¿Qué hacer después de un divorcio?

que hacer despues de un divorcio

¿Qué hacer después de un divorcio?, ¿con quién se quedan los hijos? La abogada experta en Derecho de Familia, Natàlia Ferri Martínez, te explica las dudas más frecuentes que tienen las personas que se divorcian, y te da algunos consejos para que el proceso sea más sencillo

Introducción a qué hacer después de un divorcio

Una vez la relación de pareja ha finalizado y se ha tomado la difícil decisión de divorciarse, te ves envuelto en un proceso de divorcio o de separación de hecho. Toda esta secuencia de escenas te dejan exhausto. Como todo final, hay un duelo por el que pasar.

Después del divorcio es importante planificar bien el día a día, la logística del hogar y el trabajo. Si te han atribuido la vivienda familiar deberás saber los gastos a los que deberás hacer frente por tener el uso como por ejemplo la cuota de comunidad ordinaria o gastos de mantenimiento de la vivienda.

Si hay hijos, es muy importante poder tener un canal de comunicación abierto con el otro progenitor o progenitora. Al final, hay que tener presente que acaba una etapa y se inicia otra diferente. Se crea una nueva relación. Si la comunicación es posible mucho mejor.

Después del divorcio es importante planificar bien el día a día, la logística del hogar y el trabajo. Si te han atribuido la vivienda familiar deberás saber los gastos a los que deberás hacer frente

Natàlia Ferri Martín, abogada experta en Derecho de Familia

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¿Cuáles son los criterios para establecer la guarda y custodia de los hijos?

Los hijos tienen el derecho natural de estar con sus padres. Es importante para su desarrollo personal y emocional poder tener disponibles a sus padres, es decir, poder estar con ellos y compartir la mayor parte del tiempo. De este modo los progenitores dedican en sus hijos o hijas tiempo y esfuerzos. Por este motivo y otros muchos, la custodia compartida es la norma general.

Ahora bien, hay que ir caso por caso y observar unos determinados criterios para establecer la guarda más idónea para los niños.

El primer criterio es la voluntad de las partes, si los progenitores consideran que lo mejor para sus hij@s será una determinada guarda será esa la que se determinará manifestándolo en el convenio regulador.

Si no hay acuerdos entre los progenitores se deberá estar a otros criterios como son:

  • La vinculación afectiva entre los hijos o hijas con cada uno de los progenitores y también las relaciones con las personas que conviven en los domicilios correspondientes. Es decir, si una de las partes va a irse a vivir con su nueva pareja deberá valorase la relación con ésta y el menor.
  • La actitud de los progenitores para garantizar a sus hij@s bienestar y procurarles un entorno adecuado a su edad.
  • El tiempo que cada uno de los progenitores ha estado con sus hij@s con anterioridad a la ruptura y las tareas que realizaba para asegurarles bienestar.
  • La opinión de los hij@s.
  • La distancia entre domicilios
  • La comunicación y relación de los progenitores.
  • Como norma general, en la atribución de la guarda no se podrán separar a los hermanos.

¿Qué es el convenio regulador?

En los procedimientos de divorcio de mutuo acuerdo, las partes deben aportar un convenio regulador de sus relaciones. En el convenio establecerán cómo va a ser sus relaciones a partir de la ruptura y como liquidarán las que tenían hasta ese momento.

En el Convenio se establecerá, respecto de los hij@s, qué tipo de guarda se realizará (exclusiva o compartida) y el modo de ejercerla, en el caso de ser compartida por semanas o por días; si es unilateral, se establecerá el régimen de vistas. El convenio también contempla la pensión de alimentos a los menores y las prestaciones a la parte que sufre un desequilibrio económico como consecuencia del divorcio.

El Convenio también establecerá la atribución del uso del domicilio familiar y el tiempo.

Puede establecer también adjudicaciones entre los inmuebles de las partes y liquidar el régimen económico.

¿Qué es la pensión de alimentos?

La pensión de alimentos en una separación o divorcio, es el deber que tiene uno de los progenitores de sustentar a sus hijos o al que fue su pareja.

La pensión de alimentos a favor de los hijos es indispensable para que el desarrollo de los mismos.

¿Qué gastos se incluyen en la pensión de alimentos?

La pensión comprende alimentos, habitación, vestido, asistencia médica y educación. Dependiendo de lo que se haya incluido en el convenio, existen otros gastos que pueden estar incluidos como los gastos extraescolares (inglés o clases de refuerzo).

¿Cuál es la cuantía de la pensión de alimentos?

La cuantía dependerá de las necesidades del menor y la capacidad económica de los progenitores. Deberá tenerse en cuenta para la determinación de la cuantía, la pensión de alimentos en especie. En el codi Civil de Catalunya, aquel progenitor que no tenga el uso del domicilio familiar dado que se haya atribuido al progenitor custodio y a sus hij@s, se considerará pensión de alimentos en especie y se tendrá en cuenta para la cuantía de la pensión económica.

¿Quién debe pagar la pensión de alimentos? 

El obligado al pago es el progenitor o progenitora no custodio/a, incluso cuando los hijos o hijas están en su compañía.

En las custodias compartidas también puede fijarse una pensión de alimentos a cargo de uno de los progenitores.

¿Hasta cuándo se debe pagar la pensión de alimentos?

Hasta que los hijos sean independientes económicamente. Llegada la mayoría de edad no se extingue la pensión de alimentos, durará mientras los hijos o hijas estén estudiando.

¿Se puede renunciar a la pensión de alimentos?

Es un derecho personalísimo, irrenunciable e intransmisible. Tampoco puede compensarse con lo que se pudiera deber. Cualquier pacto contrario a lo manifestado sería nulo de pleno derecho.

¿Se puede reducir la pensión si el progenitor que la debe abonar tiene nuevos hijos?

La pensión se puede ver reducida por diversos motivos, el hecho de tener nuevos hijos sería uno de ellos. Se deberá interponer una demanda de modificación de medidas y justificar el cambio sucedido.

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