Custodia compartida si la madre no quiere, ¿es posible?

custodia compartida si la madre no quiere

La custodia compartida es una modalidad de custodia en la que ambos progenitores comparten la responsabilidad y el cuidado de los hijos después de una separación o divorcio. Sin embargo, si la madre no está de acuerdo con la custodia compartida, puede complicar el proceso. Aunque cada caso es único y puede variar dependiendo de las circunstancias específicas, es posible presentar una solicitud de custodia compartida incluso si la madre no está de acuerdo.

¿Qué tipos de custodia compartida hay?

La Guarda y custodia compartida consiste en que los hijos de una pareja que se ha separado/divorciado, pasan el mismo tiempo con su padre que con su madre. 

Hay un solo tipo de guarda y custodia compartida, pero pueden variar los períodos con los que los hijos están con uno y otro progenitor. Puede ser mensual, quincenal, semanal, o días alternos durante la semana. Por lo general, cuanto mayores son los hijos más amplios suelen ser los periodos que pasan con uno y otro progenitor. 

¿Es posible conseguir la custodia compartida si la madre no quiere?

La custodia compartida requiere de cierta actitud colaboradora de ambos progenitores, pero eso no significa que porque uno no quiera (sea el padre o la madre) esa negativa sea un impedimento insalvable para obtenerla. 

Lo que se tiene en cuenta por los tribunales es lo que es más beneficioso para los menores, y si de las diversas circunstancias que se le exponen a un juez, probadas, éste considera que la guarda y custodia compartida que solicita el padre, es más beneficiosa para ese niño/niña que otros sistemas, por más que la madre se oponga, podrá conseguirse la guarda y custodia compartida. 

Al respecto el Tribunal Supremo ha dicho en diversas sentencias que “no deben prosperar procedimientos que intenten la adopción de medidas que sean más interesantes para los progenitores, dado que no prima el interés del padre/madre, sino el de los hijos”

¿Qué requisitos se tienen en cuenta para otorgar la custodia compartida? 

Para otorgar la guarda y custodia compartida lo que se tiene en cuenta es:

1.-  Que ambos progenitores están implicados y participan activamente en el desarrollo de los hijos y en todas sus facetas. Por ejemplo, un padre que o ha ido jamás a las reuniones del colegio de sus hijos, que no ha tenido nunca una entrevista con sus tutores, que no participa de la vida extraescolar del niño/niña (no le lleva a las actividades deportivas, o a sus clases de música etc), que no conoce a su pediatra, que no le acompaña jamás a las fiestas de sus amiguitos, ni conoce a éstos ni a sus padres… difícilmente obtendrá una guarda y custodia compartida.

2.- También se valora por el tribunal su posibilidad de dedicar tiempo a sus hijos: una persona que por motivos laborales, por ejemplo, tenga que estar constantemente viajando, tiene una dificultad añadida para obtener la guarda y custodia compartida de sus hijos. 

 3.- Los apoyos familiares para hacerse cargo de los niños en caso de precisarlos. Si por motivos laborales, por ejemplo, no puede hacerse cargo de sus hijos la semana que le tocan, y recurre siempre a la madre para que se haga cargo de los niños cuando el padre no puede, se distorsiona la finalidad de la guarda y custodia compartida, ya que lo que ésta persigue es que los hijos estén tiempos iguales o muy similares con ambos padres.

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¿Cómo solicitar la custodia compartida si la madre no quiere?

Si tras proponérselo a la madre se niega radicalmente a una guarda y custodia compartida, habrá que acudir a un juicio contencioso, donde se exponga que ese es el modelo que pedimos y que además, es el más beneficioso para los menores, especificando los motivos por lo que sostenemos esta postura y probando que es cierto. 

¿Y los niños pueden pedir que quieren vivir con su padre, o que quieren una guarda y custodia compartida?

Muchas veces me preguntan a qué edad puede el niño elegir con quién vive, o qué tipo de guarda y custodia quiere. Es importante que no se creen falsas expectativas en los menores, pues estos no deciden, únicamente se les tiene que escuchar a partir de una determinada edad (12 años), pero su opinión no es vinculante para el juez. 

En esa prueba, llamada “exploración judicial”, el menor se entrevista con el juez que ha de resolver, quien intenta extraer información de cómo es la vida cotidiana del menor. No se le pregunta expresamente “¿tú con quién quieres vivir?”, sino que el juez le preguntará sobre sus rutinas, sobre sus estudios, sobre con quién suele pasar más tiempo, etc, de sus respuestas el juez extrae la información que precisa para poder determinar qué es lo que es más beneficioso para el niño. Puede que lo más beneficioso para él sea precisamente lo contrario de lo que desea. Tuve un caso en que una niña pedía irse con su padre porque éste vivía solo y era muy permisivo, mientras que con su madre, que se había vuelto a casar y tenía más hijos, debía ayudar con sus hermanos y se le exigía estudiar. Pese al deseo de la niña, manifestado expresamente en la exploración, la sentencia determinó que no habría cambio en la guarda y custodia que estaba establecida a favor de la madre.

Ejemplos de casos de custodia compartida en contra de la voluntad de la madre

En nuestro despacho hemos tenido numerosos casos en que ha sido necesario acudir a juicios contenciosos porque la madre, en principio, se niega a una guarda y custodia compartida alegando que “ha sido ella quien se ha venido ocupando de los hijos desde siempre”

Esto puede ser cierto, pero ha sido así porque durante la unión ha habido un reparto consensuado de las tareas familiares, y nuestro cliente tiene unos horarios laborales que hacen incompatible acudir a reuniones escolares, eventos lúdicos, etc. Cuando éste es el motivo y no el desinterés, se puede reconducir el tema, solicitando por ejemplo, una reducción de jornada, lo cual es totalmente posible pues la ley laboral lo prevé específicamente, o bien contando con un apoyo familiar para la recogida de los niños a la salida del cole, por poner un ejemplo.

Se nos dio un caso incluso de un lactante, en el que en principio la madre consideraba los motivos de apego e incluso de alimentación, como impedimentos para la fijación de una guarda y custodia compartida. Sin embargo pudimos obtener una sentencia favorable, si bien se establecieron tiempos escalonados alargando los periodos en que pasaría con el padre a medida que el niño fuera creciendo.

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Silvia Gonzalez Espino?

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