¿Cómo quitar la patria potestad al padre en España?

quitar la patria potestad al padre en España

¿Qué es la patria potestad? ¿Cuáles son los motivos para poder quitar la patria potestad a un padre? ¿Qué tengo que hacer para quitarle la patria potestad? ¿Cuáles son las consecuencias de la pérdida de la patria potestad? ¿Qué criterio tiene el Tribunal Supremo respecto a la retirada de la patria potestad? ¿Es recomendable ejercer esta acción? Estas son algunas de las preguntas que más se buscan en relación a esta casuística y el abogado en Derecho económico-matrimonial, Christian Martínez Laurent, te da la respuesta y ofrece su asistencia.

¿Qué es la patria potestad?

La patria potestad es un conjunto de derechos y obligaciones que permiten a los padres tomar decisiones sobre el bienestar de sus hijos hasta la edad de 18 años. En casos excepcionales, un progenitor puede verse privado del derecho a tomar decisiones sobre sus hijos si, tras un divorcio o una separación, actúa de forma incorrecta. 

Sólo un juez puede privar a un padre de su patria potestad, se trata de una medida excepcional que no se aplica a la ligera. En lenguaje legal, hablamos de la “pérdida” de la patria potestad.

En el caso de padres separados, el principio sigue siendo la patria potestad conjunta aunque se haya fijado la residencia habitual de los hijos con el padre o la madre.

Es importante saber que privar a un padre del ejercicio de la patria potestad es privarlo de su derecho a ser consultado para decisiones importantes que se tomen en la vida del niño. También lo está privando de su deber de decidir sobre este tema. Esto restringe así sus derechos a la simple información de eventos importantes.

Las consecuencias de un ejercicio exclusivo son importantes en la vida del niño. Por tanto, las posibilidades de un ejercicio exclusivo de la patria potestad son limitadas.

¿Cuáles son los motivos para poder quitar la patria potestad a un padre?

Se puede retirar la patria potestad al progenitor que ponga en peligro la seguridad o la salud (física o moral) del hijo: 

  • Por el consumo habitual y excesivo de alcohol o drogas
  • Por faltas graves o actos delictivos. 
  • Por ser el hijo testigo de presiones o violencias, de naturaleza física o psíquica, ejercidas por uno de los progenitores sobre el otro progenitor 
  • Por falta de cuidado (maltrato psicológico, abandono del menor, etc.).

También puede ser retirada en caso de desinterés manifiesto por el hijo siempre y cuando se logré demostrar que el progenitor no está interesado en el estado y evolución del menor, no estando presente, por ejemplo, en eventos importantes en su vida: 

  • Escolarización, nunca se ha relacionado con la escuela, nunca firma el libro de enlace, nunca va a la reunión de padres y profesores. 
  • Salud, nunca ha acompañado al menor a sus citas médicas, no indaga sobre el seguimiento médico, no se preocupa por los cuidados mínimos necesarios.
  • Económico, no paga ninguna pensión alimenticia, no participa en los gastos del hijo (ropa, comida, ocio, etc.)

Asimismo, se puede obtener la patria potestad exclusiva si se prueba que el otro progenitor está ausente de la vida del hijo, lo que implica que no está ejerciendo la patria potestad.

Este puede ser el caso de un progenitor que vive lejos de su hijo (en otra región o en el extranjero), o que es inestable, que no da noticias durante semanas o meses, que no ejerce su derecho de visita o muy raramente…. En definitiva, un progenitor que no está presente en la vida de su hijo y no se implica o lo hace poco para que el hijo pueda contar con él.

Finalmente, se puede obtener el ejercicio de la patria potestad exclusiva en caso de situaciones de bloqueo que afecten a los intereses del niño. En este caso se trata de demostrar que a diario quedan en suspenso ciertas decisiones que requieren el acuerdo de ambos progenitores ante la negativa sistemática del otro y que esta negativa perjudica al hijo.

