Demanda por pensión alimenticia con padre en el extranjero

Demanda por pensión alimenticia con padre en el extranjero

¿Cómo funciona el pago de la pensión alimenticia cuando el padre vive en el extranjero? ¿Qué implica que el pagador de la pensión no viva en el mismo país que su hijo? Consecuencias por impago. Araceli Vida Navarro, abogada experta en Derecho de Familia, responde a continuación las preguntas más buscadas en internet en el último mes sobre este tema.

¿Cómo funciona el pago de la pensión alimenticia cuando el padre vive en el extranjero?

La obligación del pago de la pensión alimenticia no varía en función del lugar de residencia del padre, lo único que varía es la dificultad y el tiempo para conseguir cobrar las cantidades impagadas.

En todo caso, la obligación de pago de la pensión persiste y la obligación viene determinada por la cantidad fijada en el Convenio regulador homologado judicialmente en el caso de un mutuo acuerdo o en la Sentencia de divorcio, separación o nulidad en el caso de un contencioso y todo ello incrementado anualmente en el IPC del país de residencia del acreedor de los alimentos, es decir, el hijo que debe cobrarlos.

¿Qué implica que el pagador de la pensión no viva en el mismo país que su hijo?

En el caso de impago de pensión de alimentos en los casos en que ese progenitor deudor no resida en España el trámite de ejecución difiere del que se haría en España ya que se hace necesario que el país en el que reside el progenitor deudor reconozca la Sentencia española que determina la obligación del pago de los alimentos.. Este procedimiento es distinto si el progenitor deudor vive en un país de la UE o en un país tercero.

Consecuencias del impago de la pensión alimenticia con padre en el extranjero

Si el deudor reside en un Estado miembro de la Unión Europea este trámite de ejecución es más sencillo porque se aplica el Reglamento 4/2009 de 18 de diciembre de 2008 en materia de alimentos. En virtud de este Reglamento, aplicable desde el 18 de junio de 2011, la sentencia española que establezca la pensión de alimentos podrá ejecutarse en cualquier otro país de la Unión Europea, salvo Dinamarca. Y ello sin necesidad de recurrir a ningún proceso, ya que se suprime la necesidad de homologar la sentencia. No es necesario por tanto una homologación de la Sentencia ni siquiera una declaración de ejecutividad. Es decir, que esa sentencia española será tratada como si se hubiera dictado en el propio país de la Unión Europea que corresponda. 

Para reclamar el cumplimiento de la obligación de alimentos tendremos que dirigirnos a la Autoridad Central Española, rellenando un formulario normalizado y adjuntando toda la documentación pertinente. La Autoridad Central Española es el órgano competente para recibir dichas solicitudes y transmitirlas al país de la UE que corresponda. 

El Reglamento aplicable establece un cauce gratuito para todos los intervinientes independientemente del nivel de ingresos económicos que posean.

Por ejemplo, si una madre ha obtenido una Sentencia española que condena a pagar alimentos al padre del menor que reside en Alemania, esta Sentencia será tratada en Alemania como si fuese una sentencia alemana y ejecutada de inmediato, con lo cual se podrá cobrar la pensión debida con rapidez y facilidad. La madre tendrá que acudir a la Autoridad Central Española que es la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional perteneciente al Ministerio de Justicia y esta se encargará de transmitir esta solicitud a las Autoridades de Francia encargadas de la ejecución de dicha resolución, todo ello sin coste económico para el interesado.

En caso de que el progenitor deudor de la pensión de alimentos no resida en un Estado de la Unión Europea pero sí resida en alguno de los más de 60 países que forman parte del Convenio de Naciones Unidas de 1956 sobre la obtención de alimentos en el extranjero, se aplicará dicho Convenio. 

Esta norma internacional establece un sistema gratuito de reclamación de alimentos en el extranjero también a través de la Autoridad Central Española, como en el caso anterior.

Para ello habrá que presentar una solicitud demandando el cumplimiento de la prestación de alimentos, siempre acompañada de todos los documentos pertinentes. Este procedimiento también es gratuito y permite solicitar también la ejecución de medidas provisionales. Es decir, sin que la Sentencia que dicte los alimentos sea firme.

CONTACTO

Contacta con la abogada

Interponer demanda por pensión alimenticia cuando el padre vive en el extranjero

La competencia para reclamar una pensión de alimentos  es del Ministerio de Justicia a través de la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional (Autoridad Central). 

El interesado deberá hacer a dicho organismo una solicitud a dicha Autoridad Central adjuntando una determinada documentación. En ningún caso se podrá remitir la solicitud directamente a la Autoridad Central Extranjera.

La documentación que se debe presentar junto con la solicitud varía en función del convenio que resulte de aplicación además de una serie de documentos comunes para todos los convenios.

La documentación común para todos los convenios es:

  1. Partida de nacimiento de los menores para acreditar la filiación.
  2. Certificado de estudios si el acreedor de los alimentos es mayor de edad, para probar que sigue estudiando y por tanto es acreedor de dichos alimentos.
  3. La situación económica y/o patrimonial del alimentante si se conoce y en el caso de no conocerlo hay que comunicarlo expresamente.
  4. Nombre y dirección del empleador del progenitor deudor
  5. Inmuebles de los que sea titular el deudor: localización y naturaleza del inmueble.
  6. Cualquier otra información que permita localizar al deudor en el país extranjero.

Dependiendo de si el deudor de los alimentos vive en un país de la UE y por tanto se aplica el Reglamento 4/2009 de 18 de diciembre de 2008 o si vive fuera de la UE y por tanto  se aplica el Convenio de Naciones Unidas de 1956, habrá que aportar otros documentos específicos en cada caso. Pero en ambos hay que aportar

  1. Impreso de poder o autorización por el que se autoriza a la Autoridad Central a actuar en nombre del solicitante.
  2. Relación actualizada de las cantidades debidas, desglosado mes a mes y año por año, incluidos los intereses si así lo establece la Sentencia a ejecutar.

¿Quieres contactar con la experta en Derecho de Familia, Araceli Vida Navarro? Solicitar llamada.

Quizás también te interese:

Ejecución de sentencia por impago de pensión alimenticia

Recuperar vivienda privativa tras divorcio

Ejecución forzosa del régimen de visitas

1 comentario en “Demanda por pensión alimenticia con padre en el extranjero”

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *