
Por último establece la Sentencia, que el hecho de pagar esporádicamente algunos gastos de la vivienda no se puede equiparar al pago de una renta y por ello estima la Sentencia que el hijo está viviendo en la casa sin título legítimo y sin pagar ninguna renta por ello y por tanto le condena a desalojar el inmueble dejándolo vacío y a libre disposición del padre.
Normativa de referencia: Código Civil.