Por ejemplo, la ex pareja bloquea la inscripción del hijo en un colegio poniendo en peligro la continuidad de sus estudios. 

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¿Qué tengo que hacer para quitarle la patria potestad?

Siendo necesario acreditar el perjuicio provocado por el mantenimiento de la patria potestad compartida, antes que nada, es importante buscar el asesoramiento legal de un abogado especializado con la finalidad de valorar la viabilidad de la acción y preparar las pruebas necesarias. 

La privación de la patria potestad se solicita mediante la correspondiente demanda ordinaria o de modificación de medidas ante el Juzgado de familia que corresponda (territorialmente competente). 

El Ministerio Fiscal, como siempre cuando estamos en presencia de menores, intervendrá con la finalidad de informar respecto a la idoneidad de la solicitud presentada y estará presente el día del juicio para participar en la valoración de la prueba aportada. 

En definitiva, las etapas son las siguientes: 

  • Asesoramiento legal y preparación de la acción con un abogado especializado
  • Presentación de la demanda contra la ex pareja (ordinaria o modificación de medidas en función del caso)
  • Juicio con la presencia del Ministerio Fiscal
  • Sentencia 

¿Cuáles son las consecuencias de la pérdida de la patria potestad?

Las consecuencias para el progenitor que ha perdido la patria potestad: 

  • Pérdida de poder de decisión frente al menor. El progenitor depuesto pierde todo poder respecto a las decisiones relativas a la educación, manutención y supervisión de los hijos. Por ejemplo, en el caso de un menor nacido en el extranjero que debe renovar su pasaporte, ya no será necesario contar con la autorización del progenitor que ha perdido la patria potestad. 
  • Mantenimiento de las obligaciones alimenticias. El progenitor depuesto continúa pagando los pagos de manutención del menor, sin poder tomar decisiones sobre él.

¿Qué criterio tiene el Tribunal Supremo respecto a la retirada de la patria potestad?

Según las últimas decisiones del Tribunal Supremo, para quitar la patria potestad a los padres, deben haber incumplido seriamente sus deberes hacia sus hijos y que la retirada sea en base al interés del menor, como interés principal.

Los padres tienen la responsabilidad de cuidar a sus hijos y proporcionarles lo que necesitan. Por ello, el Tribunal Supremo cree que si los padres no cumplen con estos deberes, no pueden seguir siendo los responsables legales de sus hijos. Esta decisión final de retirar la patria potestad siempre se la toma el Juez de manera discrecional, es decir, en base a su criterios tomando como referencia principal el propio interés del menor, y valorando las circunstancias de cada caso en particular.

¿Es recomendable ejercer esta acción?

Todo depende del caso y de las circunstancias. 

Mi criterio es que, si tras un divorcio o una separación, existe un convenio que nos obliga a comunicar, informar y pedir autorización al otro progenitor para cualquier cuestión que afecta al menor y, sin embargo, este progenitor incumple con el pago de la pensión, no llama nunca a su hijo, no se interesa por su vida o incluso no da señales de vida, puede ser conveniente el ejercicio de la acción. 

Es más, si cuando se fijaron las condiciones del convenio se estableció un régimen de visitas que no se ha cumplido por parte del padre y tras tres o cuatro años sin aparecer, solicita ejercer su derecho de visitas, si no le hemos privado de la patria potestad, tendremos la obligación de entregar al menor a su padre con las consecuencias morales que puede implicar para él estar con alguien que lleva años sin ver. 

Finalmente hay que recordar que si el convenio nos marca unas obligaciones de información que, ni que sea en contra de nuestra voluntad, no hemos cumplido, por no tener una vía de comunicación abierta con el otro progenitor o por no mostrar el padre ningún interés por el menor, estamos incumpliendo con nuestras obligaciones. Por lo tanto, en este tipo de situaciones, es recomendable pedir la suspensión de la patria potestad y así tener legalizada la situación.

Normativa de referencia: Código Civil.

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