¿Se puede pedir la custodia compartida después de años?

pedir la custodia compartida después de años

¿En qué consiste la custodia compartida? ¿Qué necesita un padre para pedir la custodia compartida? ¿Se puede pedir la custodia compartida después de años? ¿Cómo puedo solicitar la custodia compartida después de años de mi divorcio o separación? Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y la abogada experta en derecho de las relaciones paterno-filiales, María Jesús Bravo Pino, te da la respuesta y ofrece su asistencia.

¿En qué consiste la custodia compartida?

La custodia compartida supone, como su propio nombre indica, que ambos progenitores comparten el cuidado de los hijos menores comunes, equiparando los tiempos en los que están en compañía de ambos, y asumiendo de forma similar sus rutinas.

La custodia monoparental, la que se venía adoptando tradicionalmente y hasta hace poco tiempo, suponía que uno de los progenitores, normalmente la madre, convive con los hijos menores, y el otro progenitor goza de un derecho de estancias, que usualmente comprende dos fines de semana al mes y algunas tardes intersemanales.

Frente a ella, los niños conviven con cada uno por periodos semanales, quincenales, etc., dependiendo de su edad y circunstancias, y sólo se altera esa convivencia en los periodos vacacionales de Navidad, Semana Santa y Verano (vacaciones escolares).

Uno de los factores que deben tenerse en cuenta es el lugar en el que van a residir los menores, si en el domicilio de cada progenitor o en el que venía siendo el domicilio familiar, lo que se conoce como el sistema “casa nido”, en el que son los progenitores los que entran y salen de la vivienda en cada periodo de custodia. La experiencia en este campo desaconseja este modo de llevar a cabo la convivencia, porque constituye una fuente de conflictos, y sólo debe adoptarse cuando la relación entre los progenitores es muy buena, y preferiblemente con carácter temporal.

Otro de los aspectos importantes es la contribución de ambos al desarrollo de los hijos menores comunes. Existe la creencia errónea de que este sistema de custodia lleva aparejada la desaparición de la pensión de alimentos. Lo cierto es que, si ambos progenitores trabajan y tienen una situación económica más o menos similar, se establece que cada uno afronta los gastos cotidianos de los hijos cuando los tienen consigo, y los gastos extraordinarios en una proporción del 50% cada uno. Si la situación económica es desigual, sí se establece pensión de alimentos en favor de los hijos menores, y puede establecerse un reparto diferente de los gastos extraordinarios.

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¿Qué necesita un padre para pedir la custodia compartida?

A pesar de que actualmente se considera que este régimen debe adoptarse con normalidad, a no ser que haya algún motivo por el cual no deba establecerse, deben darse una serie de requisitos, que ha ido estableciendo el Tribunal Supremo a través de Sentencias dictadas en los últimos años:

  1. La custodia compartida se establece como un derecho deber al servicio del menor, por lo que debe tener el que lo solicite la posibilidad de conciliar vida laboral y familiar. Esto es, los turnos de trabajo o la jornada deben ser compatibles con los horarios de los hijos.
  2. Los domicilios de los progenitores deben encontrarse en la misma localidad, o en localidades muy cercanas, de tal forma que no se alteren los horarios y rutinas de los menores cuando cambian sus periodos de custodia.
  3. Es importante contar con una red de apoyo (familia, amigos cercano de la familia,…) para el supuesto en que, de forma puntual, se necesite ayuda para atender a los hijos menores.
  4. Debe existir un mínimo de comunicación entre los progenitores, para llegar a acuerdos en la vida de los hijos comunes. Se puede adoptar la custodia compartida existiendo conflicto entre ellos, pero si el conflicto no permite un entendimiento mínimo es prácticamente inviable. No se adoptará una custodia compartida en supuestos de condena por delitos de violencia de género.
  5. Otro factor determinante es el deseo de los menores. Se va a valorar, en función de su edad, si los hijos quieren este sistema de custodia, o prefieren convivir con uno solo de los progenitores. No es decisivo, pero es muy importante que los hijos tengan apego por ambos y se sientan atendidos por ambos, aunque se identifiquen más con uno de ellos.
  6. Se valorará igualmente la implicación que ambos tienen y han tenido en las rutinas de los menores durante la convivencia familiar.
  7. Debe aportarse un Plan de Parentalidad o Plan Contradictorio en la solicitud de custodia compartida, en el que se explique con detalle cómo se piensa llevar a efecto la custodia compartida.

¿Se puede pedir la custodia compartida después de años?

Si. Por supuesto. Es más fácil en el supuesto de que la custodia se estableciese en un procedimiento contencioso, pero se puede pedir incluso aunque las partes acordasen las medidas que iban a regir tras su ruptura.

El único requisito es que las circunstancias que se daban en el momento de firmar el acuerdo, o en el momento en que se celebró el juicio de divorcio o medidas paternofiliales, hayan cambiado sustancialmente; y lo que antes hacía inviable la custodia compartida, haya desaparecido.

¿Cómo puedo solicitar la custodia compartida después de años de mi divorcio o separación?

Si, como decimos, han cambiado las circunstancias, y ahora podemos acceder a la custodia compartida, deberemos acudir al procedimiento de Modificación de Medidas Definitivas, y solicitar el cambio en el sistema de custodia, aportando prueba sobre la variación en las circunstancias y sobre el cumplimiento de los requisitos para que se dé la guardia y custodia compartida.

¿Deseas contactar con la abogada experta en derecho de familia,
María Jesús Bravo Pino?

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