¿Cómo solicitar la TIE en España?

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¿Quieres solicitar la TIE en España y no sabes cómo?, ¿qué es la TIE?, ¿ es lo mismo la TIE que el NIE?, ¿qué puedo hacer si quiero residir en España durante un periodo inferior a tres meses? Pau Maso Frauca experto en Derecho de extranjería, nos cuenta todo lo que tenemos que saber al respecto.

¿Qué es la TIE?

Todos aquellos extranjeros a los que se les expida un visado o una autorización para permanecer en España por un periodo superior a seis meses tienen el derecho y el deber de solicitar y obtener la tarjeta de identidad de extranjero TIE.

Cuando hablamos de TIE nos referimos a la tarjeta de identidad de extranjeros (el plástico)  -similar a lo que vendría siendo un DNI para españoles- que sirve para documentar la situación regular del extranjero en nuestro país con un permiso de residencia y/o trabajo o un visado.

¿Quién puede obtener la TIE?

Quien haya solicitado un visado ante un consulado español en su país de origen o una autorización de residencia o trabajo ante las oficinas de extranjería de su domicilio y se le haya concedido. 

Solo en este caso tendrás derecho a poner tus huellas digitales y obtener un TIE ante la Comisaría de policía nacional de tu domicilio.

En cambio, cuando hablamos de TIE nos referimos a la tarjeta de identidad de extranjero -similar a lo que vendría siendo un DNI- cuya finalidad es acreditar la situación regular del extranjero en nuestro país, es decir, es un permiso de residencia y/o trabajo que le habilita a residir legalmente en España.

Pau Maso Frauca, abogado experto en Derecho de extranjería.

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¿Es lo mismo la TIE que el NIE?

Cierto es que la TIE necesariamente lleva aparejado en el propio documento de la tarjeta un número que identifica al extranjero, que es el llamado NIE, siendo este último un número de identidad, pero NO una tarjeta de identificación de extranjero.

¿Cuándo se renueva la TIE?

El TIE deberá renovarse cuando caduque su vigencia.

Entonces, ¿qué es el NIE y por qué habitualmente se confunde con las Tarjetas de Identidad de Extranjero (TIE)? 

El NIE es simplemente una IDENTIFICACIÓN : el Número de Identidad de Extranjero, lo que no necesariamente significa que tengas derecho a residir y/o trabajar en España. 

EL NIE es siempre el mismo número, que empieza por X- o Y-. Se mantendrá durante toda nuestra vida administrativa en España. Solo variará cuando obtengamos la nacionalidad y se nos proporcione un DNI español.

Es un número que se otorga únicamente a efectos de identificación por parte de la administración para aquellos extranjeros que necesitan disponer de un número que les identifique. 

Tener un NIE no implica encontrarse en situación regular en España. No da derecho a residir y/ trabajar, simplemente te identifica.

¿Quién puede solicitar u obtener el NIE? 

1. Extranjero que es detenido por la policía y se entiende que se encuentra en situación de irregularidad, o por presuntamente cometer un delito.

Sirve para identificarlo en un futuro. Será el mismo NIE que tendrá en el futuro cuando se regularice y obtenga una TIE.

2.  Extranjero que solicita el inicio de un procedimiento administrativo

Para tramitar:

  • Una autorización de residencia o trabajo
  • La autorización de residencia por circunstancias excepcionales por arraigo
  • Una tarjeta de residencia de familiar de comunitario
  • La autorización por reagrupación familiar.  

 Esto no significará tener derecho a una tarjeta de identidad de extranjero TIE, simplemente se te asignará de oficio un número de identificación de extranjero.

3. Extranjero que por razones económicas, profesionales o sociales en España necesite de un número identificativo que le permita hacer operaciones comerciales.

Por ejemplo abrir una cuenta en España, crear una Sociedad o comprar una propiedad.   Hay que comunicar el motivo por el que se solicita. Obligación de encontrarse regular en territorio español.

Se solicita en la comisaria de policía nacional de su domicilio.

Diferencias entre el Número de Identidad de Extranjero (NIE) y la TIE

NIE o número de identidad de extranjero y TIE o tarjeta de identidad de extranjero son dos cosas bien distintas que a menudo se confunden tanto por los extranjeros que se benefician de los mismos como por la propia Administración que los concede.

Pues bien, vayamos a diferenciar ambas siglas:

El NIE consiste tal y como indica su propia abreviatura en un número de identidad concedido a personas extranjeras con el fin de proceder a su identificación.

Su regulación la encontramos en el artículo 206 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 (en adelante, Reglamento de Extranjería).

Dicho precepto estipula que aquellos extranjeros a los que se les haya incoado un expediente administrativo, o aquellos que tengan intereses económicos, profesionales o sociales con España, se les concederá, a los meros efectos de identificación para permanecer en territorio español, un número de identificación personal, que tendrá el carácter de único y exclusivo.

¿Cuáles son los motivos por los que se puede obtener el NIE?

Como hemos dicho el NIE se puede obtener por dos motivos distintos:

1. Porque se te incoe un procedimiento administrativo y para ello se requiera un número de identidad que identifique al extranjero sobre el que se abre dicho expediente administrativo,

En este caso deberá ser concedido de oficio por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.

2. Por razones económicas, profesionales o sociales del extranjero en España

En este caso ha de ser solicitado personalmente por el propio interesado, que deberá comunicar el motivo por el que solicita la asignación de un NIE y además no podrá encontrarse en España en situación irregular.

