¿Qué tipos de divorcio hay?

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Tipos de divorcio: ¿cuáles existen?, ¿qué es el divorcio de mutuo acuerdo?, ¿cuánto dura el divorcio contencioso?, ¿qué pasos debo seguir? Todos los detalles los descubres en el artículo de hoy, explicado por la experta en Derecho de familia, Sara Benjelali González.

¿En qué consiste el divorcio?

El divorcio es una acción que surge de la voluntad de ambos cónyuges o sólo de uno, que disuelve el vínculo matrimonial, pudiendo éstos volver a contraer nuevas nupcias.

Si bien aunque para nuestro derecho, el divorcio es algo ya habitual, hemos de saber que existen dos Estados en el mundo que no han legalizado el divorcio: El Vaticano y Filipinas, en estos paises, aunque en Filipinas se ha presentado un Proyecto de Ley para legalizar el divorcio.

Otros países, aunque tienen legalizado el divorcio se exige de forma obligatorio un periodo de 30 días de reflexión, como es el caso de China,

¿Qué tipos de divorcio existen?

Tal como indiqué en un anterior artículo, en España tenemos el divorcio judicial, sea éste de mutuo acuerdo o contencioso, así como el divorcio notarial.

El divorcio de mutuo acuerdo es aquel en el que ambos cónyuges quieren romper el vínculo matrimonial, siendo el procedimiento más rápido y económico, en donde sólo se tendrá que ratificar el convenio en sede judicial, no celebrándose juicio alguno.

El divorcio contencioso, es aquel que presenta un solo cónyuge, no existiendo acuerdo respecto a las medidas definitivas que han de regir las relaciones futuras entre los cónyuges y entre éstos y los hijos comunes. Resulta más costoso no sólo a nivel económico, sino también a nivel personal.

El divorcio notarial, es una opción bastante reciente, siendo un proceso rápido al que puede acudirse siempre que sea de mutuo acuerdo, no se tengan hijos y se precisa la asistencia de un abogado.

¿Qué es el divorcio de mutuo acuerdo?

El divorcio de mutuo acuerdo es aquel en el que ambos cónyuges o uno con el consentimiento del otro, deciden poner fin al vínculo matrimonial. A su vez, el divorcio de mutuo acuerdo podemos llevarlo a cabo de dos formas, dependiendo si existen hijos menores de edad o no.

Divorcio de mutuo acuerdo sin hijos: Puede realizar, tal como he indicado anteriormente por la vía notarial y suele tardar dos o tres días. También cabe instar el procedimiento judicial, aportándose el convenio regulador y en su caso el Plan de Parentalidad, con la liquidación si se ha acordado de los bienes en común, posteriormente se deberá ratificar judicialmente. En ambos casos es requisito que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

Sara Benjelali González, experta en Derecho de familia.

Requisitos para un divorcio de mutuo acuerdo:

El requisito principal para este tipo de divorcio, es que ambos cónyuges quieran disolver el vínculo matrimonial y estén conformes con los acuerdos contenidos en el convenio regulador.

Deberán haber transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio, debiéndose aportar certificado de matrimonio y de nacimiento de los hijos si los hubiera, no debiendo tener dichos certificados una expedición superior a seis meses, así como el convenio regulador y/o Plan de Parentalidad, debidamente firmado por ambos cónyuges.

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¿Cómo divorciarse de mutuo acuerdo?

Lo primero que debe hacerse es acudir a un abogado experto en derecho de familia o bien a una mediadora familiar, si quedan algunos puntos de fricción para que les ayude alcanzar un acuerdo en los mismos.

Una vez redactado y firmado por ambos cónyuges el convenio regulador y/o Plan de Parentalidad, se unen los documentos reseñados en el párrafos anterior. Seguidamente, se pide y tramita ante un Tribunal civil o de familia – o Notario si no existen hijos comunes – , que citará a ambos cónyuges para ratificarse en el convenio presentado y dictará la sentencia.

Los cónyuges divorciados, no ostentarán el estado civil de solteros sino de divorciados, pudiendo casarse de nuevo.

¿Cuánto tiempo tardaré en divorciarme de mutuo acuerdo?

El divorcio de mutuo acuerdo, si es notarial, suele realizarse en dos o tres días. Si es por la vía judicial, depende de la carga de trabajo de los juzgados, pero por regla general en el plazo de dos o tres meses, a contar desde la presentación de la demanda, se llama a los cónyuges a ratificarse en el convenio y se dicta sentencia.

¿En qué consiste el divorcio contencioso?

El divorcio contencioso es la disolución del vínculo matrimonial solicitado por uno sólo de los cónyuges, al no existir acuerdo entre las partes en las medidas definitivas que han de regir las relaciones futuras entre ellos y los hijos comunes.

¿Cómo se hace una demanda de divorcio contencioso?

Una demanda de divorcio requiere para su interposición en primer lugar, que hayan transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. En dicha demanda, redactada por un abogado deberá solicitarse las medidas que el cliente quiere en relación a la patria potestad de los hijos comunes, la guarda de los hijos, el régimen de visitas y reparto de los periodos vacacionales de los menores, atribución del uso de la vivienda y su ajuar, pensión de alimentos a favor de los hijos, si cabe pensión o prestación compensatoria y personalmente aconsejo, solicitar la disolución y liquidación del régimen económico matrimonial o de bienes en común.

La demanda de divorcio se puede solicitar con o sin medidas provisionales o coetáneas, en donde provisionalmente se solicitan medidas en relación a los hijos de carácter patrimonial, uso de la vivienda, guarda de los hijos, alimentos si cabe a favor del cónyuge. Dependiendo de la situación y su complejidad, se aconsejará solicitar las medidas provisionales previas o coetáneas, pues cada matrimonio tiene sus circunstancias concretas.

Pasos a seguir en un divorcio contencioso:

En este tipo de procedimiento es obligatoria la intervención de Abogado y Procurador, debiéndose presentar la demanda en el juzgado que corresponda al último domicilio del matrimonio y si ambos ya están separados de hecho, residiendo en distintos municipios, se presentará la demanda bien en el domicilio del demandado.

Para presentar la demanda contenciosa de divorcio debemos unir el certificado de matrimonio y el de nacimiento de los hijos, con una expedición no superior a seis meses, el padrón de al menos uno de los cónyuges, si se realizaron capitulaciones matrimoniales deben aportarse, la documentación que acredite deudas, bienes de ambos cónyuges así como documentación relativa a la situación económica y/o laboral de los cónyuges, así como la propuesta de convenio regulador.

Presentada la demanda, se dará traslado al otro cónyuge para que éste pueda contestar a la misma y manifestar su conformidad o no a los diferentes pedimentos de su cónyuge. Si existen hijos menores de edad, el Ministerio Fiscal contestará también a la misma. Seguidamente se señalará día y hora para el juicio. Tras el mismo se dictará sentencia y si uno de los cónyuges no está conforme con la misma, podrá interponer recurso de apelación

Divorcio contencioso: ¿cuánto dura?

Nuevamente depende de la carga de trabajo del Juzgado. Si se han solicitado medidas provisionales previas, generalmente éstas se celebran a los dos o tres meses de interpuesta la demanda, no siendo recurrible el Auto de Medidas Provisionales. Luego deberá celebrarse el juicio principal de divorcio y medidas definitivas, el cual puede oscilar dependiendo del juzgado entre seis y nueve meses.

Si posteriormente se presenta recurso de apelación, el plazo se puede ampliar entre cuatro y doce meses más.

También debe tenerse en cuenta en un divorcio, tanto si hay liquidación de bienes en común como si no, la implicación fiscal.

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