¿Cuándo puedo dejar de pagar la pensión de alimentos de mis hijos?

dejar de pagar la pensión de alimentos de mis hijos

Cuándo dejar de pagar la pensión de alimentos de mis hijos: ¿cómo se establece el pago de la pensión? ¿Puede establecerse un límite temporal en el convenio regulador para pagar la pensión de alimentos de los hijos? ¿Puedo dejar de pagarla cuando cumplan 18 años? ¿Y si empiezan a trabajar? ¿Y qué sucede en caso de que sea insolvente? ¿Se puede modificar la cuantía de la pensión de alimentos de mis hijos? Pasos para la modificación. En este caso, Ana Sánchez-Guisande Rubianes, abogada experta en Derecho económico-matrimonial, responde a estas y otras preguntas relacionadas con el pago de la pensión de alimentos.

Introducción

De forma genérica podemos dar respuesta a la pregunta indicando que la pensión de alimentos fijada a favor de los hijos se puede dejar de pagar una vez estos alcanzan la independencia económica.

¿Esto qué quiere decir?

Pues que independientemente de la mayoría de edad de los hijos, hasta que no se haya incorporado al mundo laboral y obtengan unos mínimos medios de vida propios que le les permitan ser independientes de los padres, en principio se debe seguir pagando la pensión de alimentos. Si bien dicho esto, hay que puntualizar que se debe estudiar cada caso y las circunstancias concretas de cada familia para poder dar respuesta más detallada y adaptada a cada caso.

¿Cómo se establece el pago de la pensión de alimentos de los hijos?

La pensión de alimentos a favor de los hijos se establece por medio de sentencia, ya sea aprobado un convenio regulador en el que se recogen los acuerdos alcanzados por los progenitores  y donde se establece el importe de la misma, ya sea fijándolo el juez tras escuchar a la partes,  para lo cual el juez tendrá en cuenta cuáles son las necesidades de los hijos  y  cuál es la capacidad de los progenitores.

Dejar de pagar la pensión es un incumplimiento de resolución judicial, con lo que se puede solicitar la ejecución judicial e interesar embargo de bienes del obligado al pago para satisfacer la deuda, por otro lado, es importante destacar que el impago de dos meses consecutivos de la pensión de alimentos o cuatro no consecutivos de forma injustificada es constitutivo de un delito y está sancionado en artículo 227 del Código Penal con penas de prisión.

Ana Sánchez-Guisande Rubianes, abogada experta en Derecho económico-matrimonial.

¿Puede establecerse un límite temporal en el convenio regulador para pagar la pensión de alimentos de los hijos?

Se puede establecer un límite temporal, una vez alcanzada la mayoría de edad de los hijos, pero no obsta para que se pueda solicitar una modificación de medidas si cuando se acerca el momento pactado los hijos siguen siendo dependientes, o incluso los propios hijos una vez alcanzada la mayoría de edad de los padres puedan solicitar alimentos de sus progenitores, cuando no cuentan con medios de vida propios.

¿Puedo dejar de pagar la pensión de alimentos de mi hijos cuando cumplan 18 años?

Tal y como adelantaba, en principio el hecho de alcanzar la mayoría de edad no extingue automáticamente la obligación de pago de alimentos, sino que esto vendrá principalmente determinado por que los hijos cuenten con recursos propios que les permitan la independencia económica de sus progenitores.

¿Puedo dejar de pagar la pensión de alimentos de mis hijos si empiezan a trabajar?

Se puede dejar de pagar una vez se alcance la independencia económica, esto quiere decir que no se trate de un trabajo puntual o eventual, sino con cierta continuidad  y tengan unos mínimos ingreso que les permitan sostenerse de manera independiente,  de nuevo habría que estudiar caso por caso, pero si no hay consenso por las partes al respecto de si los hijos han alcanzado  o no esa independencia económica, habrá de plantearse una modificación de medidas para que sea el juez quien decida si procede la extinción o no.

¿Puedo dejar de pagar la pensión de alimentos de mis hijos si soy insolvente?

No, la pensión de alimentos debe pagarse salvo que el juez establezca otra cosa, lo que se debe hacer ante una situación de dificultad económica es solicitar una modificación de mediadas para adaptarse a la situación y capacidad económica existente.

CONTACTO

Contacta con la abogada

¿Qué pasa si dejo de pagar la pensión de alimentos de mis hijos?

Dejar de pagar la pensión es un incumplimiento de resolución judicial, con lo que se puede solicitar la ejecución judicial e interesar embargo de bienes del obligado al pago para satisfacer la deuda, por otro lado, es importante destacar que el impago de dos meses consecutivos de la pensión de alimentos o cuatro no consecutivos de forma injustificada es constitutivo de un delito y está sancionado en artículo 227 del Código Penal con penas de prisión.

¿Se puede modificar la cuantía de la pensión de alimentos de mis hijos?

Como indicaba anteriormente, en caso de dificultad económica, cuando estamos ante una situación no circunstancial y esporádica, sino ante un cambio en la capacidad con visos de permanencia lo que se debe hacer es solicitar una modificación de medidas para adaptar dicha pensión de alimentos teniendo en cuenta la capacidad del alimentante.

Pasos para modificar la cuantía de la pensión de alimentos de mis hijos.

La solicitud de modificación de medidas se puede hacer por las partes de común acuerdo, mediante la firma de un nuevo convenio en el que se establezcan las nuevas medidas acordadas, el cual deberá ser aprobado judicialmente. O bien, cuando no se alcanza consenso, se puede solicitar la modificación de forma contenciosa, presentando demanda de modificación de medidas para que sea el juez quien se pronuncie sobre el cambio de las mismas.

¿Cómo puedo dejar de pagar para siempre la pensión de alimentos de mis hijos?

Se debería solicitar una resolución judicial en que establezca que se ha extinguido dicha obligación. En la práctica se suele dejar de pagar la pensión, al alcanzar la independencia los hijos, siempre que haya consenso por los padres, pero en aquellos casos en que hay discrepancias siempre hay que solicitarlo para sea el juzgado el que declare la extinción de la obligación de pago.

¿Quieres contactar con Ana Sánchez-Guisande Rubianes, abogada experta en Derecho económico-matrimonial? Solicitar llamada.

Quizá te pueda interesar:

Pasos para divorciarse en España

¿Qué pasa si mi ex quiere vacunar a mi hijo de Covid y yo no?

¿Se suspende el pago de la pensión de alimentos por el estado de alarma?

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *