Actualizar pensión alimentos IPC

Actualizar pensión alimentos IPC

Actualizar pensión alimentos IPC: ¿Cómo afecta el IPC a la pensión de alimentos? ¿Qué pasa si no actualizo la pensión de alimentos en base al IPC? ¿Qué pasa si mi expareja se niega a pagar la nueva cantidad de la pensión de alimentos? Criterios para actualizar la pensión de alimentos. En este artículo, Ana Pacheco Pulido, abogada experta en Derecho de Familia, responde a todas las preguntas relacionadas con esta casuística.

Introducción

La pensión de alimentos es la contribución económica que deben pagar ciertos familiares en favor de sus parientes en estado de necesidad. Generalmente se utiliza el término para referirse a la pensión que deben recibir los hijos de padres divorciados o separados y que ha de establecerse en la Sentencia de separación o divorcio, ya se haya producido de mutuo acuerdo o de forma contenciosa.

El importe de dicha pensión será calculado con arreglo a las necesidades económicas del hijo pero también habrán de tenerse en cuenta las posibilidades del obligado a su pago. Es decir, para saber qué cantidad ha de establecerse como pensión de alimentos se han de tener en cuenta los ingresos económicos del progenitor que habrá de satisfacerla y las necesidades de quién tiene derecho a recibirla, intentando siempre buscar un equilibrio entre las posibilidades de una parte y las necesidades de la otra.

Como método de cálculo, generalmente los profesionales solemos utilizar las “tablas orientadoras para determinar las pensiones alimenticias de los hijos en los procesos de familia” publicadas en la página web del Consejo General del Poder Judicial. Puedes consultarlas aquí: https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Utilidades/Calculo-de-pensiones-alimenticias/.

Para que la pensión establecida no pierda poder adquisitivo, se habrá de determinar un criterio para ir aumentanándola de una forma previamente establecida. Generalmente, las pensiones de alimentos suelen incrementarse de acuerdo a las subidas que experimente el Índice de Precios al Consumo (IPC) y ello por tratarse de un índice oficial que mide la variación del coste de la vida y que es publicado por el Instituto Nacional de estadística y que por tanto, no es susceptible de interpretación, lo que ayuda a evitar las controversias.

¿Cómo afecta el IPC a la pensión de alimentos?

Como hemos visto, el IPC es un indicador que representa la variación del coste de la vida y lo publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya. Es decir, para actualizar la pensión de alimentos se aplica un tanto por ciento (IPC del año de actualización) sobre la cuantía de la pensión de alimentos. Es decir, se aplica un tanto por ciento a la cantidad de alimentos que se abona, se suma, y esta será la nueva cantidad de pensión a abonar.

  • Por ejemplo: Si estamos obligados a pagar 200 € de pensión y el IPC aumenta un 2%: 200 x 2%= 4 + 200 = 204 €. La pensión a abonar será de 204 €.

El IPC puede ser también un porcentaje negativo. En este caso, la pensión no baja, se mantiene en la cantidad anteriormente establecida.

  • Por ejemplo: Si la pensión establecida es de 200 € y el IPC de revisión a aplicar es de -2%: 200 x 2%= 4 -200= 196 €. La pensión de alimentos se queda establecida en 200 € y no baja a 196 €.
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¿Qué pasa si no actualizo la pensión de alimentos en base al IPC?

Si el obligado a abonar la pensión de alimentos no la actualiza en el periodo convenido, se generará una deuda que podrá ser reclamada por vía judicial o extrajudicial por quien tenga derecho a recibirla. Al igual que la pensión de alimentos, los impagos que se produzcan tanto del principal establecido como pensión de alimentos como de los incrementos está sujeta su reclamación a un plazo de prescripción, esto es, deberá reclamarse en el plazo de 5 años conforme establece el art. 1966 del Código Civil. Transcurrido este plazo no se podrá reclamar aquellos importes que hayan prescrito conforme a dicho artículo.

Criterios para actualizar la pensión de alimentos

Las partes pueden utilizar los mecanismos que consideren más oportunos a sus circunstancias concretas, si bien, como hemos visto en párrafos anteriores el criterio más  genérico y más extendido es utilizar el IPC, por ser un índice oficial que es fácil de consultar y calcular.

No obstante, se pueden utilizar otras bases de actualización como por ejemplo:

  1. La subida que experimente el salario del obligado al pago.
  2. Utilizar referencias a ingresos fijos del obligado al pago
  3. Establecer un tanto por ciento de los ingresos o incrementos salariales concedidos.
  4. Aplicar otras variaciones como las recogidas en los convenios colectivos para la profesión del obligado al pago.

¿Qué pasa si mi expareja se niega a pagar la nueva cantidad de la pensión de alimentos?

Si tu expareja se niega a actualizar la pensión de alimentos de la forma establecida en Sentencia, se puede reclamar las cantidades que no se hayan abonado en concepto de las actualizaciones que se hayan ido produciendo durante todos esos años. No obstante, solo se podrá reclamar judicialmente  el importe de la actualización de los últimos cinco años,  ya que las actualizaciones anteriores estarían prescritas.

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3 comentarios en “Actualizar pensión alimentos IPC”

    1. Hola. Encantada de saludarte. Generalmente se opta por aplicar el IPC estatal a falta de acuerdo en el convenio o resolución en Sentencia que establezca expresamente el IPC a aplicar. Por ello, mi criterio es que a falta de remisión a un IPC provincial o autonómico, el criterio que sirva de base para la actualización sea el IPC estatal.

  1. Javier Carazo de Bustos

    Hola. Felicidades x la página..
    Quería consultar. : Si este año la subida de IPC oficial publicada es del 6%, pero yo que soy un asalariado , sólo tengo una subida por convenio del 2%, ¿ Que aumento debo aplicar, el del 6 % o el del 2 % ?
    Gracias.

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