¿Qué pasa con mi empresa si me divorcio?

¿Qué pasa con mi empresa si me divorcio?

¿Qué puede pasar con mi empresa si decido divorciarme? Creé la empresa casado y en separación de bienes. Creé la empresa casado y en régimen de gananciales. Creé la empresa soltero y después me casé en separación de bienes. Creé la empresa soltero y después me casé en gananciales. ¿Cómo va a ser el proceso una vez decida divorciarme? ¿Qué tengo que saber o qué hacer antes de divorciarme? Ejemplos de casos de divorcio con empresa de por medio. Estas son algunas de las preguntas más buscadas en internet durante el último mes. Por ello, le hemos pedido a abogada experta en Derecho matrimonial, Silvia González Espino, que les dé respuesta.

¿Qué puede pasar con mi empresa si decido divorciarme?

Si tienes una empresa y decides divorciarte, lo primero que debes considerar es si la misma es ganancial o no, pues si estás casado en régimen de gananciales la empresa tendrá el mismo carácter.

Por su parte, también hay que ver si la empresa se creó antes de casarte, en cuyo caso, si te casas posteriormente en régimen de gananciales los beneficios y las deudas serán también gananciales, y por lo tanto, en un caso de divorcio, habrá que incluirla en el reparto de los bienes cuando se lleve a cabo la liquidación de gananciales.

Creé la empresa casado y en separación de bienes

Si la empresa ha sido creada una vez casado, pero habías otorgado capitulaciones matrimoniales y, por lo tanto, el régimen económico que rige en tu matrimonio es el de separación de bienes, todo será más sencillo, ya que en este caso tanto las deudas como los beneficios serán únicamente del creador de la empresa.

Creé la empresa casado y en régimen de gananciales

Si la empresa, por el contrario, ha sido creada después de casarse y se está en régimen de gananciales, será ganancial desde el origen, es decir, que tanto las deudas como los beneficios tendrán la misma categoría ganancial, y por lo tanto serán de ambos cónyuges. Personalmente yo aconsejo a cualquiera que vaya a crear una empresa y esté en gananciales que otorgue capitulaciones ANTES de crearla, ya que de esa forma no solo evitará problemas en caso de crisis y ruptura sino que además protegerá al patrimonio personal del otro cónyuge de las posibles reclamaciones por deudas.

Creé la empresa soltero y después me casé en separación de bienes

Si lo que ocurrió es que se creó la empresa soltero y después se casa en separación de bienes la empresa será privativa del empresario en todo momento.

Creé la empresa soltero y después me casé en gananciales

Si la empresa se crea en estado de soltero y si te casas posteriormente en régimen de gananciales los beneficios y las deudas serán también gananciales a partir de la fecha del matrimonio.

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¿Cómo va a ser el proceso una vez decida divorciarme?

Una vez que decidas divorciarte habrá de analizarse en cual de todas las situaciones anteriores te encuentras. Si estás en separación de bienes no habrá mayor complicación  pues tras el divorcio no se hace preciso acudir a un procedimiento de liquidación pues no existe patrimonio común que liquidar.

Sí es más laborioso en el caso de estar en gananciales, pues la empresa deberá ser valorada e integrará el inventario de bienes que debe elaborarse para su posterior reparto y adjudicación.

¿Qué tengo que saber o qué hacer antes de divorciarme?

Antes de divorciarte, o más exactamente, antes de proceder a la liquidación de los bienes, conviene conocer exactamente el valor de las diferentes partidas que integrarán el inventario, entre las cuales está la empresa, pues por regla general el empresario tiene interés en adjudicarse la empresa y para ello habrá que compensar al otro cónyuge mediante la adjudicación de otros bienes por valor equivalente.

Ejemplos de casos de divorcio con empresa de por medio

En mi despacho profesional se han llevado diversos casos donde ha habido de procederse a la liquidación de una sociedad de gananciales integrada, entre otros bienes por una empresa. 

Uno de esos casos era una correduría de seguros y un inmueble. El cliente, el empresario, obtuvo la adjudicación de la empresa, y además una compensación en metálico ya que el inmueble, que carecía de cargas, y que le fue adjudicado a la esposa, tenía un valor superior al que fue valorada la empresa. En estos casos es muy importante que, una vez liquidada la sociedad de gananciales, al cónyuge que no es empresario se le adjudiquen bienes suficientes que eviten que pueda conservar ningún porcentaje de la empresa, pues si la relación no es cordial (lo habitual en los procesos de divorcio contencioso) esa situación podría acarrear muchas complicaciones en un futuro.

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