Denuncia por sustracción de mi hijo

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¿Qué es la sustracción de menores y en qué supuestos se produce?, ¿cómo actuar ante esta situación y qué consecuencias puede traer la sustracción de mi hijo?. ¿Existen medidas para evitar la sustracción de mi hijo?. ¿Cómo denunciar por sustracción de menores?. Todas estas dudas las resuelve hoy en nuestro blog Sara Benjelali González, experta en Derecho de familia.

¿Qué es la sustracción de menores?

La sustracción de menores supone el traslado ilícito de dichos menores a un país extranjero, su retención en él o bien su traslado fuera de su lugar de residencia habitual.

Normalmente, la sustracción de menores teóricamente podría realizarla cualquier persona, si bien lo más habitual es que sean los progenitores.

En los últimos años ha habido un aumento importante de estos supuestos, personalmente creo que se debe principalmente a que hay muchas más parejas formadas por personas de distintas nacionalidades, que una vez finalizada la relación quieren retornar a sus países, momento en el que aprovechan para llevarse a sus hijos sin el consentimiento del otro progenitor. También sucede cuando las madres que ostentan la custodia huyen del país a fin de poner “tierra de por medio” para evitar el maltrato hacia ellas o sus hijos.

¿En qué supuestos se produce la sustracción de menores?

La sustracción de menores podemos establecer que se produce en las siguientes situaciones:

  • Traslado ilícito de un menor a un país distinto de donde reside habitualmente, violando con ello el derecho de custodia del otro progenitor, de una institución o de otra persona que tenga atribuida la custodia, impidiendo el régimen de visitas que tuviera el otro progenitor atribuido en sentencia.
  • La retención de un menor incumpliendo gravemente lo establecido en sentencia.
  • Cuando el menor es trasladado fuera de España o se exigiera una condición para su restitución.

¿Cómo actuar ante la sustracción de menores?

Lo primero que debe hacerse es poner los hechos en conocimiento de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y además poner una demanda internacional de sustracción de menores si sospechamos que los menores han sido trasladados fuera de España.

Debemos solicitar medidas urgentes al amparo del artículo 158 del Código Civil, a fin de solicitar la retención del pasaporte del menor si lo tuviera y prohibición de salida del país o su no emisión si careciera del mismo.

Sara Benjelali González, experta en Derecho de familia.

Reiteramos un anterior artículo, recordando que la demanda deberá contener lo siguiente:

  1. La información que exija la normativa internacional aplicable y en todo caso, la identidad de la persona que denuncia, de la persona que se sospeche que llevó al menor y datos de identificación del menor.
  2. Los hechos que han sucedido, por ejemplo: “debía retornar al menor tras un régimen de visitas o vacacional, has llamado y no te contestan o te contesta diciendo que no devolverá al menor, han pasado varias horas y no sabes nada de ello”.
  3. Los datos que disponga de la posible localización del menor.
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¿Qué consecuencias puede traer la sustracción de mi hijo

La principal consecuencia es la pérdida de la patria potestad e inclusive el ingreso en prisión. Como un ejemplo vale más que mil palabras, vamos a fijarnos en el caso mediático de Juana Rivas, fue condenada cinco años de prisión, 6 años de privación de patria potestad y a una indemnización al padre de 30.000€.

El Juzgado de lo Penal nº 1 de Granada entendió que la madre era sabedora de la obligación legal que tenía de entregar a los menores al padre y de forma consciente y deliberada lo incumplió. El argumento de haber huido para protegerse ella y proteger a sus hijos de malos tratos cuando éstos no habían sido reconocidos por una resolución judicial, entienden carecen para su justificar su actuación.

Dado que, posteriormente recibió un indulto que rebajaba su pena de prisión a la mitad, se elimina la inhabilitación para ejercer la patria potestad y ahora está luchando por recuperarla.

¿Existen medidas para evitar la sustracción de mi hijo?

Ante una ruptura de la convivencia de la pareja o matrimonio, lo prioritario es tratar de alcanzar un acuerdo que regule las relaciones paterno-filiales, si bien en ocasiones resulta complicado. Si por algún motivo sospechamos que el otro progenitor, puede llevarse al hijo común fuera de la comunidad o a otro país, debemos tener en cuenta lo siguiente:

  • Información personal del menor y fotografías, así como del otro progenitor.
  • Al amparo del artículo 158 del Código Civil solicitar la no expedición o entrega del pasaporte del menor, prohibición de salir del país o visitas supervisadas.

Siendo realistas, con ello no evitamos el posible secuestro de los hijos, pero sí se pone bastantes obstáculos a la posible sustracción del menor.

¿Cómo denunciar por sustracción de menores?

Lo primero es tratar de contactar con el otro progenitor y si éste no contesta con algún familiar, a fin de verificar que no han tenido algún percance a la hora de retornar al menor. Si transcurrido un plazo prudencial de dos a cuatro horas, desde que el menor debió ser retornado, seguimos sin tener noticias, lo primero que hay que hacer es poner los hechos en conocimiento de la policía para que empiecen a buscar al menor, aportando una copia de la sentencia.

Debemos de insistir en que se tomen medidas de control en las vías de salida al extranjero – aeropuerto, puerto, zonas fronterizas, etc. – a fin de evitar que el menor salga del país.

Seguidamente, debemos solicitar medidas urgentes al amparo del artículo 158 del Código Civil, a fin de solicitar la retención del pasaporte del menor si lo tuviera y prohibición de salida del país o su no emisión si careciera del mismo.

Si el menor ya hubiera salido del país, debemos interponer demanda de restitución internacional del menor, si el país donde sospechamos que se encuentra nuestro hijo forma parte de los Estados que han suscrito el Convenio de la Haya de 1980 o es un país Comunitario, para aplicación de los oportunos Reglamentos de la Unión Europea.

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