En este último supuesto, el extranjero solicitante podrá hacerlo ante la Oficina de Extranjería o la Comisaría de Policía de su domicilio en caso de residir en España con título que le habilite para ello (Ej. Un visado, para el cual no se requiere la obtención de NIE), o ante la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, a través de las Oficinas Consulares de España en el exterior, de no encontrarse en territorio español (Art. 206.3).

En conclusión, ¿qué es el NIE?

Queda claro que NIE es un número que se otorga únicamente a efectos de identificación para aquellos extranjeros que necesitan disponer de un número que les identifique ya sea:

  • Porque se les ha abierto un procedimiento administrativo y resulta necesario para la expedición o tramitación de documentos o diligencias al respecto.
  • O bien porque la persona a la que debamos identificar tiene unos intereses económicos, profesionales o sociales con nuestro país, lo que conlleva que el extranjero necesite de un número identificativo que le permita hacer operaciones comerciales, gestiones a nivel profesional o social, en función de los intereses que acredite tener con España.

Bien, ¿entonces por qué habitualmente se conoce como NIE a lo que realmente son Tarjetas de Identidad de Extranjero (TIE)? 

La confusión es extendida y no solo entre particulares, sino también en la Administración.

La misma se produce por cuanto se denomina a la tarjeta de identidad de extranjero como si ésta fuera un NIE cuando realmente es un permiso de residencia que lógicamente incluye un número identificativo del extranjero al que se le concede una autorización de residencia y/o trabajo.

El artículo 210 del Reglamento de Extranjería establece que todos aquellos extranjeros a los que se les expida un visado o una autorización para permanecer en España por un periodo superior a seis meses tienen el derecho y el deber de obtener la tarjeta de identidad de extranjero.

Parece una diferenciación sencilla pero a día de hoy se sigue creyendo que NIE y TIE son exactamente lo mismo.

¿Cuáles son las diferencias entre NIE y TIE?

El NIE

Con este artículo pretendemos que se entienda la diferencia y sepamos que cuando hablamos de NIE nos estamos refiriendo al número identificativo del extranjero que se otorga a los meros efectos de identificación por razones:

  • Administrativas
  • Económicas
  • Profesionales
  • Sociales

Además el NIE no conlleva necesariamente la concesión u obtención de una autorización de residencia y/o trabajo.

La TIE

En cambio, cuando hablamos de TIE nos referimos a la tarjeta de identidad de extranjero -similar a lo que vendría siendo un DNI- cuya finalidad es acreditar la situación regular del extranjero en nuestro país, es decir, es un permiso de residencia y/o trabajo que le habilita a residir legalmente en España.

Cierto es que la TIE necesariamente lleva aparejado en el propio documento de la tarjeta un número que identifica al extranjero, que es el llamado NIE, lo que no significa que el documento en puridad pueda denominarse como tal, siendo este último un número de identificación, pero no una tarjeta o permiso de residencia.

Como conclusión

En definitiva, la TIE es el título que te habilita a residir legalmente en España y el NIE el número que se te asigna a efectos de identificación.

¿Qué es el Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea?

Aprovechando este artículo también queremos hacer una breve referencia al Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea.

Se trata de una inscripción obligatoria para los ciudadanos comunitarios que deseen residir en España por un tiempo superior a tres meses (Art. 3.3 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo).

¿Durante cuánto tiempo está vigente el Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea?

De acuerdo con el principio de la libre circulación de trabajadores, una de las cuatro libertades esenciales del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (Art. 45 TFUE), los ciudadanos europeos -el RD 240/2007 también incluye a los ciudadanos de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo- pueden residir en España por tiempo inferior a tres meses sin necesidad de obtener ningún tipo de autorización o documento, bastará con el pasaporte o el documento de identidad que acredite la nacionalidad del residente (Art. 6 RD 240/2007).

¿Qué pasa si desean residir en España durante más de tres meses?

Sin embargo, si éstos desean residir en nuestro país por tiempo superior a tres meses deberán personarse ante la Oficina de Extranjeros de la provincia donde pretendan fijar su residencia, o en su caso ante la Comisaría de Policía correspondiente, y solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros (Art. 7.5 RD 240/2007), siéndole expedido de forma inmediata un Certificado de registro en el que constará:

  • El nombre
  • La nacionalidad
  • El domicilio
  • Su número de identidad de extranjero (NIE)
  • La fecha de registro

¿Qué se deberá acreditar para poder residir en España por un tiempo superior a tres meses?

Para ello, no será suficiente con ser ciudadano europeo o de alguno de los países parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; sino que se deberá acreditar alguna de las siguientes situaciones:

  • Ser un trabajador por cuenta ajena o propia en España
  • Disponer de los medios económicos suficientes para sí mismo y para sus familiares
  • Ser estudiante en un Centro público o privado en España
  • Contar con un seguro de enfermedad y poseer los recursos económicos suficientes para sí y su familia
  • Ser un miembro de la familia que acompaña o se reúne con un ciudadano de la Unión o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y cumplir alguna de las anteriores condiciones (Art. 7.1 RD 240/2007)

El artículo 7 del RD 240/2007 que acabamos de exponer fue redactado por la Disposición Final Quinta del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

En conclusión

En resumen, tenemos por un lado el número de identificación (NIE) que se otorgará a cualquier extranjero que permanezca o resida en España por diferentes motivos, por otro la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) para acreditar la situación de residencia legal del extranjero, y finalmente el Certificado de registro destinado solo a ciudadanos europeos o nacionales de países parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Los tres distintos en sí mismos, siendo coincidente que estos dos últimos llevan aparejados forzosamente un NIE, o lo que es lo mismo, un número identificativo de los extranjeros extracomunitarios o comunitarios a los que se les ha concedido un permiso de residencia y/o trabajo en España; o un Certificado para residir por más de tres meses en España.

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